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Politica Comparada Arend Lijphart


Enviado por   •  3 de Abril de 2017  •  Trabajos  •  2.781 Palabras (12 Páginas)  •  410 Visitas

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Comparación entre las democracias de Reino Unido, Bélgica y España

Según los modelos de Arend Lijphart

INTRODUCCIÓN

Podríamos definir la democracia como el sistema político para la elección y sustitución del gobierno a través de elecciones libres y justas. Se trata de una participación activa de las personas, como ciudadanos, en la vida política, así como en la protección de los derechos humanos de todos los ciudadanos. Una democracia es también un estado de derecho, en el que las leyes y procedimientos se aplican por igual a todos los ciudadanos, abarca las condiciones sociales, económicas y culturales que permiten la práctica libre e igualitaria de la autodeterminación política.

El concepto de democracia ha estado con nosotros desde las primeras ciudades estado que se establecieron en la antigua Grecia. La democracia ha tomado diferentes formas, tanto en la teoría como en la práctica, y Algunas variedades de la democracia proporcionan una mejor representación y mayor libertad para sus ciudadanos que otras. Sin embargo, si la democracia no está estructurada de manera que se prohíba al gobierno excluir a las personas del proceso legislativo, así como a cualquier rama del gobierno no alterar la separación de poderes a su favor, entonces, una rama del sistema puede acumular demasiado poder y destruir la democracia.

Y con motivo de lo anteriormente citado, en este trabajo me dispongo a realizar una comparación entre las democracias de Reino Unido, Bélgica y España, tomando como referencia a Lijphart y su clasificación según los tipos de democracia.

En primer lugar, es importante entender el concepto de la democracia en Reino Unido, Bélgica y España, centrándonos en los modelos definidos por Lijphart que tuvieron una gran influencia en la literatura sobre la democracia comparativa. En segundo lugar, es importante identificar la estructura de gobierno de estos países, así como las características institucionales con el fin de comprender mejor los dos tipos de democracia descritos por Lijphart. Y, en tercer lugar, habida cuenta de estas similitudes, diferencias y estructura institucional, tratare de evaluar las características de ambos modelos.

TIPOS DE DEMOCRACIA: DEMOCRACIA MAYORITARIA Y DEMOCRACIA CONSENSUAL

Arend Lijphart distingue entre dos tipos de democracia: la democracia mayoritaria o de Westminster y la democracia consensual, cuyas características, muy resumidas, son las siguientes:

Democracia mayoritaria:

- Concentración del poder ejecutivo en gabinetes de un solo partido: otorga excesivo poder al partido ganador y excluye a la minoría.

 - Predominio del gabinete: el gabinete domina claramente frente al resto del parlamento, pudiendo así dar a lugar a la “dictadura” electiva -de la mayoría.

 - Sistema bipartidista: el poder lo ostentan hegemónicamente los dos principales partidos y entre ellos se lo alternarán temporalmente.

 - Sistema de elecciones mayoritario: produce resultados desproporcionados y suele favorecer a los principales partidos - mayoritarios.

 - Pluralismo de grupos de interés: fomenta la competencia y el enfrentamiento conflictivo.

 - Gobierno unitario y descentralizado: los gobiernos locales pueden realizar funciones importantes, pero son criaturas “subordinadas” del gobierno central.

 - Concentración del poder legislativo en una legislatura unicameral: el poder legislativo debe concentrarse en una sola cámara.

 - Flexibilidad constitucional: la constitución puede ser modificada por el Parlamento mediante mayorías regulares.

 - Ausencia de revisión judicial: no existe ningún documento constitucional que posea el estatuto de “ley superior”.

 - Banco central controlado por el ejecutivo: para evitar que el banco, bajo falsa independencia, esté en manos del Gabinete.

Democracia consensual:

 - División del poder ejecutivo en los gabinetes de amplia coalición: permite a todos los partidos importantes compartir el poder ejecutivo en coalición.

 - Equilibrio de poder entre el ejecutivo y el legislativo: separación formal de poderes para que tanto ejecutivo como legislativo tengan mayor independencia.

 - Sistema multipartidista: favorece al conjunto de todos los partidos políticos, en detrimento del bipartidismo.

 - Representación proporcional: divide los escaños parlamentarios entre los partidos en proporción a los votos conseguidos.

 - Corporativismo de los grupos de interés: puede dar lugar a que los sindicatos pierdan capacidad de influir, en beneficio de las empresas.

 - Gobierno federal y descentralizado: principalmente por motivos de diversidad cultural, de idiomas, etc. entre distintas regiones del país.

 - Bicameralismo fuerte: principalmente para otorgar una representación especial a las minorías.

 - Rigidez constitucional: las enmiendas a la constitución necesitan la aprobación en un referéndum de mayoría de la población y de los políticos intermediarios.

 - Revisión judicial: el tribunal supremo se guarda el derecho a la revisión judicial en caso de que sea necesario.

 - Independencia del banco central: para potenciar la autonomía e independencia del banco central.

La principal diferencia pues, entre la democracia mayoritaria y la democracia consensual recaería en el sesgo constitucional del sistema de gobierno. Un sistema mayoritario seria entonces aquel que da prioridad a la toma de decisiones y la acción rápida por una mayoría democráticamente elegida en el gobierno. Mientras que una democracia consensual está dirigida constitucionalmente al funcionamiento de numerosos controles y equilibrios, haciendo necesaria la espera en la toma de decisiones, un debate prolongado, la deliberación, la negociación, y el compromiso antes de que el gobierno puede resolver cuestiones de la política pública.

Entre los dos tipos de democracia, se puede considerar el modelo mayoritario como el más aplicable y más cerca en la intención teórica a la pura definición de democracia, pero el modelo consensual es más aplicable en el mundo real.

MODELO MAYORITARIO O WESTMINSTER EN REINO UNIDO

La democracia mayoritaria hace referencia a la democracia basada en regla de la mayoría de los ciudadanos de una sociedad. La democracia mayoritaria es la forma convencional de la democracia, y es utilizada como sistema político en muchos países. Esta democracia aboga por a concentración del poder ejecutivo en una de las partes: El gabinete de gobierno se compone de una mayoría de un partido y excluye a los demás partidos minoritarios, bajo el sistema británico, los ganadores de las elecciones están se encuentran en una posición fuerte para poner en práctica sus medidas preferentes.

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