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PRINCIPIO DE LA EXISTENCIA DEL AGRAVIO PERSONAL Y DIRECTO


Enviado por   •  24 de Mayo de 2013  •  1.699 Palabras (7 Páginas)  •  3.815 Visitas

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PRINCIPIO DE LA EXISTENCIA DEL AGRAVIO PERSONAL Y DIRECTO.

IMPLICACIÓN DEL AGRAVIO.

• El juicio de amparo se promueve a instancia de parte agraviada.

• Parte agraviada es aquel gobernado que recibe o a quien se infiere un agravio.

• Este concepto implica la causación de un daño, de un menoscabo patrimonial o no patrimonial, o de un perjuicio no considerado como la privación de una garantía lícita, sino como a cualquier afectación cometida a la persona o a su esfera jurídica.

ELEMENTOS DEL CONCEPTO DE “AGRAVIO”

-ELEMENTO MATERIAL

• Presencia de daño o perjuicio.

• Causado o producido en determinada forma.

• Por una autoridad al violar una garantía individual, o al invadir esferas de competencias, o federal en sus respectivos casos.(103 constitucional).

-ELEMENTO JURÍDICO.

• Forma, ocasión o manera en bajo las cuales la autoridad causa el daño o el perjuicio, ya sea mediante la violación a las garantías individuales o por conducto de la extralimitación, o de la interferencia de competencia federales y locales.

NATURALEZA DEL AGRAVIO.

- Para que el agravio sea causa generadora de juicio de amparo, necesita ser personal, que recaiga precisamente en una persona determinada, bien sea física o moral.

- Todos aquellos daños y perjuicios en que puede manifestarse el agravio, que no afecten a una persona concretamente especificada, no pueden reputarse como agravios desde el punto de vista constitucional, no originando, por tanto la procedencia de amparo.

- Además de la personal determinación del agravio, éste debe ser directo, es decir de realización pasada, presente o inminentemente futura.

ESTIMACIÓN DEL AGRAVIO

Las afectaciones que constituyen un agravio deben ser reales, es evidente que su causación o existencia es susceptible de apreciación objetiva, por lo que, cuando efectivamente exista un daño o un perjuicio en los bienes jurídicos del quejoso, tal circunstancia debe ser estimada por el juez de amparo.

PRINCIPIO DE LA RELATIVIDAD DEL JUICIO DE AMPARO

El principio de relatividad de las sentencias, conocido también como Formula Otero (alusión a su impulsor) habla de que las sentencias de amparo, solo benefician al peticionario de amparo, del procedimiento que emana la resolución que se trate.

Que quiere decir esto, (en su caso más incongruente) que si una sentencia de amparo determina la ilegalidad de una ley, dicha ley no le será aplicable al peticionario del amparo, sin embargo a pesar de determinarse la ilegalidad de la ley que se trate, esta seguirá teniendo aplicación para todos aquellos que no hayan acudido al amparo.

Este principio, aunado al principio del acto consentido, conforma la ineficiencia de la SCJN en la protección de las garantías individuales de los gobernados.

El juicio de amparo, tiene como finalidad la protección de los derechos humanos del gobernado (protección garantías individuales) y a mi parecer y el de mucho, el principio de relatividad va en contra de la función elemental del juicio de amparo, y te pongo un ejemplo, se aprueba una ley, mediante la cual se permite que sin mandamiento escrito, ya no se diga mediante autoridad competente (mandatos del artículo 16 constitucional) se pueda privar a una persona de su libertad (esto ya se aprobó en México y ahora el ejercito puede retenerte, si piensa que se trata de narcotráfico o terrorismo) entonces vienen a mi casa y me detienen violando el artículo 16 constitucional, acudo al amparo y se resuelve a mi favor, dictaminando que la Justicia de la Unión me apara y protege por encontrar la ley fundamento de mi detención ilegal y contraria al principio constitucional, PERO, gracias al principio de relatividad, a pesar de que la SCJN encuentra ilegal la ley, esta se puede seguir aplicando, pues la sentencia de amparo solo sirve para que no se me continúe privando de la libertad y no para que no se prive a nadie más de su libertad amparados en una ley que ya se reconoció como ilegal.

Las leyes sobre impuestos son otro claro ejemplo, prácticamente todas las leyes sobre impuestos ya se han reconocido como ilegales, por contravenir las garantías individuales de los gobernados y las constitución misma, sin embargo, la leyes se siguen aplicando a la inmensa mayoría de los gobernados violando sus garantías individuales, pues gracias al principio de relatividad de las sentencias de amparo, solo los que soliciten el amparo se encuentran eximidos del cumplimiento de una ley aun cuando la SCJN la haya encontrado ilegal y en este caso (leyes sobre impuestos) para terminar de amarrar las cosas existe el principio del primer acto de aplicación, que nos dice que para poder acudir al amparo es necesario hacerlo en el primer acto de aplicación, esto quiere decir que si tu pagas ISR y no te amparas, la primera vez que lo pagaste, pues ya no podrás hacerlo nunca, a pesar de que la ley haya sido encontrada inconstitucional.

En resumidas cuentas los efectos del principio son:

- La declaración de inconstitucionalidad del acto reclamado solo beneficia al peticionario del amparo, aun cuando sean muchos los gobernados afectados.

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