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PERSONAS Y FAMILIA


Enviado por   •  6 de Marzo de 2020  •  Trabajos  •  12.197 Palabras (49 Páginas)  •  76 Visitas

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INSTITUTO UNIVERSITARIO LATINOAMERICANO[pic 1]

MATERIA: PERSONAS Y FAMILIA

ASESOR: LIC. MARIA GUADALUPE CAMACHO S.

ALUMNO: RAUL MORALES SANTIBAÑEZ

TRABAJO FINAL:

GRUPO: 2

SEMESTRE: SEGUNDO

CARRERA: DERECHO

[pic 2]

ÍNDICE

                                                                                                                                                                                                                                                                                    PAGINA

INTRODUCCION………………………………………….……………….………3

CONTRATOS………..…………………………………………………………….5

JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE USUCAPION……………………………6

CONCILIACION Y DEPURACION PROCESAL……..…………….…………11

GUARDA Y CUSTODIA DE UN MENOR DE EDAD.…………….………….13

JUICIOS SUCESORIOS………………………………………………………..18

BIBLIOGRAFÍA.……………..…………………………………………………...15

 [pic 3]

INTRODUCCION[pic 4]

El libro a tratar, Epítome de los Contratos, en donde nos comparte una guía concreta y digerible acerca de los contratos, explicando su esencia, considerando a la voluntad de las partes como la máxima de los contratos, y explicando paso a paso la estructura de los mismos.

Su estudio es sumamente importante puesto que en nuestra vida diaria realizamos contratos a cada momento, desde que damos una moneda para abordar el transporte público, cuando prestamos dinero a un compañero, al momento de extraer un libro de la biblioteca o cuando consumimos alimentos en la cafetería, por poner algunos ejemplos. Claro es que los contratos son una fuente de obligaciones, algunos doctrinarios los consideran como la más importante de todas y sin afán de hacer un análisis de aquellos puntos de vista hay que resaltar que los contratos se encuentran regulados por el Derecho y que éste determina y fija sus efectos. He ahí su utilidad e importancia.

En cada uno de los ejemplos se tratara paso a paso la estructura de los contratos, desde la voluntad de las partes, como la máxima de los contratos, aun en los que no están regulados por la legislación, pasando por el consentimiento elemento esencial de cualquier acto jurídico para su validez, considerando también los vicios que pudieran existir en los mismos, y en fin toda una gama de elementos que se habrán de explotar con tal de lograr una correcta elaboración e interpretación de los contratos.

Sin duda, el Epítome de los Contratos, es una obra de cabecera para todo estudiante de derecho que pretenda comprender y dominar la materia de Contratos, por lo que su lectura y aplicación serán herramienta importante para el joven litigante, o el jurista investigador.

El contrato es un acto jurídico y, por lo tanto, debe contener los mismos elementos de existencia y validez de éste, considerando que diariamente celebramos contratos de manera consciente y en su mayoría inconsciente, es importante el conocer un concepto y así entender que es precisamente un contrato, considerando el Código Civil para el Distrito Federal en su artículo 1793, “Contrato es el acuerdo de voluntades que tiene por objeto exclusivo crear o transmitir derechos y obligaciones, tanto reales como personales.”

Hay contratos que dan origen al mismo tiempo a derechos reales que a derechos personales: tal es el caso de los contratos traslativos de dominio: compraventa, permuta, donación, mutuo. También hay contratos que dan origen solamente a derechos personales, como por ejemplo, el contrato de prestación de servicios profesionales.

Convenio stricto sensu: Es el acuerdo de voluntades que tiene por objeto modificar o extinguir derechos y obligaciones, tanto reales como personales.[pic 5]

Convenio lato sensu: El artículo 1792 nos da el ejemplo siguiente: “Convenio es el acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones”.

De lo expuesto se infiere que el convenio lato sensu es el concepto general, y el contrato y el convenio stricto sensu son sus connotaciones particulares.

La diferencia fundamental entre el contrato y el convenio estriba en que el contrato le corresponde la función positiva, crear o transmitir obligaciones, y al convenio stricto sensu la función negativa, es decir, modificar o extinguir.

El principio de la autonomía de la voluntad y de la libertad contractual.

En razón del principio de la autonomía de la voluntad y de la libertad contractual, las partes pueden celebrar las convenciones que deseen, aun cuando no estén expresamente reguladas en la ley, con la única condición de que éstas sean lícitas; por eso, en nuestra legislación se reconocen también los contratos innominados, en el artículo 1858, el cual literalmente expresa: “Los contratos que no están especialmente reglamentados en esté Código, se regirán por las reglas generales de los contratos; por las estipulaciones de las partes, y en lo que fueron omisas, por las disposiciones del contrato con el que tengan más analogía, de los reglamentados en este ordenamiento”.

Con lo que en síntesis se expresa que la voluntad de las partes es la máxima de todos los contratos, claro mientras ésta no sea contraria a derecho y sea posible, sin embargo se le da el valor de eje central en todos los contratos.

CONTRATOS

UNILATERAL

BILATERAL

ONEROSO

GRATUITO

ALEATORIO

El contrato es unilateral cuando una sola de las partes se obliga hacia la otra sin que ésta le quede obligada. [pic 6]

El contrato es bilateral cuando las partes se obligan recíprocamente

Es oneroso el contrato en el que se estipulan provechos y gravámenes recíprocos.

Es oneroso el contrato en el que se estipulan provechos y gravámenes recíprocos.

Es aquel que surge cuando la prestación depende de un acontecimiento futuro e incierto y al momento de contratar, no se saben las ganancias o pérdidas hasta el momento que se realice este acontecimiento futuro.

Pueden existir contratos que sean onerosos y al mismo tiempo unilaterales, como el mutuo con interés.

Pueden también, existir contratos que sean gratuitos y al tiempo bilaterales, como el comodato, ya que aunque se generan obligaciones para ambas partes, sólo existen gravámenes para el comodante y provechos para el comodatario.

La compraventa es un contrato oneroso pues genera provechos y gravámenes recíprocos para las partes:

*para el vendedor:

* el provecho consiste en recibir el precio y

* el gravamen consiste en desprenderse de la cosa, y

*                 para el comprador:

*                 el provecho es recibir la cosa, y

*                 el gravamen pagar el precio.

La donación es un contrato gratuito, pues sólo genera provechos para el donatario, consistentes en recibir la cosa, y gravámenes para el donante, consistentes en desprenderse de la cosa misma.

Son aleatorios, cuando los provechos y gravámenes dependen de una condición o término, de tal manera que no pueda determinarse la cuantía de las prestaciones en forma exacta, sino hasta que se realice la condición o el término. Como contratos aleatorios el CCDF regula la renta vitalicia, la compra de esperanza y los contratos de juegos y apuesta permitidos

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