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PROYECTO PERSONAL DE APRENDIZAJE


Enviado por   •  20 de Junio de 2021  •  Documentos de Investigación  •  608 Palabras (3 Páginas)  •  129 Visitas

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PRUEBA DE DESARROLLO

CONSOLIDADO 2

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  1. IDENTIFICACIÓN DE PARTIDAS: Tomando como base las partidas 11002185, 11003025 y 11072927:  (3 pts: 0.5 cada respuesta)
  1. Describa el inmueble y quiénes son la/as propietaria/as  en las partidas 11003025 y 11072927.

Julia luz barzola Paucar

  1. ¿Cuál es el/los títulos registrados en la partida11003025?

Compra venta

  1. ¿Cuál es el/los títulos registrados en la partida11072927?

Compra venta

  1. ¿La partida 11002185, fue generada en qué Oficina Registral?

Notario Julio C. López soto

  1. ¿La partida 11003025, fue generada en qué Oficina Registral?

Notario Julio C. López soto

  1. ¿La partida 11072927, fue generada en qué Oficina Registral?

Notario Julio C. Lopez soto

  1. De los principios del Título Preliminar del RGRP (vea la bibliografía del  “Summa Registral ¿qué principios registrales se aplican en la partida 11003025? (3 pts)

1)      Principio de Legalidad.

2)      Principio de Rogación.

3)      Principio de Especialidad.

4)      Principio de Titulación Auténtica.

5)      Principio de Publicidad.

6)      Principio de Legitimación.

7)      Principio de Fe Pública Registral.

8)      Principio de Tracto Sucesivo.

  1. ¿De los principios del Título Preliminar del RGRP (vea la bibliografía del  “Summa Registral ¿qué principios registrales se aplican en la partida 11072927¿ (3 pts)

1)      Principio de Legalidad.

2)      Principio de Rogación.

3)      Principio de Especialidad.

4)      Principio de Titulación Auténtica.

5)      Principio de Publicidad.

6)      Principio de Legitimación.

7)      Principio de Fe Pública Registral.

8)      Principio de Tracto Sucesivo.

9)      Principio de Prioridad Excluyente.

10)  Principio de Prioridad Preferente.

  1. Si el Registrador hubiera hecho bien su trabajo, es posible que hubiera advertido la incompatibilidad de títulos; si es así ¿cómo define la incompatibilidad, según bibliografía del  “Summa Registral”. ? Para tal efecto mencione  solo la resolución del Tribunal Registral, que avale su respuesta, como el Principio que pudo tomarse en cuenta. (3 pts)
  • Definición de la incompatibilidad: Es un término jurídico empleado para definir que los actos contenidos en dos o más títulos presentados no pueden coexistir o ser inscritos en una misma partida, 
  • Resolución del Tribunal Registral, que avale su respuesta: RESOLUCIÓN Nº 548-2011-SUNARP-TR-A - la existencia de incompatibilidad de títulos en trámite debe evaluarse restrictivamente, puesto que ella determinará además de la observación correspondiente, la suspensión del plazo de vigencia del asiento de presentación del ingresado en segundo lugar.
  • Principio que pudo tomarse en cuenta: El principio de prioridad es un método de solución de conflictos respecto a la titularidad y el ejercicio de los derechos subjetivos de carácter patrimonial, en cuya virtud se concede mejor condición al previamente constituido.
  1. El cierre registral puede expresarse de diferentes modos ¿Cuáles son? (vea la bibliografía del  “Summa Registral”) (4 pts)

Cierre registral puede expresarse de distintos modos:

(1) Si el título está inscrito, el cierre es definitivo, es decir, se rechazará la inscripción del título incompatible.

(2) Si el título simplemente se ha presentado al registro, el cierre registral, para el título incompatible, es condicional, en el sentido de que está condicionado a la inscripción del primer título.

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