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Principios constitucionales en derecho penal


Enviado por   •  23 de Abril de 2017  •  Resumen  •  688 Palabras (3 Páginas)  •  208 Visitas

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Principios Constitucionales que operan en el sistema de derecho penal

La ley penal encuentra un límite, en el Derecho Constitucional, La Carta Magna, limita al poder coercitivo del Estado.

Los Principios constitucionales que operan en el ámbito del sistema penal son:

Legalidad – reserva – subsidiariedad - proporcionalidad – fragmentariedad – lesividad – exterioridad – culpabilidad – judicialidad - personalidad de la pena -resocialización.

Principio de Legalidad: debe existir ley previa, escrita y estricta.

Surgen diversas garantías:

  • Criminal: el delito debe estar determinado.
  • Penal: la pena debe estar determinada.
  • Judicial: exige sentencia judicial según proceso establecido.
  • De ejecución: la ejecución de la pena debe sujetarse a ley que la regule

 Se encuentra como garantía penal en la Constitución Nacional, la que en su artículo 18º reza: "Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso…". Se hace explícito también en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículo 11º inciso 2); en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículos 15º inciso 1); en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 9º) y en la Convención sobre los Derechos del Niño (artículo 40º inciso Dichos tratados internacionales poseen jerarquía constitucional (artículo 75º inciso 22 de la Constitución Nacional)

La norma jurídica reguladora del hecho delictivo y su sanción debe cumplimentar determinados requisitos:

Exigencia de ley previa que consagra el principio de irretroactividad de la ley penal más severa, ya que es preciso que el sujeto pueda conocer en el momento en el momento en que actúa si va a incurrir en un delito y, en su caso, cual es su pena. En beneficio del imputado rige el principio de retroactividad y ultra actividad de la ley penal más benigna (artículo 9º de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; artículo 15º inciso 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el artículo 2º del Código Penal).

ARTÍCULO 2º.- Si la ley vigente al tiempo de cometerse el delito fuere distinta de la que exista al pronunciarse el fallo o en el tiempo intermedio, se aplicará siempre la más benigna. Si durante la condena se dictare una ley más benigna, la pena se limitará a la establecida por esa ley. Consagrado también en los Art 14, 16 de la Constitución Nacional. En el ámbito del Derecho Tributario:

El principio de legalidad se constituye como pieza fundamental del Derecho administrativo sancionados reservando a la ley la tipificación de las infracciones y sanciones que correspondan todas las actuaciones de los poderes públicos deben estar legitimadas y previstas por la ley, de modo que la Administración sólo puede actuar allí donde la ley le concede potestades. Es decir, el principio de legalidad implica que la ley es el único mecanismo de atribución de potestades a la Administración.

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