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POTESTAD TRIBUTARIA DEL ESTADO


Enviado por   •  1 de Febrero de 2015  •  338 Palabras (2 Páginas)  •  289 Visitas

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Titularidad: Grado obtenido por una persona con título de funcionario o empleo público. Es la circunstancia en que se obtiene un título.

Potestad tributaria originaria y delegada

Es la facultad o posibilidad de establecer y regular tributos (tasas, contribuciones o impuestos). Se distingue entre potestad tributaria originaria o primaria y potestad tributaria derivada o de segundo grado. En España, la potestad originaria para establecer tributos corresponde sólo al Estado, mediante ley. Las Comunidades Autónomas y las Corporaciones locales pueden establecer y exigir tributos de acuerdo con la Constitución y las leyes.

La Potestad Tributaria Originaria: Se dice que la potestad tributaria es originaria cuando emana de la naturaleza y esencia misma del Estado, es cuando nace de la esencia del Estado y de forma inmediata y directa de la Constitución. El Estado tiene la potestad de exigir el tributo originariamente.

La Potestad Tributaria Derivada O Delegada: Es la facultad de imposición que tiene el ente Municipal o Estadal para crear tributos mediante derivación, en virtud de una ley y que no emana en forma directa e inmediata de la Constitu­ción de la República. Se derivan de leyes dictadas por los entes regionales o locales en propiedad de su propio poder de imposición. Se dice que son leyes de base que desarrollan principios Constitucionales.

El fenómeno de la doble y triple imposición

En varias ocasiones un sujeto activo tributario impone dos o más gravámenes sobre idéntico ingreso. Esta situación, incorrecta a todas luces, conduce directamente al problema de la doble tributación.

El problema de la doble imposición, sostiene Fernando Vázquez Pando, deriva en última instancia del hecho de que nuestro sistema federal implica necesariamente de que las entidades federales cuenten con los recursos necesarios para atender sus necesidades. Lo anterior da lugar a la coexistencia dentro de la republica de una pluralidad de legislaciones fiscales locales, la cual propicia que en un momento dado, una misma llave impositiva se encuentre gravada en diversas entidades federativas, en virtud de que frecuentemente las legislaciones locales adoptan criterios dispares para la atribución de la potestad tributaria.

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