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Preguntas de Teoria del proceso


Enviado por   •  25 de Septiembre de 2019  •  Prácticas o problemas  •  1.210 Palabras (5 Páginas)  •  119 Visitas

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Derecho Constitucional

La palabra “Constitución” tiene un evidente contenido político, está vinculado al fenómeno del poder y a su ejercicio; en este caso al poder político regido por el Derecho Constitucional.

Actualmente, las sociedades no se gobiernan por la aplicación de la fuerza, sino más bien se sujetan a una norma fundamental (La Constitución), que contiene los principios relativos a la existencia y dinámica del poder político.

Esos principios del poder político comprenden:

  • La soberanía
  • Las formas de Estado.
  • Las formas de Gobierno.
  • La separación de poderes.
  • Los derechos del gobernado.
  • La justicia social.
  • El régimen económico.
  • El Estado de Derecho

La palabra "Constitución”, procede del vocablo latino

“CONSTITUERE”, que significa:

, “FUNDACIÓN”. , “ESTABLECIMIENTO DE ALGO". , “ORIGEN”. , “ASENTAMIENTO”. , “FUNDAMENTO”.

Hay dos principios fundamentales que informan, justifican y fundamentan la existencia de todo orden constitucional; el de la libertad que gozan los gobernados y el de autoridad del que están investidos los gobernantes, entendida esta autoridad como poder.

Poder: 

Es un concepto amplio, decimos que poder es la aptitud o capacidad de influir o determinar la conducta de otros. Toda sociedad, en mayor o menor grado necesita y además presupone la existencia y el ejercicio del poder.

En las relaciones políticas dentro de una sociedad establecida, existen dos actores:

1) quienes ejercen el poder son los gobernantes, es decir el gobierno;

2) sobre quienes recae ese poder político es la población, el pueblo o la comunidad, es decir los gobernados.

Libertad:

 Se define como el estado existencial del hombre en el cual éste es dueño de sus actos y pude auto determinarse conscientemente sin sujeción a ninguna fuerza o coacción psicofísica. Sin embargo, una cuota de libertad es lo que principalmente el hombre ha tenido que ceder, para vivir en compañía de otros hombres, es decir para vivir en sociedad. Todas esas fracciones de libertad individual, entregadas por cada uno de los miembros al ingresar a la sociedad, se agrupan y se convierten en poder, el que es ejercido por quienes conducen al grupo, debido a que ellos son los depositarios del poder.

Aparte de los conceptos de poder y libertad, debemos de tener en cuenta otros dos conceptos fundamentales para entender la naturaleza del Derecho Constitucional.

a) El Derecho Público.

b) El Derecho Político.

Derecho Público:

Es aquel que rige las relaciones de los Estados entre sí y la de éstos (es decir los Estados) con los individuos cuando el estado actúa como poder público (Ius Imperium). Se contrapone al Derecho Privado que es aquel que rige las relaciones de los individuos entre sí y la éstos con el Estado, cuando este actúa como persona privada.

Derecho Político:

Es la rama de la ciencia del Derecho que estudia el origen, funcionamiento y fines del Estado. A partir del constitucionalismo escrito, el Estudio del Estado se convierte en el estudio del Derecho Constitucional.

EI jurista Sánchez Viamonte, indica: “Derecho Político es el Derecho Constitucional anterior a las constituciones escritas; y Derecho Constitucional es el Derecho Político ulterior a ellas.”

DERECHO CONSTITUCIONAL (Concepto)

Asumir el derecho Constitucional en su faceta objetiva, como cuerpo normativo, es estudiar lo regulado sin análisis ni reflexión.

Asumir al Derecho Constitucional como ciencia permite analizar su objeto, determinar principios, valores y características, desarrollar sus conceptos particulares, etc.

Concepto: (Dr. Luis Felipe Sáenz Mérida)

Es la ciencia jurídica que tiene por objeto el estudio de los límites al ejercicio del poder delegado; la inclusión de valores éticos y políticos en la organización y en el funcionamiento del Estado, que orienta el ejercicio de la función pública, para el logro de los fines de fundación del Estado; y la instrumentalización de límites y valores en la Constitución, que dotada de superioridad, reconoce los derechos fundamentales, dotándolos de medios eficaces de protección y reparación.

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