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PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO PROCESAL


Enviado por   •  11 de Diciembre de 2022  •  Resúmenes  •  2.621 Palabras (11 Páginas)  •  116 Visitas

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UNIVERSIDAD DEL ISTMO

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

MATERIA:

DERECHO PROCESAL I

ACTIVIDAD 1:

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO PROCESAL

PANAMÁ, 04 DE DICIEMBRE DEL 2022

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN

A través del trabajo que presentaremos a continuación se nos plantea el analizar diferentes figuras básicas pero fundamentales que nos ayudarán a entender mejor el marco de los procesos que se llevan a cabo a diario en los tribunales que administran justicia en nuestro país. Así las cosas, se nos ha propuesto investigar y analizar criterios tales como cuáles son y que establecen los principios fundamentales del debido proceso en Panamá y al respecto, debemos empezar por decir que a éstos se les considera la base, la columna vertebral del derecho procesal, debido a que establecen los lineamientos dentro de los que han de regirse los sujetos que intervienen dentro del proceso, como también a su vez, permiten la aplicación veraz y asertiva de las normas procesales, todo lo que conlleva la finalidad que velar por una pacífica convivencia de los individuos y garantizar la aplicación de la ley a un caso en concreto. Visto su papel medular en un proceso, dejaremos claro de igual forma cuál es la importancia que cada uno reviste para que la justicia se administre de debida forma.

Se nos plantea además definir qué se entiende por oportunidad probatoria dentro de nuestro sistema de justicia, misma que se define y se ve amparada en nuestro Código Procesal y que pasaremos a explicar a detalle en nuestra investigación.

De igual forma, en nuestro desarrollo también estaremos abordando la definición de la pretensión procesal, figura que es de gran importancia para el conocimiento y aplicación de esta importante materia, por lo que en contexto general veremos que la misma es la acción por medio de la cual se lleva a cabo la manifestación de voluntad frente al administrador de justicia o tribunal, de forma de hacer valer un derecho o solicitar se dé cumplimiento a una obligación. Para ilustrar esta figura, expondremos y analizaremos de forma específica este concepto, lo explicaremos de forma más amplia, así como enunciaremos y explicaremos los elementos que la componen. Es nuestro mayor interés plasmar con claridad y precisión todos esos conceptos.

NOMBRE Y EXPLIQUE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO PROCESAL

Según nuestro código procesal penal en Panamá, en su Artículo 3. Nos dicta sobre los principios del proceso, se observan los principios del debido proceso, contradicción, inmediación, simplificación, eficacia, oralidad, publicidad, concentración, estricta igualdad de las partes, economía procesal, legalidad, constitucionalización del proceso y derecho de defensa.

Analizamos los principios fundamentales de la siguiente manera:

  • Principios del debido proceso, que consiste en 'un procedimiento regular ante un tribunal permanente legítimamente constituido y competente para juzgar y comprender el derecho de recurrir ante los Órganos Jurisdiccionales del Estado (art.32 constitución panameña).
  • Principio de Contradicción, es un criterio que rige el derecho procesal y que expresa que toda persona tiene derecho a confrontar las pruebas que se presenten contra él en un juicio.
  • Principio de Inmediación: indica la exigencia de que el juzgador se halle permanentemente y personalmente en contacto directo con los hechos, las pruebas y con los sujetos que actúan en el proceso, sin que exista entre ellos algún intermediario.
  • Principio de Simplificación: Es aquel principio por medio del cual se establece equidad entre las partes, por lo tanto, los sujetos intervinientes en el proceso deben ser tratados de la misma manera, en igualdad de condiciones.
  • Principio de Eficacia, constituye uno de los principios que sustentan el nuevo modelo de justicia penal, por consiguiente, está ligado directamente a los objetivos del Sistema Penal Acusatorio.
  • Principio de Oralidad, el cual constituye un cambio significativo en el proceso penal panameño, está previsto en el artículo 364 del C.P.P., que a la letra dice: La audiencia será oral. De esa forma deberán declarar el imputado y las demás personas que participen en ella.
  • Principio de Publicidad, el cual está dirigido a garantizar la transparencia, la imparcialidad y la rectitud en la administración de justicia, y en lo que consiste y se traduce es en permitir que cualquier persona que lo desee pueda asistir y presenciar la realización de los actos procesales.
  • Principio de Concentración, entendida como aquel principio en virtud del cual se procura abreviar en el tiempo el desarrollo del proceso, haciendo que sus actos se produzcan en forma continuada, sin interrupciones ni interferencia, está lejos de recibir aplicación en nuestro actual sistema procesal civil.
  • Principio de Estricta igualdad de las partes: En los actos privados, los sujetos de derecho se encuentran en un punto equilibrado de igualdad, en donde ninguna de las partes es más que la otra, y ninguno puede exigir del otro nada sin un acuerdo de voluntades pueden realizar cualquier tipo de actividad mientras que la ley no lo prohíba.
  • Principio de Economía procesal, se define como la aplicación de un criterio utilitario en la realización empírica del proceso con el menor desgaste posible de la actividad jurisdiccional.
  • Principio de Legalidad: Nadie puede ser condenado a una pena o sometido a una medida de seguridad sin juicio previo dentro de un proceso tramitado con arreglo a las normas de la Constitución Política, de los tratados y convenios internacionales ratificados por la República de Panamá y de este Código.
  • Principio de Constitucionalización del proceso: Es uno de los principios cardinales del sistema penal acusatorio adversarial, que entrará en vigencia en pocos meses. Este principio, en términos sencillos, implica la aplicación de los derechos y garantías constitucionales, de forma directa, en el proceso penal.
  • Principio de Derecho de defensa: La defensa es el derecho fundamental que asiste a toda persona, de comparecer inmediatamente en la instrucción, y a lo largo de todo el proceso penal en el que aparezca vinculado, a fin de poder responder oportunamente y con eficacia la imputación o acusación que existe en su contra, preparando con plena libertad e igualdad de herramientas los actos de prueba, solicitudes y recursos necesarios, para hacer valer dentro del proceso penal el derecho a la libertad que asiste a todo ciudadano que se presume inocente hasta tanto no sea condenado.

IMPORTANCIA DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

Dejar sentado que lo que se conoce como principios fundamentales del derecho procesal son los lineamientos mínimos mediante los que debe estar normado un proceso. Dicho lo anterior, entender que son las premisas básicas o bases de tipo relativo (no son absolutos, ya que dependen del criterio del juez y del caso, así como pueden variar en el tiempo) que operan como centro de todas las instituciones del derecho procesal, por medio de los cuales se garantiza el cumplimiento de las obligaciones, así como los derechos que asisten a las partes que intervienen dentro de un proceso.

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