ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Obligaciones


Enviado por   •  19 de Febrero de 2015  •  2.523 Palabras (11 Páginas)  •  127 Visitas

Página 1 de 11

Obligaciones Naturales: fundadas solo en el dcho natural y en la equidad no confieren acción para exigir su cumplimiento, no obstante, si el D las cumple, autorizan al A a retener lo que se ha dado en razón de ellas.

Civiles: Dan dcho a exigir su cumplimiento, permiten al A reclamar judicialmente su cumplimiento.

Naturaleza: son deberes de conciencia, de equidad o de dcho natural q la ley toma en cta. Para hacerles producir ciertos efectos.

Caracteres:

• Se trata de una verdadera O fundada no en el dcho civil sino en la equidad y en el dcho natural

• No dan acción para reclamar judicialmente el pago

• Si se cumplen, el A puede retener lo pagado

Ejemplos:

• O civiles prescriptas

• O nacidas de actos jurídicos viciados de nulidad por falta de formas solemnes

• O no reconocidas en juicio

• O derivadas de convenciones a las que la ley les deniega acción (deudas de juego)

• Pago de intereses no pactados, etc.

Efectos:

• No dan acción para exigir su cumplimiento

• No se puede pedir la devolución de lo pagado espontáneamente

Pago parcial: el saldo impago sigue siendo una O natural y no se puede exigir

Conversión, reconocimiento, garantías, etc: cuando el D paga la O natural se produce la novación, se transforma en O civil. Pueden ser aseguradas mediante garantías de 3eros, ante el incumplimiento, el A puede accionar contra los 3eros garantes, siempre q estos sepan q garantizaban una O natural. No da lugar a la compensación legal. Son transmisibles, por actos e/ vivos o mortis causa.

Obligaciones condicionales: las O pueden ser puras y simples o modales.

Puras y simples: no sujetas a ninguna modalidad.

Modales: están sujetas a una modalidad (condición, plazo y cargo)

Concepto: Son las que están sujetas a una condición (cláusula por la cual se subordina la adquisición o la perdida de un derecho a la producción de un hecho incierto y futuro, puede o no suceder.)

Clases de condición:

• Condición suspensiva: nacimiento o adquisición de un dcho depende de que la condición se produzca (te regalare un auto cuando te recibas). La adquisición de un dhco está en suspenso. Los efectos se producen a partir a partir de q la condición se cumpla.

• Condición resolutoria: la extinción o pérdida de un dcho depende de que la condición se produzca. (te doy mi auto pero me lo devuelves si la nafta baja un 50%). El dcho existe pero se pierde si se da el hecho condicionante. Efectos desde el comienzo del acto pero cesan al cumplirse la condición.

• Positivas: el hecho condicionante es la realización de un hecho

• Negativas: omisión o falta de realización de un acontecimiento

• Posibles o imposibles: según sea de posible cumplimiento el hecho condicionante (imposible puede ser física, tocar el cielo con las manos, o jurídica, venta de una cosa fuera del comercio)

• Lícitas o ilícitas: son ilícitas cuando el hecho a que se subordina el nacimiento sea prohibido por la ley. Si la condición es ilícita, la O es nula.

• Ilegítimas: (531) si bien el hecho condicionante es licito, la ley prohíbe por razones de orden social, ya q restringen de alguna forma la libertad de las personas:

1. Mudar o no mudar de religión

2. Casarse con det persona, o con aprobación de un 3, o no casarse

3. Etc

• Casuales: el hecho condicionante no depende en cuanto a su producción de la voluntad del obligado (te dare 100 si llueve, si saco una rifa)

• Potestativas: el hecho previsto depende de la voluntad del obligado (te dare mi auto si quiero)

• Mixtas: dependen en parte de la voluntad del obligado y en parte de hechos extraños (te dare mi auto cuando viaje a europa). Las casuales y mixtas son válidas, las puramente potestativas no.

Cumplimiento: Tiempo;

• Si se fijo un plazo:

1. Condición positiva: la O contraída bajo la condición de que un acontecimiento sucederá en un tiempo fijo, caduca si pasa el término mínimo sin realizarse, o desde que sea indudable que la condición no puede cumplirse.

2. Condición negativa: la O contraída bajo la condición de que un acontecimiento no se verifique en un tiempo fijo, queda cumplida si pasa el tiempo sin verificarse.

• Si no se ha fijado un plazo: la condición deberá cumplirse en el tiempo que es verosímil que las partes entendieron que debía cumplirse. Se tendrá por cumplida cuando fuere indudable que el acontecimiento no sucederá.

Forma: la condición debe cumplirse de la manera que las partes convinieron expresamente. Si no convinieron nada, las condiciones deben cumplirse de la manera que las partes verosilmente quisieron y entendieron que debían cumplirse

Indivisibilidad: El cumplimiento de la condición es indivisible, cumplida en parte la condición no hace nacer en parte la O.

Cumplimiento ficto: cuando a pesar de no haberse cumplido objetivamente la condición, la ley la tiene por cumplida.

1. Cuando las partes a quienes su cumplimiento aprovecha, voluntariamente las renuncien

2. Cuando dependiendo del acto voluntario de un 3, este se niegue al acto o rehuse su consentimiento

3. Cuando hubiere dolo para impedir su cumplimiento por parte del interesado a quien el cumplimiento no aprovecha

4. Cuando el obligado bajo una condición, impidiere voluntariamente el cumplimiento de ella.

• Condición simple: consiste en un solo acto

• Condición disyunta: varias condiciones, basta que una sola de ellas se cumpla, llueve o truene

• Condición conjunta: varias condiciones,

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (15.4 Kb)  
Leer 10 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com