Obligacion
mmm12321 de Octubre de 2013
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Nosotros: NAILETH CAROLINA RIOS FIGUEROA, WILFREDO ANTONIO MORALES ROJAS, FREDDY DEL VALLE SALAZAR, YUSMELIS DEL VALLE TORCATT, LUIS JESÚS GIL GIL, venezolanos, mayores de edad, Civilmente hábiles, titulares de la Cédula de Identidad N° V-11439841, V-5871083, V-5879381, V-15113057, V-17623307, voceros de los Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables; Comité Académico; Comité de Infraestructura y Hábitat Escolar; Comité de Contraloría Social; Comité de Finanzas, respectivamente hemos convenido en constituir como en efecto constituimos, formalmente en este acto, el Consejo Educativo, instancia ejecutiva de carácter social, democrática, responsable y corresponsable de la gestión de las políticas públicas educativas, el cual se regirá por las cláusulas que a continuación se enumeran, redactadas con suficiente amplitud para que sirvan de Acta Constitutiva Estatuaria. ---------------
CAPÍTULO I
DE LA DENOMINACIÓN – DOMICILIO – DURACIÓN Y OBJETO.
CLÁUSULA PRIMERA: Se denominará Consejo Educativo, es instancia ejecutiva de carácter social, democrática, responsable y corresponsable de la gestión de las políticas públicas educativas, que agrupa a los colectivos que conforman la comunidad educativa del Liceo Bolivariano “Creación Guaca”, tendrá su domicilio en la Comunidad de: Guaca Municipio: Bermúdez, Estado Sucre.---------
CLÁUSULA SEGUNDA: el Consejo Educativo tendrá una duración ilimitada y no se extingue por la muerte, interdicción, o separación de cualquiera de sus miembros. Sin embargo la misma podrá extinguirse por decisión da la mayoría en Asamblea Escolar. ------------------------------------------------------------------------------
CLÁUSULA TERCERA: Los objetivos del Consejo Educativo son: 1) Garantizar el desarrollo y defensa de una educación integral y permanente, de calidad para todos y todas, democrática, gratuita, obligatoria, liberadora, transformadora, emancipadora como derecho humano y deber social fundamental en igualdad de condiciones y oportunidades, sin discriminación, sin distingo de edad, género, con respeto a sus potencialidades, a la diversidad étnica, lingüística y cultural, atendiendo a las características locales, regionales y nacionales; 2) Impulsar la formación integral de las ciudadanas y los ciudadanos, fortaleciendo sus valores étnicos, humanistas sociales, garantizando la convivencia comunal, sus deberes y derechos colectivos; 3) Profundizar desde el proceso curricular, los ejes integradores: ambiente y salud integral, interculturalidad, derechos humanos y cultura de paz, lenguaje, trabajo liberador, soberanía y defensa integral de la Nación y las tecnologías de la información libre, a partir de la conformación de colectivos de aprendizaje; 4) Garantizar la organización del Consejo Educativo y su funcionamiento en los niveles y modalidades del subsistema de educación básica; y 5) Propiciar espacios de participación protagónica y corresponsable para la organización, planificación, ejecución, control, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC), a partir de la concepción de la escuela como uno de los centros del quehacer comunitario y la comunidad como centro del quehacer educativo. ---------------------------------------------------------
CLÁUSULA CUARTA: Los miembros del Consejo Educativo del plantel Liceo Bolivariano “Creación Guaca” son las personas que suscriben la presente Acta Constitutiva Estatuaria, en su condición de voceros de los distintos comités del citado plantel.----------------------------------------------------------------------------------------
Corresponde al Consejo Educativo: 1) Participar en el diseño de estrategias que contribuyan con el desarrollo socioproductivo a partir del Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) en correspondencia con los Proyectos de Aprendizaje (PA). 2) Articular, integrar y coordinar de manera intra e interinstitucional mecanismos orientados al fortalecimiento de la gestión escolar, garantizando permanentemente la organización estudiantil en el subsistema de educación básica. 3) Coordinar acciones que contribuyan con la formación de una conciencia ecológica a fin de preservar, defender la biodiversidad, la sociodiversidad, las condiciones ambientales y el aprovechamiento racional de los recursos naturales. 4) Elaborar y ejecutar acuerdos de convivencia escolar y comunitaria para la construcción y preservación de una cultura de paz de las instituciones educativas oficiales y privadas, donde todas y todos los responsables y corresponsables de la Instancia orgánica escolar deben participar de acuerdo a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y demás Leyes, Normativas y presentarlas en Asamblea Escolar del Consejo Educativo para su aprobación. 5) Aplicar mecanismos de contraloría social en los aspectos curriculares y administrativos que permitan de manera protagónica, participativa y corresponsable la evaluación de la gestión de planes, programas y proyectos educativos de las Instituciones educativas oficiales y privadas, en correspondencia con el Proyecto Nacional Simón Bolívar y la política pública del Estado. 6) Promover una cultura para el conocimiento, comprensión, uso, análisis crítico y reflexivo de contenido de los medios de comunicación social, públicos, privados y alternativos, para el fortalecimiento de una convivencia ciudadana y una cultura de paz, territorialidad y nacionalidad, estableciendo corresponsabilidad con la formación y activación de un órgano constitutivo de usuarias y usuarios, haciendo uso de los recursos que dispone el Estado para la contraloría social. 7) Organizar el voluntariado social como escuela generadora de conciencia social y activadora del deber transformador de cada instancia de trabajo. 8) Sistematizar, socializar y difundir las prácticas e innovaciones de la gestión escolar en los ámbitos local, municipal, regional y nacional. 9) Convocar y coordinar asambleas de voceras y voceros de las instituciones educativas oficiales y privadas, viabilizando los procesos para la toma de decisiones y su segu8imiento y controlen colectivo sobre los asuntos de la gestión escolar. 10) Desarrollar en las y los docentes, las familias y la comunidad de forma integrada, la formación permanente en las políticas educativas y en las temáticas relacionadas con los ejes integradores para el proceso curricular: ambiente y salud integral, interculturalidad, derechos humanos y cultura de paz, lenguaje, trabajo liberador, soberanía y defensa integral de la Nación y tecnologías de la información libre en el marco de la gestión educativa; y las demás que define el artículo 7 de la Resolución 058 publicada en la Gaceta Oficial Nº 40.029----------------------------------------------------
CAPITULO II
DE LOS ÓRGANOS QUE CONFORMAN EL CONSEJO EDUCATIVO
CLÁUSULA QUINTA: El Consejo Educativo estará conformado por los siguientes órganos: 1) Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables; 2) Comité Académico; 3) Comité de Seguridad y Defensa Integral; 4) Comité de Comunicación e Información; 5) Comité de Ambiente, Salud Integral y Alimentación; 6) Comité de Educación Física y Deportes; 7) Comité de Cultura; 8) Comité de Infraestructura y Hábitat Escolar; 9) Consejo Estudiantil; 10) Comité de Contraloría Social; y, de otros que se consideren pertinentes, siempre y cuando su conformación sea impar. Igualmente formarán parte del Consejo Educativo la directiva de la Institución Educativa, la cual tiene un solo voto en el proceso de decisión que defina esta Instancia; y las personas naturales y jurídicas, voceros y voceras de las diferentes organizaciones comunitarias vinculadas con las Instituciones Educativas.--------------------------------------------------
Los miembros del Consejo Educativo serán electos por la Asamblea Escolar, durarán un (01) año en ejercicio de sus funciones contados a partir del momento de su elección, pudiendo ser reelegidos. A mitad de período los miembros podrán ser revocados mediante referéndum, según las previsiones del artículo 72 de la CRBV. ---------------------------------------------------------------------------------------
CLÁUSULA SEXTA: El Comité de Madres, Padres y Responsables: estará conformado por las vocerías de madres, padres, representantes y responsables, como también por las vocerías de los colectivos sociales de la comunidad y de la escuela; El comité Académico: estará conformado por las vocerías del colectivo de formación e investigación permanente, estudiantes, trabajadores y trabajadoras administrativas, directivos y directivas, obreros y obreras; El Comité de Comunicación e Información: estará conformado por las vocerías de estudiantes, directivas, directivos, docentes, trabajadoras y trabajadores administrativos, obreras, obreros y las organizaciones comunitarias del poder popular; El Comité de Seguridad y Defensa Integral: estará conformado por las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras administrativas, trabajadores administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros; El Comité de Ambiente, Alimentación y Salud Integral: estará conformado por las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadores y trabajadoras administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros; El Comité de Deportes y Educación Física: estará conformado por las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras y trabajadores administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias entre otros; El Comité de Cultura: estará conformado
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