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POLÍTICA FISCAL EN VENEZUELA

vickylunatovar22 de Septiembre de 2013

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POLÍTICA FISCAL EN VENEZUELA

La política social de un país, es el conjunto de medidas que el Estado plantea y realiza para resolver directa y eficazmente la problemática o deficiencias sociales que ocurren dentro del país mejorando así la calidad de vida de la sociedad. Estas medidas van desde lo económico hasta cultural, enfocado en cada una de las áreas en las que está conformada la nación.

No cabe duda que la política económica es el argumento fundamental del Estado para justificar la función reguladora y estabilizadora que este cumple en las naciones que poseen economías modernas; fijando las políticas impositivas, monetarias y cambiarias, así como diseñando las reglas del juego; permitiendo que el mercado actúe libremente pero respetando estas reglas.

Es la intención de este material representar de la forma más sencilla posible lo que representa la política fiscal, la cual comprende la función impositiva y reguladora del Estado en las economías modernas; y especialmente nos referiremos a la Política fiscal aplicada en Venezuela.

Comenzaremos con un breve análisis de la política económica y sus objetivos e instrumentos, para de esta manera comprender lo que significa la política fiscal como parte de la política económica de una nación. Luego analizaremos con detalle el significado de la Política Fiscal, destacando sus componentes como los son el gasto público y la gestión tributaria o función impositiva. Analizaremos los antecedentes de la Política Fiscal en Venezuela y daremos

un breve panorama de las expectativas del Programaeconómico del actual gobierno para el año en curso.

Pasaremos luego a describir los instrumentos fiscales utilizados en la recaudación impositiva, especialmente los utilizados en Venezuela. Finalmente analizaremos las consecuencias que puede tener una política fiscal mal aplicada o desarrollada haciendo referencia a los acontecimientos económicos ocurridos en el segundo mandato del Presidente Carlos Andrés Pérez entre 1989-1993, Rafael Caldera y por último, el mandato del Presidente Hugo Chávez.

La economía venezolana cayó a partir del endeudamiento que generó el país después del "boom" petrolero en los 70. A partir de ese momento, comenzó una caída paulatina a medida que el Estado venezolano aumentaba su recaudación y gastos. Esto causó una devaluación de la moneda en 1983. A partir de entonces las políticas económicas de los gobiernos de Luís Herrera Campíns y Jaime Lusinchi no fueron capaces de frenar las espirales inflacionarias, generando desconfianza en las inversiones y pérdida de credibilidad en la moneda nacional. Algunas de las políticas que emplearon estos gobernantes fueron controles de cambio a través de RECADI (Luis Herrera Campins) y un control de precios (Jaime Lusinchi), medidas que devinieron en corrupción administrativa y mercados negros de divisas y bienes. Estas situaciones incrementaron la desinversión privada, generando una escasez gradual.

I. Antes de 1999.

a. Segundo Gobierno de Carlos Andrés Pérez.

Para las elecciones de 1988 resultó ganador Carlos Andrés Pérez, quien ejercería la presidencia por segunda vez en su historia en el período 1989-94.

A pesar de la grave crisis económica que vivía el país y a las perspectivas de cambio que se esperaban con el nuevo gobierno, el presidente Pérez anuncio un programa que no se apartaba, en lo fundamental del gobierno anterior.

A los pocos días de asumir el poder, el presidente puso en práctica una serie de medidas económicas neoliberales, identificadas con las orientaciones y recomendaciones del Fondo Monetario internacional, entre ellas:

• El aumento de los servicios públicos, tales como el agua, aseo urbano, electricidad, teléfonos:

• El aumento de la gasolina y,

• La eliminación gradual de los subsidios en educación, transporte y salud pública.

Estas medidas desencadenaron un alza indiscriminada de los precios; los comerciantes acaparaban los productos para luego venderlos a mayores precios y esto produjo escasez de productos básicos e inflación.

Fue en el gobierno del entonces presidente Pérez, cuando se decide poner en práctica de manera inmediata el paquete de ajuste y de medidas económicas, financieras y fiscales.

La creciente desaprobación de la gestión del Presidente Pérez, la ruptura con el partido Acción Democrática, la falta de nuevos liderazgos, tuvo como consecuencia que el paquete de medidas fuera rechazado.

El 26 de febrero el ministerio de Energía y Minas anuncia el alza en 30% de los precios de la gasolina y el incremento de las tarifas del transporte público urbano e inter-urbano también en un 30% a partir del 27 de febrero, válido para los 3 meses siguientes, después de los cuales podrían aumentarse hasta el 100%.

Las medidas económicas y sociales impuestas por el gobierno y la creciente tasa de pobreza, originaron la masacre y la ola de violencia llamada como el "Caracazo".

Durante su gobierno se produjeron una serie de actos que aumentaron el malestar y descontento de la población como lo fueron:

• El 27 de Febrero de 1989 cuando se comenzó a aplicar lo que se denomino “paquete de medidas económicas”, estallando serios disturbios en caracas y las principales ciudades del país. Ante la gravedad de los saqueos y manifestaciones violentas el gobierno suspendió parcialmente las garantías constitucionales. Luego de dos días de disturbios por la intervención de las fuerzas Armadas, se restableció la calma en el país dejando centenares de muertos y heridos.

El gobierno de Carlos Andrés Pérez buscó dar un cambio al liberar la economía, a través de un programa de ajustes macroeconómicos promovido por el Fondo Monetario Internacional (FMI), al que se le llamó "Paquete Económico", concebido para generar cambios sustanciales en la economía del país. Se anunciaron medidas de aplicación inmediata y otras de aplicación gradual en plazos breves. El paquete comprendía decisiones sobre política cambiaria, deuda externa, comercio exterior, sistema financiero, política fiscal, servicios públicos y política social. Sin embargo, la liberación de precios y la eliminación del control de cambio generaron un reajuste sumamente brusco para las personas de menores ingresos.

LAS GARANTIAS DEL INTERES FISCAL.

DEFINICIÓN

GARANTÍA. Cualquier medio a través del cual se le asegura al acreedor el cumplimiento de la obligación por parte del deudor.

INTERÉS FISCAL. Es el derecho de la autoridad fiscal a la percepción de un pago, mismo que puede referirse a contribuciones o aprovechamientos.

GARANTÍA DEL INTERÉS FISCAL. Medio a través del cual se le asegura a la autoridad fiscal el cumplimiento de la obligación sustantiva; es decir, pago de contribuciones o aprovechamientos por parte del contribuyente deudor.

CLASIFICACIÓN DOCTRINARIA

Genéricas. Son las que se otorgan sobre todos los bienes del deudor pero sólo los que en el momento de la ejecución integran su patrimonio.

Específicas. Sirven para reforzar la responsabilidad del deudor y confiar en que cumplirá con el pago, se dividen en:

• Personales. Son aquellas cuyo medio para asegurar el cumplimiento de la obligación se da a través de personas.

• Reales. Son aquellas cuyo cumplimiento se da a través de un bien.

LEGAL

Personales. Fianza, obligación solidaria asumida por un tercero.

Reales. Depósito en dinero, Garantías Financieras, prenda, hipoteca, títulos valor o cartera de crédito.

Otras. Embargo del PAE, pago bajo protesta.

FORMAS DE GARANTIZAR EL INTERES FISCAL.

El Artículo 141 del Código Fiscal de la Federación establece que los contribuyentes podrán garantizar el interés fiscal en alguna de las formas siguientes:

I. Depósito en dinero u otras formas de garantía financiera equivalentes que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante reglas de carácter general que se efectúen en las cuentas de garantía del interés fiscal a que se refiere el artículo 141-A del propio ordenamiento legal.

II. Prenda ó Hipoteca.

III. Fianza otorgada por institución autorizada, la que no gozará de los beneficios de orden

y excusión.

IV. Obligación solidaria asumida por tercero que compruebe su idoneidad y solvencia.

V. Embargo en la vía administrativa.

VI. Títulos valor o cartera de créditos del propio contribuyente, en caso de que se demuestre la imposibilidad de garantizar la totalidad del crédito mediante cualquiera de la anteriores formas, los cuales se aceptarán al valor que discrecionalmente fije la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

La garantía deberá comprender, además de las contribuciones adeudadas actualizadas, los accesorios causados, así como de los que se causen en los doce meses siguientes a su otorgamiento. Al terminar este periodo y en tanto no se cubra el crédito, deberá actualizarse su importe cada año y ampliarse la garantía para que cubra el crédito actualizado y el importe de los recargos, incluso los correspondientes a los doce meses siguientes.

El reglamento del Código Fiscal de la Federación establecerá los requisitos que deberán reunir las garantías. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público vigilará que sean suficientes tanto en el momento de su aceptación como con posterioridad y, si no lo fueren, exigirá su ampliación o procederá al secuestro

o embargo de otros bienes.

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