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PRÁCTICA 6. QUERELLA Y DILIGENCIAS DE INVESTIGACIÓN SUMARIAL


Enviado por   •  25 de Febrero de 2019  •  Trabajos  •  3.153 Palabras (13 Páginas)  •  113 Visitas

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PRÁCTICA 6. QUERELLA Y DILIGENCIAS DE INVESTIGACIÓN SUMARIAL (fecha de entrega: grupo G, 16 de marzo; grupo C, 17 de marzo; grupo A, 1 de abril a las 8h40min).

CASO 1:

-Buscar en la base de datos de Aranzadi la Sentencia de la Audiencia Provincial de Jaén (sección 3a) núm. 72/2005, de 6 de abril (entrar en la base de datos de Aranzadi, tal y como vimos en prácticas anteriores, y tras seleccionar “jurisprudencia”, en la siguiente página metemos los datos de la sentencia y la buscamos).

-En base a los hechos descritos en la citada sentencia, así como cualesquiera otros que usted se quiera imaginar, DEBE REDACTAR UNA QUERELLA CRIMINAL como abogado de la víctima de las injurias (se puede utilizar un formulario y, a estos efectos, podemos entrar en la base de datos de Tirant lo Blanch, seleccionamos formularios y en buscar tecleamos querella injurias).

AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE LINARES

Dña. Marín Hortelano, Procuradora de los Tribunales, en nombre de D. Gonzalo, cuya representación acredito con copia auténtica de poder, que debidamente bastanteada acompaño, con súplica de que una vez testimoniada me sea devuelta, ante el Juzgado comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:

Que mediante el presente escrito y siguiendo expresas instrucciones de mi mandante, paso a formular QUERELLA por el delito de Injurias a tenor de lo preceptuado en el artículo 272 en relación con el artículo 808 de la LECRIM :

PRIMERO.- Es competente el Juzgado de Instrucción de Linares que por turno corresponda, por haberse cometido en dicha Jurisdicción el delito, según lo previsto en el artículo 14-2.o de la LECRIM .

SEGUNDO.- La presente querella se interpone por D. Gonzalo, mayor de edad, de profesión profesor, nacido en Linares (Jaén) y residente en la calle Acacias,22.

TERCERO.- Acción penal que se dirige contra el querellado D. Ricardo, mayor de edad, con domicilio en Linares (Jaén), calle Olivos, 6.

CUARTO.- Los hechos en que se funda la presente acción penal son los siguientes:

A) Mi mandante, D. Gonzalo, se encontraba en un aula del Instituto "Reyes de España" de Linares con un grupo de tres compañeros al objeto de celebrar una evaluación de alumnos el día 21 de junio de 2001.

B) En ese momento, se personó el querellado profiriendo frases tales como "hay mucho maleducado" para a continuación dirigirse al querellante diciéndole "eres de la familia pobre de los Bartolomé, te crees que eres algo en Linares y eres una mierda", entablándose así una acalorada discusión iniciada injustificadamente por el querellado en la que en el cruce de palabras el querellado le gritó "yo por lo menos se hacer hijos en condiciones" reiterando dicha expresión en varias ocasiones.

C) Lo cierto es que una de las hijas del querellante padece una grave enfermedad que precisa de continuos cuidados médicos y por la que ha sido intervenida en numerosas ocasiones, de la que el querellado era conocedor, aunque desconociese las deformaciones congénitas inherentes a tal enfermedad

D) Tales manifestaciones, en forma verbal han sido realizadas por el querellado y grabadas por el querellante a través de una grabadora que llevaba encima casualmente, y, además, escuchadas por testigos que presenciaron los hechos.

E) Los términos proferidos por el querellado ostentan un carácter claramente ofensivo y una intención injuriosa y son vertidos por éste con indudable intención de lesionar la dignidad y el honor del perjudicado.

QUINTO.- Los hechos expuestos son constitutivos, sin perjuicio de ulterior calificación definitiva, de un delito de Injurias Graves verbales del artículo 208 del CP . Así la conducta del querellado se encuentra en la exigencia típica del delito de injurias reseñado, que requiere para su existencia un elemento objetivo del tipo consistente en la expresión e imputación de hechos injuriosos y con significado objetivamente ofensivo,

y por otro lado un elemento subjetivo consistente en la conciencia del carácter injurioso de la acción y la voluntad pese a ello de realizarla, es decir la existencia de una intención especifica de injuriar.

SEXTO.- Para acreditar todo ello, se propone por esta parte los siguientes medios de prueba:

-Declaración del querellado.

-Testifical de: los testigos que se encontraban en la sala presenciando la discusión.

-Transcripción del contenido de la cinta grabada que recoge la discusión entre el querellante (el cual portaba la grabadora) y el querellado.

SÉPTIMO.-Habrá que seguir el procedimiento especial establecido para los delitos de injuria y calumnia contra particulares, que se señala en los artículos 804 al 815 de la LECRIM , en lo referente a las injurias inferidas verbalmente.

SUPLICO AL JUZGADO, que teniendo por presentado este escrito se sirva admitirlo, tener por parte a D.Gonzalo, en las actuaciones que se deriven, por formulada querella contra D.Ricardo, y previos los trámites pertinentes en su día dictar sentencia por el órgano competente, condenado al querellado por la comisión en concepto de autor de un delito de INJURIAS a la pena que para el establece el CP y al pago por los daños morales sufridos y los perjuicios causados a mi mandante en su honorabilidad en la cantidad de seis mil euros, que se calculan por ahora y sin perjuicio de ulterior valoración. Así como la publicación o divulgación de la sentencia en los términos prescritos en el art. 216 del CP .

Solicitando, asimismo, el pago de las costas del Acto de Conciliación preceptivo a la interposición de la presente querella, y a las causadas en el presente procedimiento, expresamente las de esta Acusación Particular.

PRIMER OTROSÍ DIGO.- Que en cumplimiento de los artículos 278 y 804 de la LECRIM , acompaño certificación del Acto de Conciliación llevado a cabo sin efecto.- SUPLICO AL JUZGADO, tenga por presentado a los efectos legales oportunos el referido documento.

SEGUNDO OTROSÍ DIGO.-Que al no aportar esta parte poder especial para querellarse, se solicita sea citado mi mandante a través de su representación procesal a los efectos de ratificación de la presente querella criminal.- SUPLICO AL JUZGADO tenga por hecha la precedente manifestación y, proceda al señalamiento de día y hora para la ratificación de la presente querella.

28 de junio de 2001, en Linares (Jaén).

Firma del Procurador: M. Hortelano
 Firma del Letrado: Juan Díaz

CASO

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