Plan de Convergencia de las Normas Internacionales de Contabilidad para Pequeña y Mediana Entidad (PYME) y Experiencias
Karen AriasInforme16 de Noviembre de 2016
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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y ADMINISTRATIVAS
“Estado Actual del Plan de Convergencia de las Normas Internacionales de Contabilidad para Pequeña y Mediana Entidad (PYME) y Experiencias Profesionales en la Implementación”
Integrantes
Karen Díaz Arias
Ricardo Ponce Rozas
Profesora
Marlene Piña Galdámez
Cátedra
Normativa Contable II
Valparaíso, Noviembre de 2015
TABLA DE CONTENIDO
RESUMEN
1.- ESTADO ACTUAL DEL PLAN DE CONVERGENCIA DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD PÀRA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (PYME) EN CHILE.
1.1 – ¿Qué son las NIIF para PYMES?
1.2 – Cronograma de la Implementación
1.3 – Boletín Técnico Nº1 y Nº2 para Pequeña y Mediana Empresa
1.4 – ¿Qué se entiende por PYME?
1.5 – Ventajas de las NIIF PYME
1.6 – Diferencias Generales entre las NIIF Completas y NIIF PYME
1.7 – Marco Conceptual
2.- EXPERIENCIAS PROFESIONALES EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS NIC SP EN LOS SERVICIOS PÚBLICOS.
CONCLUSIÓN
BIBLIOGRAFÍA
RESUMEN
El Colegio de Contadores de Chile A.G. desde el año 2005 ha estado enfocado en el desarrollo de un proceso integral para converger de los PCGA a las NIIF emitidas por el International Accounting Standards Board (IASB), para lo cual a contar del año 2010 emitió los BT nº 1 y en el 2013 el BT nº 2 con el objeto de adoptar en forma integral, explícita y sin reservas la correspondiente NIIF para PYMES.
La aplicación de la NIIF para PYMES en Chile tienen carácter obligatorio a contar del año 2013, dentro de las secciones 1 y 2 se pueden visualizar los principios y conceptos generales que esta normativa describe para el registro de transacciones y hechos económicos con el fin de preparar y elaborar los EEFF sin representaciones incorrectas significativas.
1.- ESTADO ACTUAL DEL PLAN DE CONVERGENCIA DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD PARA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (PYME) EN CHILE.
1.1 – ¿Qué son las NIIF para PYMES?
Las NIIF para las PYMES “son normas que establecen los requerimientos de reconocimiento, medición, presentación e información a revelar que se refieren a las transacciones y otros sucesos y condiciones que son importantes en los estados financieros con propósito de información general” (www.nicniif.org), además estas entidades no deben tener la obligación pública de rendir cuentas.
En muchos países, a las entidades que no tienen obligación pública de rendir cuentas se las denomina de distinta forma, entre ellas, entidades no cotizadas y entidades sin obligación pública de rendir cuentas.
1.2 – Cronograma de la Implementación
Tabla 1 – Cronograma de Implementación NIIF para Pymes
AÑO | SUCESO |
2001 - 2004 | IASB inició proyecto para desarrollar estándares de contabilidad para las PYMES. Estableció grupos de trabajos, examinó problemas particulares de economías emergentes. Desarrolló puntos de vista preliminares y tentativas sobre enfoques básicos. Decidió publicar borrador para discusión pública. |
2005 - 2008 | Se publica cuestionario para identificar las posibles simplificaciones y omisiones. Las respuestas fueron discutidas con los emisores de estándares de todo el mundo y mesas redondas públicas. Se discute y delibera el borrador y se publica el borrador completo. Se propone simplificaciones a la IFRS FULL y se realiza una propuesta de orientación para la implementación. Se deliberan nuevamente propuestas contenidas en borradores en base a los hallazgos. |
2009 | Se emite las IFRS para PYMES |
2010 | Publicación BT PYME nº1 |
2013 | Publicación BT PYME nº2 |
Fuente – Deloitte, 2013
1.3 – Boletín Técnico Nº1 y Nº2 para Pequeña y Mediana Empresa
El Colegio de Contadores de Chile A.G. con el objeto de poder unificar la contabilidad a nivel nacional y dado que en Chile ya se encuentran adoptadas las FULL IFRS desde el año 2009, estableció a partir del año 2010 emitir el primer Boletín Técnico (BT nº1) para las pequeñas y medianas entidades (PYME) en el cual reconoce “(…) la necesidad de incorporar formalmente la NIFCH para EPYM al marco normativo del Colegio de Contadores de Chile A.G., considerando las características y limitaciones propias de las entidades locales” (Colegio de Contadores de Chile A.G., 2010) Además se define el concepto de pequeña y mediana entidad según lo establecido en la Sección 1 – Pequeñas y Medianas Entidades agregando los requisitos que se deben cumplir para ser considerada como tal.
El Boletín Técnico (BT nº2) para las pequeñas y medianas entidades (PYME), emitido el 19 de Diciembre de 2013, no presenta grandes diferencias en comparación al Boletín Técnico nº1 (BT nº1 EPYM), sólo distingüendo en este la especificación por parte del Colegio de Contadores de Chile A.G. de establecer como premisa fundamental “(…) el objetivo de adoptar integral, explicita y sin reservas las NIIF para EPYM, sin introducir ningún tipo de adaptaciones ni excepciones técnicas locales” (Colegio de Contadores de Chile A.G., 2013).
1.4 – ¿Qué se entiende por PYME?
Con el objeto de poder entender mejor a quienes va dirigida esta normativa se entregarán los conceptos y definiciones que se entregan por distintas entidades Chilenas de lo que es o se clasifica una pequeña y mediana entidad (PYME).
El Servicio de Impuestos Internos de Chile, clasifica a las PYMES de acuerdo a los ingresos percibidos por una entidad valorizados en unidad monetaria de UF.
Tabla 2 – Clasificación PYME según SII
CLASIFICACIÓN | DESCRIPCIÓN |
Micro | Empresas cuyos ingresos anuales no superen las 2.400 UF. |
Pequeña | Empresas cuyos ingresos anuales sean entre 2.400 UF y 25.000 UF. |
Mediana | Empresas cuyos ingresos anuales sean entre 25.000 UF y 100.000 UF. |
Fuente – Servicio de Impuestos Internos
Para el Código del Trabajo, la definición de PYME está netamente relacionada con la cantidad de trabajadores contratados por una entidad.
Tabla 3 - Clasificación PYME según CT
CLASIFICACIÓN | DESCRIPCIÓN |
Micro | Empresas que cuentan con uno a nueve trabajadores. |
Pequeña | Empresas que cuentan con 10 a 49 trabajadores. |
Mediana | Empresas que cuentan con 50 a 199 trabajadores. |
Fuente – Código del Trabajo
Conocidas las definiciones de las distintas instituciones gubernamentales que clasifican a una pyme, se definirá para finalizar este contraste con la clasificación que entrega la normativa internacional para pymes en la Sección 1 de NIIF para PYMES y en la cual versa lo siguiente:
“Las pequeñas y medianas entidades son entidades que
(a) no tienen obligación pública de rendir cuentas, y
(b) publican estados financieros con propósito de información general para usuarios externos. Son ejemplos de usuarios externos los propietarios que no están implicados en la gestión del negocio, los acreedores actuales o potenciales y las agencias de calificación crediticia” (IASB, 2009).
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