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PROCESAL CIVIL. PROGRAMA DE DERECHO


Enviado por   •  25 de Marzo de 2021  •  Ensayos  •  2.216 Palabras (9 Páginas)  •  79 Visitas

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        PROCESAL CIVIL

PROGRAMA DE DERECHO

VII SEMESTRE NOCTURNO

NORTON MORENO MADRID

AUGUSTO DE LA HOZ

CORPORACION UNIVERSITARIA REGIONAL DEL CARIBE IAFIC

CARTAGENA – BOLIVAR

24 – 03 – 2021

Para dar inicio del tema a tratar luego de leer distintos conceptos analizados desde diversas ópticas todas basadas en derecho, es de resaltar el hecho de contar con una riqueza objetiva en el marco legal, el cual nos brinda una protección garantista en los procederes de las distintas fases que encontramos en la solución de los conflictos que se generan en una sociedad, en el cual a través de los jueces se dictan ordenes de estricto cumplimiento en los que dependiendo de las respuestas emitidas a través de las sentencias puede darse la situación en la que alguna de las partes del conflicto no quede satisfecho por la respuesta recibida sea por que considere que las apreciaciones por las cuales se están basando para resolver dicho conflicto y en su defecto favorecer o no favorecer alguna de las partes  (x) o (y), no sean de manera acertada motivos por los cuales dentro de los procesos existen diversas formas de manifestar el inconformismo por la decisión tomada y dado el caso solicitar mediante determinados recursos, sea revisada dicha decisión.

 Ahora bien los recursos son las rutas que tienen las partes en derecho dentro de un proceso para poder impugnar una sentencia  no favorable. El Recurso de Casación es un procedimiento extraordinario dado que la ley lo admite, bajo ciertos parámetros, contra ciertas resoluciones y por determinadas causales, por lo general se trata de recursos de derecho.

No es por retractación ni de reformación a través del cual la Corte Suprema de Justicia tiene conocimiento sobre las Sentencias en única o en última instancia, si los fundamentos de la ley han sido bien o mal aplicados en los fallos tomados en única o ultima instancia sobre los cuales se pronuncian los tribunales.

Para escudriñar un poco más sobre este recurso analizararemos sus orígenes.                                                                   Los inicios de este recurso judicial se dieron en los estados italianos, que emplearon este instrumento para aplicar sus estatutos locales sobre los derechos comunes. El auge de este medio se dio en Francia, donde se empleó como un mecanismo para igualar el Derecho a partir de una ley territorial llegando a ser propio de su reglamento jurídico.

Por otra parte analizamos la palabra "casación" el cual proviene del francés cassation, que se deriva a su vez de casser, traducido como anular o quebrantar.

Prosiguiendo el recurso de casación es un recurso extraordinario cuyo objeto es el de anular una sentencia judicial la cual contiene una equivocada aplicación o interpretación de la ley. Es un mundo inmerso en la ciencia del derecho el cual esta constituido por muchas ramificaciones en la cual dependen para su funcionamiento o aplicación unas de otras, se pueden realizar en ciertas instancias mas en otras no, se realizan análisis sobre lo que ya se ha juzgado sin llegar a ser otra instancia más, sin embargo permite reevaluar el actuar o proceder de las sentencias emitidas por los distintos jueces en los niveles jerárquicos en los cuales se ha ido desarrollando el proceso.

Cabe agregar que los grandes pensadores, filósofos y especialistas en nuestros tiempos se han dado a la tarea de hacer de las ciencias y de las distintas actividades y las diferentes profesiones algo más humanizado, nos permite llegar al conocimiento y saber que en el proceso del aprendizaje se pueden cometer errores, pero de igual manera en esa búsqueda continua de mejora y en esa constante evolución del desarrollo humano, nos damos cuenta que debe ir de la mano los medios y los instrumentos para mantener la justicia e medio de los problemas que se presentan en los distintos entornos y es aquí donde cabe la importancia del tema que nos atañe dado que es un recurso con el que contamos todos los ciudadanos en el cual al vernos afectados en la resolución de una disputa son varios los métodos que tenemos para que sea analizado en distintos escenarios en este caso hablaremos del recurso extraordinario de casación, analizaremos los fines, las causas por las cuales se presenta, las distintas variables que se pueden presentar en el momento de echar mano del mismo.

Dicho lo anterior observamos que la finalidad de dicho recurso es mantener un solo lineamiento en el estudio de los casos desde la óptica del derecho, permitiendo con esto que se vea reflejado que en cualquiera instancia donde se este llevando un proceso judicial si el lineamiento es uno no debería presentarse muchas contrariedades ya que todos están apuntando hacia el mismo sentido siendo que el ordenamiento jurídico y las leyes se aplican a plenitud en concordancia hasta con las instancias internacionales dado los parámetros de los convenios adquiridos con los demás países y entes reguladores, teniendo estas armas con el único fin de preservar los derechos constitucionales, verificar que la justicia sea transparente y equilibrada para todos, al resolver los fallos en derecho y que siempre estén acompañados de total legalidad, viéndose reflejado la consecución y una sola estructura alrededor de las jurisprudencias, garantizando así que en el momento de encontrar que sea causado algún daño se pueda reparar en algún sentido ese acto no deseado.

Llegados a este punto nos encontramos con temas muy puntuales en los que este recurso aplica como lo son:

  • Sentencias proclamadas por los tribunales superiores en segunda instancia.
  • En los procesos declarativos
  • Las dictadas en las acciones de grupo con competencia de la jurisdicción ordinaria.
  • Liquidar condenas  en concreto y otras.

Continuando encontramos unos causales precisos descritos que aplican para la utilización y aplicación de este recurso como los describiremos a continuación.

  1. La violación directa de una norma jurídica sustancial.                                                                  A esta llegamos de una manera directa o indirecta o en ambas formas por las siguientes causas:

  • Por falta de aplicación, por aplicación indebida e interpretación errónea, son las maneras como se viola una norma sustancial (La falta de aplicación se equipara a la infracción directa en la casación laboral).                                                                                                      

  1. A. La violación indirecta de la ley sustancial, como consecuencia de error de derecho derivado del desconocimiento de una norma probatoria, como en el caso anterior por las mismas tres(3) razones:
  • Por falta de aplicación, por aplicación indebida e interpretación errónea.

B. O por error de hecho manifiesto y trascendente en la apreciación de la demanda, de su contestación, o de una determinada prueba.

  • Aquí estamos manifestando que no se tuvo en cuenta algo por ejemplo que constara una confesión en la demanda, una confesión en la contestación.

  • La falta de la apreciación de algo que está probado en una determinada prueba siendo estas las determinantes para dar el resultado adverso.  

                                                       

  • Cuando la fuente del error de hecho es a causa de la valoración probatoria hacemos mención a:

  1. Encontrar probado lo que no está demostrado.

  1. No dar por acreditado lo que si está demostrado en el expediente o a las pruebas documentales que ya se tienen de manifiesto que no pueden ser distintas a: “Documental, Confesión judicial, inspección judicial” aquí solo aplican las pruebas calificadas de ningún otro tipo.
  • No se podría fundamentar alegando la casación en el error de hecho en una prueba de tipo testimonial, tampoco con pruebas indiciarias.
  1. No estar la sentencia en consonancia con los hechos, con las pretensiones de la demanda, o con las excepciones propuestas por el demandado o que el juez ha debido reconocer de oficio.
  • Aquí aplica un principio de congruencia, desde la parte civil donde el desempeño del juez está condicionado en su poder resolutorio no solo por la presentación de la demanda, sino también por lo que se solicita ósea los hechos y las pretensiones dando respuesta clara a cada una de las solicitudes para darse así la consonancia de las respuestas a esos requerimientos.    

                                                                                             

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