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Persona Jurídica Glosario


Enviado por   •  25 de Octubre de 2020  •  Apuntes  •  8.104 Palabras (33 Páginas)  •  100 Visitas

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19.08.19

paolo.robilliard@bakermckenzie.com

TA – 80% (2 controles, 2 pcs, intervención) y 20% de ejercicio de simulación.

21.08.19

Glosario:

  • Derecho Concursal (Conjunto de normas que regula los procedimientos concursales, que regulan las posibles situaciones de crisis de las empresas) (efecto buffet, cuando los recursos de la empresa no sean suficientes para todos sus acreedores)
  • Deudor (aquel que debe una prestación, deuda) y Acreedor (aquel a quien le deben una prestación, crédito)
  • Financiamiento por acciones (aportes en forma de capital) o por deuda (aportes en forma de préstamo, pueden ser de bancos o por bonos)
  • Mercado de valores (mercado al que uno recurre para obtener capitales), Bolsa de valores (software donde se hace las operaciones alrededor de las acciones o bonos)

Código Civil, Ley General de Sociedades, Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas (TRAER ASAP)

  1. Conceptos preliminares: Dogma (proposición tenida por cierta e innegable), paradigma (teoría o conjunto de teorías cuyo núcleo central se acepta sin cuestionar y que suministra la base y modelo para resolver problemas y avanzar en el conocimiento)

26.08.19

Glosario:

  • Derecho Internacional Privado: Rama del Derecho que regula las relaciones entre entidades privadas internacionalmente. Busca resolver cuál es la ley aplicable y quién es el Juez competente.
  • Procedimientos Concursales (implican) la Junta de Acreedores (Junta que toma la administración en nombre de la Junta de Socios, Junta General de Accionistas, etc.) que deciden el destino de la empresa (viable, reestructuración, reprograma y prevé el pago de deudas; no viable, liquidación, venta de activos y pago de pasivos, que implica la desaparición de la persona jurídica)
  • Desapoderamiento en el procedimiento concursal: Es cuando la Junta General de Acreedores instalada, lleva a cabo la decisión sobre el destino de la empresa (lo mismo que escribí arriba). Para esto se debe:
  1. Presentación de solicitud por parte de la empresa deudora o sus acreedores.
  2. Sometimiento a procedimientos concursales.
  3. Aviso concursal en el boletín electrónico de INDECOPI.
  4. Reconocimiento de créditos
  5. Instalación de la Junta
  • Intereses presuntos: se presume que en todo préstamo hay intereses. Es presunción relativa, por cuanto la contabilidad del deudor puede probar que esto no es cierto
  • Presunciones: Absolutas (la ley asume algo y punto) y Relativas (la ley asume algo, pero puede ser probado en contrario)
  • Decreto de urgencia: Norma con rango de Ley, en materia económica o financiera, debe ser temporal y en casos de extrema urgencia, crisis, contexto determinado.

La Ley General del Sistema Concursal (actual) es del 2002.

Ejemplos de importancia de la interpretación, cuando el ladrillo cambia, pero el edificio no:

  1. La insolvencia transfronteriza (Artículo 2105 CC: No hay Juez, porque es INDECOPI; no solamente es liquidación, también hay reestructuración).
  2. Los intereses presuntos – impuesto a la renta, es un gravamen al sueldo y cualquier ganancia análoga; en el caso de empresas es del 26%.
  3. Tributación para personas naturales es en percibido, en personas jurídicas es en devengado. Cuando se hace más rico y cuando se adquiere el derecho a cobrar, respectivamente.

28.08.19

Glosario:

  • Norma excepcional no es norma especial, ya que la especial implica una relación genero – especie con la general. La norma excepcional se encuentra fuera del sistema, fuera de lo esperado.
  • Impuesto a transacciones financieras, grava cada operación bancaria que hacemos, es chico, pero sirve para darle información financiera a SUNAT.
  • Ratificación de acuerdo (solamente en las sociedades de la Ley General de Sociedades): Cuando se toma un determinado acuerdo, aunque este sea nulo, y en segunda sesión se vuelve a ratificar, subsanándose errores, para lo cual se considera que este 2do acuerdo tiene efectos retroactivos.
  1. normas para el análisis:
  • Prestamos- intereses presuntos, con la única prueba en contra siendo la contabilidad del deudor.
  • Las personas naturales tributan bajo el criterio de percibido, o sea, la obligación de tributar nace cuando eres más rico. Por otro lado, la persona jurídica tributa bajo el criterio del devengado, o sea, la obligación de tributar nace desde se tiene el derecho a cobrar tal o cual precio.
  • En cuanto a personas naturales, no hay impuesto a la renta en donaciones.

Aplicación de las normas sobre personas jurídicas:

Esquema: Código Civil como la norma general (solamente 4 artículos), y la Ley General de Sociedades (con S.A: S.A.C y S.A.A), Ley de la E.I.R.L, el Código Civil (las 3 personas jurídicas sin fines de lucro) y la Ley General de Cooperativas como las normas especiales.

Analogía: Si yo tengo una norma que regula algo respecto a una situación, y existe otra situación que tiene una semejanza relevante con la primera, la norma para el primero deberá ser igual para el segundo.

La analogía no es aplicable a normas que establecen excepciones o restringen derechos. O sea, la analogía no puede ser aplicada cuando 1) una norma establezca algo fuera de lo esperado, del sistema jurídico; o 2) restrinja derechos que se consideran dados por una ley previa.

Norma especial guarda una relación genero – especie con la norma de general, mientras que la excepcional no guarda ninguna relación con la norma general.

Ejemplo de norma excepcional es el régimen concursal que se hizo para la reestructuración obligatoria de los clubes de futbol.

04.09.2019

Glosario:

  • Norma imperativa vs Norma supletoria: Norma de obligatorio cumplimiento vs Norma que sirve para suplir voluntad distinta entre las partes.
  • Exposición de motivos: Explicación que da el autor de la norma acerca del porqué se está dando la norma.
  • Política legislativa: Aquellas cosas en las cuales el legislador puede decidir por donde guiar la ley.
  • Capacidad de goce vs Capacidad de ejercicio: Goce es la capacidad de poder ser centro de imputación de derechos y deberes, mientras que Ejercicio es la capacidad de poder ejercer los derechos que se le imputaron a uno por sí mismo.
  • Contratos asociativos: Consorcio y asociación en participación. Consorcio es cuando dos personas se asocian mediante un contrato, asumiendo todos roles activos, y se dividen los frutos; no hay responsabilidad limitada. Asociación en participación es cuando alguien que tiene un determinado negocio (asociante) y hay otro(s) interesado(s) (asociado) en dar algo a dicho negocio a cambio de una participación en este.
  • Contrato de riesgo compartido: Cuando se comparte el riesgo en un negocio.

La LGS es una norma excepcional si lo comparamos con el sistema jurídico peruano.

Aplicación supletoria: Es aquella que se aplica para reemplazar/suplir/parchar algún vacío de la ley. Es por referencia (genérica -lo que sea aplicable a- o reenvío a la norma determinada -conforme a lo dicho por el artículo tal-) o en la relación norma general – norma especial.

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