Personalidad política del estado
LuisPráctica o problema22 de Febrero de 2012
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PERSONALIDAD POLÍTICA DEL ESTADO
"El Estado, en ejercicio de su poder, crea el ordenamiento jurídico coactivo, que otorga al ser político estatal el carácter de persona jurídica" .
CLASES DE ESTADO
Los más importantes son:
a. Estado absoluto (el poder absoluto se encuentra en el ejercicio del poder público de un rey o monarca).
b. Estado gendarme (su función es mantener el orden público, mediante la vigilancia y la protección de la libertad de los individuos dentro de la ley).
c. Estado de Derecho o constitucional (existen tres poderes interdependientes y coordinados, funcionando con base en una constitución).
REGÍMENES DE GOBIERNO
Existen dos regímenes de gobierno:
a. El Parlamentarismo.
b. El Presidencialismo.
El Parlamentarismo o Sistema Parlamentarista, tiene las características siguientes:
a. División de las funciones generales de gobierno (por un lado el Rey o Monarca, quien ejerce la función política, y por otro lado, un Primer Ministro o Presidente del Consejo de Ministros, quien se encarga de la Administración Pública).
b. Los Ministros de Estado son órganos con competencia administrativa.
c. Se da la figura de la interpelación.
d. La Administración Pública se encuentra a cargo o bajo el control del parlamento.
El Presidencialismo o Sistema Presidencialista, tiene como características:
a. El Presidente de la República ejerce la función política y la función administrativa.
b. Los Secretarios de Estado no son órganos ejecutivos, sino que funcionan como asesoría del Presidente.
c. Los Secretarios son nombrados por el Presidente.
d. No se la figura de la interpelación.
e. La responsabilidad de los Secretarios es ante el Presidente.
En el caso de Guatemala, es sistema de gobierno es mixto, por tener características del Sistema Parlamentario y del Sistema Presidencialista, por lo que nuestro sistema es Semiparlamentario y Semipresidencialista.
Se recomienda ver del artículo 152 al 156 de la Constitución Política de la República, en lo que respecta al ejercicio del poder público.
LA ACTUACIÓN DEL ESTADO
El Estado actúa a través de los órganos administrativos.
"El Organo de una persona de derecho público es la institución que desempeña una o varias personas físicas que gozan de competencia para ejercer una o varias funciones públicas."
ELEMENTOS DEL ÓRGANO ADMINISTRATIVO
Son elementos del órgano administrativo :
a. El conjunto de competencias.
b. La persona física que titulariza su ejercicio.
Según Calderón Morales, son elementos del órgano administrativo :
a. Los Administradores o Funcionarios Públicos.
b. La competencia (facultades legales de los administradores o funcionarios).
c. La actividad material (su fin es alcanzar el bienestar general o bien común).
CARACTERÍSTICAS DEL ÓRGANO ADMINISTRATIVO
Son características del órgano administrativo:
a. Es una institución de Derecho Público.
b. Es una institución de interés social.
c. Es el instrumento del Estado para manifestar su voluntad.
d. Necesitan la voluntad de la persona física o funcionario público para poder actuar.
CLASES DE ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS
Los órganos administrativos se clasifican de la forma siguiente :
a. Por su origen normativo:
• Órganos constitucionales (emanan de la Constitución).
• Órganos infraconstitucionales o no constitucionales (derivan de leyes inferiores).
b. Por su composición:
• Órganos individuales (unipersonales).
• Órganos colegiados (su titular es un colegio).
c. Por su permanencia:
• Órganos ordinarios.
• Órganos extraordinarios (excepcionales o transitorios).
d. Por su jerarquía jurídico-política:
• Órganos superiores (primarios).
• Órganos inferiores (secundarios).
e. Por su modo de actuación:
• Órganos simples (no se integra con otros órganos).
• Órganos complejos (se integra con otros órganos).
f. De acuerdo con la distribución territorial de competencia:
• Órganos centrales (su competencia se desarrolla en todo el Estado, Departamento o Municipio).
• Órganos locales (su competencia se desarrolla en determinado territorio).
g. De acuerdo con la distribución funcional de competencia:
• Órganos generales (tienen competencia sobre toda materia).
• Órganos especiales (tienen competencia sobre una materia especial).
h. Según la actividad administrativa que desarrollan:
• Órganos activos (forman la voluntad orgánica del Estado).
• Órganos consultivos (emiten una manifestación de juicio a través de dictámenes o informes).
• Órganos de control (fiscalizan la actividad estatal, sus actos y personas).
FORMAS O TECNICAS DE ORGANIZACION
DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA:
Los sistemas de organización de la Administración Pública, son las formas o el modo de ordenar o de estructurar las partes que integran eI Organismo Ejecutivo y las entidades públicas de la Administración Estatal, con la finalidad de lograr la unidad de La acción, dirección y ejecución, evitar la duplicidad de los esfuerzos y alcanzar económicamente, los fines y cumplir las obligaciones del- Estado, señalados en la Constitución política.
Dentro de los sistemas tenemos:
- La Centralización o Concentración Administrativa.
- La Desconcentración Administrativa.
- La Descentralización Administrativa.
- La Autonomía y la Autarquía administrativas.
ORGANIZAR: Significa ordenar y acomodar sistemáticamente.
ORGANIZACION DE LA FUNCION ADMINISTRATIVA: Comprende:
1. Potestades o poderes (de las que están dotadas las instituciones administrativas.
2. Límite territorial o Técnico funcional. Para ejercer la competencia administrativa.
3. La Jerarquía. Son órganos centralizados. La centralización, La Autonomía, según los entes públicos.
SISTEMAS DE ORGANIZACION DE LA ADMINISTRACION PUBLICA: Son formas de estructurar las partes que integran el organismo ejecutivo, y de las entidades públicas de la administración estatal, con la finalidad de lograr la unidad de la acción, dirección y ejecución.
CENTRALIZACION O CONCENTRACION:
Consiste en ordenar a los órganos de la administración estatal, bajo un orden jerárquico rígido; ya que la decisión y dirección le corresponde al órgano central de gobierno.
NOTA: En Guatemala, la administración pública es eminentemente centralizada.
CARACTERISTICAS DE LA CENTRALIZACION:
1. Superior Jerárquico. Porque es eI más alto grado dentro de la escala.
2. Relación de subordinación. Los órganos administrativos pertenecen a la jerarquía administrativa.
3. Se manifiestan los poderes (de mando, disciplinario, de avocación).
4. Poder de decisión. (Carácter político).
ELEMENTOS DE LA CENTRALIZACION:
1. Unidad de mando. (Presidente).
2. Jerarquía. (Elemento principal).
3. Control. (Lo ejerce el superior).
4. Potestad de revisión. (De los subordinados).
5. Facultad de decidir la competencia.
APLICACION DEL PRINCIPIO DE JERARQUIA: Donde los órganos administrativos van a depender del órgano central (presidente).
VENTAJAS DE LA CENTRALIZACION:
1. Asegura el control político. (dentro de todo el territorio)
2. Las actuaciones de los subordinados es controlada por el centro político.
3. Los procedimientos administrativos son uniformes. (Los particulares saben a donde dirigirse).
4. Los servicios públicos se prestan en forma económica.
5. El control y fiscalización.
6. Las políticas administrativas son uniformes. (Dependen del superior jerárquico),
DESVENTAJAS DE LA CENTRALIZACION:
1. Centralismo burocrático.
2. La administración se torna ineficiente. (territorios alejados de la capital) .
3. Las peticiones planteadas por los particulares.
4. En los países con territorios extensos.
PROCEDIMIENTOS PARA ESTABLECER LA CENTRALIZACION:
1. El poder de decisión y coacción en un órgano, se obliga a los demás a obedecerlo.
1. Al órgano supremo se le otorga la facultad absoluta de nombrar y destituir.
2. Se concentra en el órgano supremo.
DEFINICION DE CENTRALIZACION: es el sistema o forma de organización administrativa, que basa en la jerarquía en la que se encuentra concentrado todo el poder de mando y decisión en el órgano jerárquico de la administración. (Presidente - Ejecutivo).
DESCONCENTRACION ADMINISTRATIVA:
Nace como contraposición a la centralización
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