PROCESO PENAL
Enviado por marybelli • 24 de Octubre de 2014 • 4.548 Palabras (19 Páginas) • 159 Visitas
PREINSTRUCCIÓN
Sentido gramatical.- Impartir conocimientos.
Etapa procesal: Es en la que el juez instructor lleva a cabo una sucesión de actos procesales sobre la prueba, para que conozca la verdad histórica y la personalidad del procesado y estar en aptitud de resolver en su oportunidad la situación jurídica planteada.
Inicio y fin: Desde la consignación hasta el dictado del auto de plazo constitucional.
CON DETENIDO
CONSIGNACIÓN:
SIN DETENIDO
PRINCIPIOS
LEGALIDAD- AUTONOMIA-OBLIGATORIEDAD
PUBLICIDAD.- Audiencias públicas.
CONCENTRACIÓN ACTOS PROCESALES
ORALIDAD.- IDENTIDAD DE JUEZ
INMEDIATIVIDAD O INMEDIACIÓN.
ESCRITURA ( Registro).
AUTO DE RADICACIÓN
CONCEPTO.- Primer resolución del Juez, en la que se manifiesta de manera efectivas la relación procesal, pues tanto el agente del Ministerio Público, como el inculpado, desde ese momento, quedan sujetos a la potestad del Juzgador
Con detenido.- De inmediato
TÉRMINO.- Sin detenido delito grave.- De inmediato
Sin detenido delito no grave.- Dos días
Recurso por omisión de radicación.- QUEJA.
REQUISITOS.- Fecha y hora en que se recibió consignación.
orden registro libros de gobierno.
Aviso al superior.
Intervención ministerio público.
Aseguramiento objetos delito y transparencia.
Ratificación detención, cita para preparatoria ý
verificación de que no exista pruebas pendientes
de acordar (con detenido)
EFECTOS AUTO DE RADICACIÓN
Sanción corporal.- Requisitos art. 16 Const.- Ord. Apr.
SIN DETENIDO.- Pena alternativa.- Orden de comparecencia
Libertad bajo caución.- Garantía.- Orden de presentación
CON DETENIDO.- (flagrancia).-
Requisitos art. 19 Constitucional
ORDEN DE APREHENSIÓN
• CONCEPTO.- Resolución judicial en la que con base en el pedimento del agente del Ministerio Público y satisfechos los requisitos del artículo 16 Constitucional, ordena la captura de una persona determinada, como probable responsable de un delito, sancionado con pena corporal.
• REQUISITOS.- Previa denuncia o querella.
ART. 16 CONST. Sanción corporal
195 cfpp Cuerpo del delito
Probable responsabilidad
Petición ministerio público
Aspectos formales y Comentarios arts. 195-204 CFPP.
• EMISIÓN DE ORDEN: Previos requisitos, obligación autoridad administrativa poner inmediatamente a disposición.
• NEGATIVA ORDEN: Requisitos procedibilidad.
• Prescripción
• Elementos de fondo.
• Excluyentes delito (art. 15 CPF)
• Devolución a MP
• ORDEN DE REAPREHENSION.- Determina la privación de la libertad de una persona, cuando se evade de la cárcel; esta en libertad bajo protesta y se ausenta de la población sin el permiso del juez; incumple con los requisitos de la libertad caucional; o no se presentaq a cumplir la sanción.
ORDEN DE COMPARECENCIA
• CONCEPTO.- En términos del artículo 157 CFPP, se refiere a la orden de apersonarse ante la autoridad judicial, a fin de rendir declaración preparatoria, primordialmente cuando el delito no dé lugar a detención, o en los casos del artículo 135, párrafo segundo, siempre y cuando se acrediten el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del inculpado.
• Art. 135, párrafo segundo, CFPP.
• Art. 399 CFPP
• Art. 195 CFPP
ORDEN DE PRESENTACIÓN
• CONCEPTO.- En la práctica jurisdiccional se ha derivado de la interpretación literal del párrafo tercero del artículo 135 CFPP:
• “Cuando el Ministerio Público deje libre al indiciado, lo prevendrá a fin de que comparezca cuantas veces sea necesario para la práctica de diligencias de averiguación previa y, concluida ésta, ante el juez a quien se consigne, quien ordenará su presentación y si no comparece sin causa justa y comprobada, ordenará su aprehensión, mandando hacer efectiva la garantía otorgada”
• OPINIÓN PERSONAL: Interpretación sistemática de los arts 157, 135, párrafo segundo, y 195 CFPP
CRITERIOS
Novena Epoca
Instancia:
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