Obligacion
kely1521 de Octubre de 2013
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FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES ECONOMICAS Y FINANCIERAS
E.A.P. DE ECONOMIA Y FINANZAS
CURSO : GESTION DEL COMERCIO EXTERIOR
TEMA : LEY GENERAL DE ADUANAS – ARTICULO 139-161
DOCENTE : ECON. ANGEL PANASPAICO MEDINA
CICLO : IX
ALUMNO(A : LOZANO ZEGARRA AMBAR NORUSKA
MAGUIÑA DURAN KELY NORA
Huacho – Perú
2013
INDICE
INTRODUCCION
LEY GENERAL DE ADUANAS
ESTRUCTURA
VIGENCIA
REGLAMENTO DE LA NUEVA LEY GENERAL DE ADUANAS
VIGENCIA GRADUAL DEL REGLAMENTO.
MODIFICAN FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA DEL RLGA
I.- RÉGIMEN ADUANERO
1.- DEFINICIÓN
2.- SIGNIFICADO
• Termino a Tomar en cuenta:
3.- IMPORTANCIA
4.- TIPOS DE REGÍMENES ADUANEROS
4.1.1. REGÍMENES ADUANERO DEFINITIVOS
Importación
Exportación:
4.1.2. REGÍMENES SUSPENSIVOS
Tránsito
Trasbordo:
Depósito:
4.1.3. REGÍMENES TEMPORALES.
• Importación temporal
• Exportación temporal
4.1.4. REGÍMENES DE PERFECCIONAMIENTO
• Admisión temporal
• Drawback
• Reposición de mercancías en franquicia
4.1.5. OPERACIONES ADUANERAS
• Reembarque
4.1.6 DESTINOS ADUANEROS ESPECIALES O DE EXCEPCIÓN:
• TRAFICO FRONTERIZO
• SERVICIO POSTAL
• ENVIOS DE ENTREGA RÁPIDA
• UTY (FREE ALMACÉN LIBRE)
• MOVIMIENTO DE CONTENEDORES
II.- REGIMEN TRIBUTARIO ADUANERO
2.1.- LEY GENERAL DE ADUANAS ( ART. N°139 AL 161)
SECCIÓN SEXTA
RÉGIMEN TRIBUTARIO ADUANERO
TÍTULO I
OBLIGACIÓN TRIBUTARIA ADUANERA
Artículo 139º Sujetos de la obligación tributaria aduanera
CAPÍTULO I
Del nacimiento de la obligación tributaria aduanera
Artículo 140º.- Nacimiento de la obligación tributaria aduanera:
CAPÍTULO II
De la determinación de la obligación tributaria aduanera
Artículo 141º.- Modalidades de determinación de la deuda tributaria aduanera
Artículo 142º.- Base imponible
Artículo 143º.- Aplicación de los tributos
Artículo 144º.- Aplicación especial
Artículo 145º.- Mercancía declarada y encontrada
Artículo 146º.- Resoluciones de determinación, multa y órdenes de pago
Artículo 147º.- Inafectaciones
Artículo 148º.- Composición de la deuda tributaria aduanera
Artículo 149º.- Resoluciones de clasificación arancelaria
.
CAPITULO III
De la exigibilidad de la obligación tributaria aduanera
Artículo. 150º.- Exigibilidad de la obligación tributaria aduanera
Artículo 151º.- Aplicación de intereses moratorios
Artículo 152°.- Aplicación de intereses compensatorios
Artículo 153°.- Imputación de pago por ejecución de garantía previa a la numeración de la declaración
..
CAPITULO IV
De la extinción de la obligación tributaria aduanera
Artículo 154º.- Modalidades de extinción de la obligación tributaria aduanera
Artículo 155º.- Plazos de prescripción
Artículo 156º.- Causales de interrupción y suspensión de la prescripción
CAPITULO V
De las devoluciones por pagos indebidos o en exceso
Artículo 157º.- Devoluciones
Artículo 158º.- Monto mínimo para devolver
CAPITULO VI
De las garantías aduaneras
Artículo 159º.- Calificación y finalidad de las garantías aduaneras
Artículo 160º.- Garantía Global y Específica previa a la numeración de la declaración.
Artículo 161º.- Garantía por Impugnación de deuda tributaria aduanera
INTRODUCCIÓN
Debido al crecimiento y velocidad de las operaciones comerciales realizadas entre partes contratantes que se encuentran en diferentes países , el convenio de KIOTO revisado consagra la facilitación del comercio exterior y sirve de referente para la actualización y uniformidad para las legislaciones aduaneras a nivel internacional ,a efecto de alcanzar la armonización y simplificación de los regímenes y procedimientos aduaneros en a operativa del comercio exterior y funcionamiento de las aduanas ,inclusive en países que o han aprobado el convenio ni se han adherido al protocolo, como es el caso nuestro .
Las LGA establecen que la mercancía que ingresan o salen del territorio aduanero por las aduanas de la república debe ser sometida a los regímenes aduaneros señalados en la sección tercera –regímenes aduaneros. La mercancía sujeta a tratados o convenios, suscritos por el Perú, se rigen por lo dispuesto en ellos.
El reglamento de las LGA ,en los artículos 59 al 62 detalla los regímenes aduaneros y otros regímenes de excepción a los que pueden destinarse las mercancía ,precisándoselo documentos requeridos que se utilizan para cada uno de dichos regímenes ,excepto en el drawback ,sin perjuicio de los que se requiera por naturaleza u origen de la mercancía, conforme a disposiciones específicas sobre la materia. Se indica que el volante de despacho (emitido por el almacén) tiene carácter referencial y podrá ser solicitado por la autoridad aduanera, así como la lista de empaque(packing list) o información técnica adicional cuando las características, cantidades o diversidad de las mercancías lo ameritan.
LEY GENERAL DE ADUANAS
Decreto Legislativo 1053- Decreto Supremo 010-2009-EF
ESTRUCTURA
• Sección Primera : Disposiciones Generales
• Sección Segunda : Sujetos de la Obligación Aduanera
• Sección Tercera : Regímenes Aduaneros
• Sección Cuarta :Ingreso y Salida de Mercancías
• Sección Quinta : Destinación Aduanera de las Mercancías
• Sección Sexta : Régimen Tributario Aduanero
• Sección Sétima : Control, Agilización del Levante y Retiro de las
Mercancías.
• Sección Octava : Prenda Aduanera
• Sección Novena : Disposición de las Mercancías
• Sección Décima : De las Infracciones y Sanciones
• Sección Undécima : Procedimientos Aduaneros y Resoluciones Anticipadas
VIGENCIA
• Fecha de publicación: 27.06.2008
• Entrada en vigencia:
Artículo 31°: a partir del día siguiente de su publicación, excepto literal d)
Articulo 150° literal a): 60 días siguientes de su publicación.
Los demás artículos: A partir de la vigencia de su Reglamento, que debía aprobarse en un plazo de 180 días de publicada la Ley. (Primera Disposición Complementaria y Final)
REGLAMENTO DE LA NUEVA LEY GENERAL DE ADUANAS
• Fecha de publicación: 16.01.2009
• Entrada en vigencia: 60 días calendarios a partir del día siguiente de su publicación,
• Excepto :
Capítulos III, V y VI del Título II, de la Sección Segunda.
La Sección Cuarta
La Sección Quinta
El Capítulo IV de la Sección Sexta
El Título II de la Sección Décima
NOTA: Que entrarían en vigencia a partir del 01.01.2010
VIGENCIA GRADUAL DEL REGLAMENTO.
(D.S. N° 319-2009-EF)
MODIFICAN FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA DEL RLGA
(D.S. N° 096-2010-EF)
• El proceso de Despacho Anticipado entró en vigencia:
29.03.2010 para la Aduana Marítima del Callao
12.04.2010para la Aduana Aérea del Callao
Los demás procesos entraron en vigor en forma progresiva, culminará el 01.10.2010
I.- RÉGIMEN ADUANERO
1.- DEFINICIÓN:
Son aquellos procedimientos y obligaciones a los cuales deben ser sometidas las mercaderías que ingresan y salen de un territorio nacional.
2.- SIGNIFICADO:
Se entiende por régimen aduanero el conjunto de operaciones orientadas a darle un destino aduanero específico a una mercancía, de acuerdo con la declaración presentada por el interesado en la forma prescrita por las normas.
Termino a Tomar en cuenta:
• Destinaciones aduaneras: Las destinaciones aduaneras es el conjunto de trámites y formalidades aduaneras necesarios para aplicar a las mercancías uno o cualesquier de los regímenes aduaneros. Las Destinaciones aduaneras constarán en documentos públicos simplificados y oportunos, en formatos pre impreso o electrónico, en concordancia con los principios de buena fe, transparencia y facilitación comercial.
3.- IMPORTANCIA:
• Permite el control aduanero de entrada y salida de mercancías.
• Establece normas estandarizadas
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