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Patrimonio De Familia


Enviado por   •  10 de Agosto de 2011  •  5.871 Palabras (24 Páginas)  •  792 Visitas

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Introducción

Al igual que la mayoría de los conceptos empleados en el derecho civil de los países occidentales, el concepto de familia y de patrimonio fue desarrollado, aunque no definido, por la derecho romano a lo largo de las diversas etapas por las que éste paso a lo largo de los siglos.

La palabra Patrimonio deriva etimológicamente de la voz patrimonium, que significaba lo recibido del pater o padre.

A lo largo del periodo que conocemos como la República, por patrimonio se comprendía el conjunto de bienes corpóreos que pertenecían al pater familias y que estaban sujetos a su única y absoluta disposición.

Al inicio del Imperio se otorgó una mayor independencia económica a los miembros de la familia, lo que fue originando la desmembración del patrimonio familiar y por consiguiente la aparición de otros patrimonios, caracterizados como masas de bienes pertenecientes a un hombre libre y afectadas a la persona de su titular.

Con el derecho clásico, el patrimonio llegó a comprender todos aquellos derechos activos, que con valor apreciable en dinero corresponden a una persona, no sólo con las cosas corpóreas, sino todos sus bienes, créditos, derechos y acciones de que fuera titular una persona. Sin embargo los jurisconsultos de entonces, no incluyeron en la noción patrimonial las deudas del titular del patrimonio, sino que las dedujeron. Esta concepción romana del patrimonio es comentada y expresada por diferentes jurisconsultos definiéndose con Justiniano como “todo aquello que quedará después de deducidas las deudas”.

Los romanos presentaban al patrimonio como un ente jurídico y admitieron su transmisión inter vivos, como en los supuestos de matrimonio cum manu, siendo la mujer sui iuris, en la adrogación y la legitimación y en el patrimonio sin titular, como el caso de la hereditas iacens, la herencia yacente.

Sin embargo, los romanos no consideraron al patrimonio como un atributo de la personalidad, sino como un ente jurídico solamente integrado de bienes y derechos, no de deudas.

Definición del concepto actual de Patrimonio

Debido a que resulta de gran ayuda comprender el género para después comprender la especie, en primer lugar se intentará definir el concepto de patrimonio en general desde el punto de vista de diversas corrientes doctrinarias.

Ha sido muy discutida la naturaleza jurídica y consecuentemente el concepto del patrimonio. La doctrina se ha dividido en las siguientes posiciones:

A) Subjetiva o personalista: Para esta el patrimonio es emanación de la personalidad jurídica y por ello comprende todos los bienes del individuo, incluso los futuros, y también las obligaciones, es pues una universalidad de derecho independiente de los bienes que lo integran. De ahí se deduce que toda persona tiene un patrimonio y que sólo la persona tiene patrimonio.

B) Finalista: Sin negar la existencia del patrimonio personal, esta doctrina pone énfasis en el interés en que cada masa de bienes sirve, afirmándose así la existencia de patrimonios, que no pertenecen a alguien sino a algo, que están destinados a un fin, lo que lleva a explicar la importancia de la responsabilidad patrimonial.

C) Realista o atomista: Para ella, el patrimonio no es algo distinto de los bienes y derechos que lo componen, sino la suma de todos ellos y, por ello, no puede ser considerado apto para ser objeto de un derecho subjetivo.

D) Existen otros autores como Cossio que rechazan las anteriores doctrinas por considerar que sólo conducen a abstracciones inútiles y concluyen que el patrimonio ofrece una configuración variable, por lo que debe ser estudiada por separado cada una de las diversas modalidades en que puede presentarse, que son esencialmente tres: personal, de destino y especial o separado.

Desde posiciones intermedias, Castán define el patrimonio como el conjunto de las relaciones jurídicas activas y pasivas que pertenecen a una persona y son estimables económicamente.

El Patrimonio se integra por elementos susceptibles de valoración económica, tanto positiva como negativa, quedando fuera los bienes de la personalidad y lo concerniente al estado civil de la persona.

Explicación de la Institución del Patrimonio familiar

El Código Civil del D.F. en el artículo 723 nos dice que: El patrimonio familiar es una institución de interés público, que tiene como objeto afectar uno o más bienes para proteger económicamente a la familia y sostener el hogar. El patrimonio familiar puede incluir la casa–habitación y el mobiliario de uso doméstico y cotidiano; una parcela cultivable o los giros industriales y comerciales cuya explotación se haga entre los miembros de la familia; así como los utensilios propios de su actividad, siempre y cuando no exceda su valor, de la cantidad máxima fijada por este ordenamiento.

Javier Oroz Coppal, en un artículo publicado como "Patrimonio de Familia" en Gaceta Jurídica del Ciudadano, espacio de libre expresión de esfuerzo social cotidiano de México AC, expresa: "se le conoce como "Patrimonio familiar" como aquel patrimonio inalienable, inembargable, no sujeto a gravamen, formado con una cantidad limitada de bienes, destinados al sostenimiento y estabilidad de una familia".

Son objeto del patrimonio de la familia: la casa en que la familia habita, sus muebles y equipo de casa, un vehículo automotriz y además una porción de terreno anexo a una distancia no mayor a 1 km. de la casa. Sólo pueden constituirse en patrimonio de familia los bienes ubicados en la jurisdicción municipal en que esté domiciliado el que lo constituye. La propia legislación establece que el valor máximo de los bienes afectos al patrimonio de la familia será el equivalente a treinta y cinco mil veces el salario mínimo diario general vigente en la zona económica de que se trate, en la época en que se constituya dicho patrimonio, quedando incluido dentro del valor antes mencionado, el del vehículo automotriz cuyo valor máximo será el equivalente a cinco mil veces el salario mínimo diario general vigente en la zona económica de que se trate.

El autor hace hincapié, a su vez, sobre la existencia de la figura de la "simulación", razón por la que llama a la reflexión para que no se haga abuso de esta noble institución, ya que algunos notables deudores, utilizan al patrimonio como escudo fraudulento en contra de sus acreedores, aprovechándose que éste patrimonio es casi inmune de embargos.

Esta institución encuentra su razón de ser en la posibilidad

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