Paternalismo Jurídico
djoek221 de Julio de 2014
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“Efectos del principio de protección del matrimonio en la aplicación del artículo 404 del código civil”
Palabras Clave: contestación o negación de paternidad, reclamación de paternidad, presunción de paternidad, familia, matrimonio, unión de hecho, protección de la familia, protección del matrimonio, promoción del matrimonio, ineficacia, interés superior del niño, derecho a la identidad, filiación.
I. RESUMEN
La investigación buscó responder a la interrogante: ¿Cuáles son los efectos del principio de protección del matrimonio en la aplicación del artículo 404 del Código Civil? Haciendo una relación directa entre este principio que aún prevalece en nuestro Código Civil, a pesar que ya ha sido desterrado de la Constitución Política en 1993. Existe una visión matrimonial de la filiación en el Código Civil, lo cual significa que a pesar que en la actualidad nuestra sociedad está dejando atrás el mito del matrimonio como institución que funda a la familia, se está manteniendo el principio de protección al matrimonio. Respecto a esto, en la aplicación del artículo en mención se pretendió constatar, dentro de la estructura del Código Civil, si es que la preeminencia del principio de protección del matrimonio afecta al interés superior del niño. Por otro lado, se ha constatado que se está sopesando un derecho formalista, como es acceder a un matrimonio, contra un derecho humano primordial que es el Derecho a la Identidad o tener un nombre; lo cual se manifiesta en el supuesto de contestación de la paternidad o negación de la paternidad contenido en el artículo 363° del mencionado Código.
II. ABSTRACT
The research sought to answer the question: What are the effects of the principle of protection of marriage in the implementation of Article 404 of the Civil Code? making a direct relationship between this principle that still prevails in our Civil Code, although it has already been banished from the Constitution in 1993. Whether there is a double vision of parentage in the civil code, it means that the Civil Code, even though our society today and is leaving behind the myth of marriage as fundamental institution of the family, is maintaining the principle of Protection of Marriage. About it, in the implementation of the article in question with which i sought to confirm within the structure of the Civil Code if the primacy of the principle of Protection Marriage affects the interests of the child. In otter matter, since it is considering a formal law, such as access to a marriage against a primary human right is the right to an identity or a name; Wow our see, the case of contestation of paternity or denial of paternity, in the Article 363° of the Civil Code.
III. INTRODUCCIÓN
Nuestra investigación se centra la redacción y aplicación del artículo 404° del Código Civil “…que contiene vestigios del principio de protección del matrimonio, así como las implicancias de este tema sobre el interés superior del niño y su derecho a la identidad.” (Código Civil Comentado, 2007, pp. 194)
Para abordar este tema, en el primer capítulo hemos ubicado la parte metodológica, de manera que a través del planteamiento del problema, el lector pueda entender la orientación de la tesis, en este punto se analiza las regulaciones al respecto, tales como el artículo 363 del Código Civil, los artículos 4° y 5° de la Constitución Política del Perú y su contrastación con lo dispuesto en la Constitución de 1979 entre otras regulaciones y circunstancias que aunadas al artículo 404° del Código Civil “…que establece una limitación al derecho de reclamar la paternidad que puede ser ejercido sólo si el marido hubiera contestado su paternidad; nos hace notar la prevalencia del principio de protección del matrimonio en el mencionado Código, aun cuando la orientación de las legislaciones contemporáneas es distinta (BAEZA CONCHA, 2001, pp. 249).
En ese mismo capítulo se presenta la justificación de nuestra investigación, la formulación del problema, los objetivos, el tipo de investigación, los métodos, técnicas e hipótesis en el sentido de que “Los efectos del principio de protección del matrimonio en la aplicación del artículo 404 del Código Civil causan ineficacia al principio del interés superior del niño y del derecho a la identidad.
Un apartado importante del primer capítulo es el llamado estado de la cuestión, en el que se explica que tanto en la doctrina nacional como en la extranjera se ha llegado a la conclusión de que “…el objeto de la acción de reclamación de paternidad es naturalmente armonizar la verdad legal y la verdad biológica…” (TRABUCHI, 2005, pp. 83).
El segundo, tercer y cuarto capítulos, están estructurados según las unidades de análisis consignadas en el proyecto de investigación, de manera que en éstos, se tratan temas relativos a la familia, el matrimonio y la filiación; así como sus influencias sobre el interés superior del niño y su derecho a la identidad.
Por tanto, en virtud de la primera unidad de análisis, el segundo capítulo trata sobre la visión matrimonial de la filiación en el Código Civil, entendida la expresión “visión matrimonial” como el rezago del principio de protección del matrimonio en el artículo 396º y 404º del Código Civil vigente, cuyo tema principal es la filiación; para el debido entendimiento del tema, se trata de manera previa, el concepto de la institución familiar en sus diversos matices, haciéndose la diferenciación con la familia matrimonial; por tanto, de la diferencia existente entre el principio de protección de la familia, con la mera promoción del matrimonio. El principio de Protección de la familia, tomado como punto de partida al artículo 4 de la Constitución Política del Perú señala que: “La comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono. También protegen a la familia y promueven el matrimonio”, estableciéndose la diferencia entre protección de la familia y promoción del matrimonio; en ese tenor, se desarrolla el tratamiento legislativo y concepto tradicional de familia, las significaciones jurídicas de la palabra familia, los distintos orígenes de las familias; todo desde el punto de vista específico del mandato constitucional.
Una vez establecidos los conceptos generales y señaladas las posiciones al respecto, entramos en el tema específico sintetizado en la segunda unidad de análisis referida al contrapeso entre el principio de protección del matrimonio y el interés superior del niño; por cuanto, el tercer capítulo describe los conceptos generales y la regulación existente respecto al tema en el contexto actual y teniendo como fundamento la regulación de la Convención Interamericana de los Derechos Humanos; alcanzando finalmente una concepción propia respecto a la cual se condena el hecho que se siga manteniendo una regulación civil que sobrepone un principio suprimido sobre un derecho que se encuentra en pleno auge tanto académicamente y normativamente como jurisprudencialmente.
El cuarto capítulo de la tesis, puntualiza la tercera unidad de análisis contrastando el principio de protección del matrimonio con el derecho a la identidad de las personas, especialmente desde la perspectiva de los infantes; detallando “…principios generales internacionales de protección de los derechos y, las consecuencias psicológicas que pueden tener en los niños la falta de convivencia con sus padres biológicos causada por la imposibilidad de que éstos últimos reclamen su paternidad si el marido de la madre no la ha contestado primero…” (BICUDO y ALVAREZ, 1999, pp. 205); este punto se ve ampliado con la sistematización de entrevistas realizadas a dos profesionales psicólogos que opinan al respecto y que se presentan en el anexo número cinco.
El capítulo quinto nos ofrece la discusión y los resultados del trabajo de tesis, resultando importante la propuesta de modificación legislativa que en éste capítulo se ofrece.
El capítulo sexto ofrece las conclusiones y recomendaciones respecto del tema cuya aportación es, en términos generales, que la familia es una sola, sin considerar su base de constitución legal o de hecho. “Cada vez son más las familias que se constituyen sin vinculo matrimonial de por medio, mayores son también las circunstancias particulares y especiales en las que las personas conviven (madres o padres solteros, personas divorciadas que contraen segundas nupcias y llevan consigo a los hijos de su primer matrimonio, cónyuges que estando casados y separados de hecho, forman una nueva unión de hecho con un tercero, etc.)…” (VELÁSQUEZ VARGAS, 2009, pp. 59), las mismas que no pueden ser excluidas de la protección estatal. Vale decir que “…el contexto social y cultural de un pueblo no es más que el reflejo de la situación de la institución familiar en el mismo…” (BUITRAGO y VERGELES, 1996, pp. 321), razones por las que resulta de suma importancia que el principio de protección a la familia alcance efectivamente no sólo a las familias que tienen como base al matrimonio civil y la unión de hecho con las características exigidas para que sea reconocida como tal (estabilidad, ausencia de impedimento matrimonial
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