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Principios penales


Enviado por   •  5 de Agosto de 2015  •  Informes  •  569 Palabras (3 Páginas)  •  141 Visitas

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Algunos de los principios fundamentales que inspiran las propuestas  de la confirmación de un futuro derecho penal europeo  unificado.

  1. Principio de sectorialidad  y ausencia  de imparcialidad: Una de las fuentes de legitimación de  la legislación penal radica en que  se plasman  dos pretensiones sociales: la  pretensión de protección y de libertad; la democracia representativa  constituye un instrumento. Los ciudadanos tienen interés en la consecución de un máximo de garantías. Las propuestas de  un derecho penal europeo, de que el Consejo dicte normas que además se centrarían en la protección de los intereses financieros de las comunidades.

  1. Principio de sectorialiedad y transversalidad (primicia de lo económico): Las propuestas que se contemplan no son de un  derecho penal europeo,  sino de un Derecho penal de la criminalidad económica organizada en Europa, y comprende  el  Derecho administrativo sancionador, el Derecho penal criminal  con una Parte General  y disposiciones procesales  concebidas.
  1. Principio de protección eficiente (o principio  de funcionalidad): La premisa, las libertades de circulación de personas, capitales y mercancías han abierto espacios y posibilidades de desarrollo desconocidos para la delincuencia internacional. Las normas que se proponen y las fundamentaciones no proceden  de la tradición común  europea.
  1. Principios el <>  de las garantías o principio de la mixtificación  de los principios): Al ser la pretensión  fundamental  la punitivista es la de evitación  de hipotéticas  lagunas,  evitarse en las materias debatidas tienda a imponerse la  solución  más sencilla y la más laxa.
  1. Principio de subordinación  de la ciencia: Las propuestas  reflejan un modelo en el que los agentes políticos dirigen  a la ciencia del derecho penal  demandas fundamentalmente prácticas, el sentido de un  abordaje más eficaz  de la criminalidad. Orientado a la conformación de una Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea (constitución).

Los principios que se proponen como alternativa son:

  1. Principio de tendencial. Generalización: Debe abandonarse la fijación en el Derecho penal de los intereses financieros de la Unión para abarcar cuestiones más generales que disipen la sospecha de una regulación por la victima.

  1. Principio de soberanía. Matizaciones: El Derecho penal se halla todavía vinculado a la idea de soberanía, que unos entienden como soberanía nacional. soberanía puede entenderse parte de la necesaria vinculación de la ley penal a los presupuestos formales de la democracia deliberativa, significa ante todo ciudadanía. La existencia de la soberanía, constituye un presupuesto de la conformación de un Derecho penal supranacional.
  1. Principio de ciudadanía europea y de garantía individual: Se trata de que el proceso unificador del derecho penal Europeo, provenga de la conciencia de pertenencia a una (comunidad de principios), a cual habrían de pertenecer los de fragmentariedad y subsidiariedad. Puede concebirse en el marco de una Constitución europea y de una carta europea de derechos fundamentales.

d) Principio de primacía de la ciencia, o hacia otra europeización del Derecho penal.

Si ha de haber una autentica lex europea, habrá de construirse sobre la base doctrinal de una investigación comparada. La ciencia del Derecho penal debe,  proseguir un esfuerzo, La referida “gramática internacional” del Derecho penal tiene aspectos sintácticos, pero solo en ámbitos territoriales, como el europeo, en los que se dan reglas análogas acerca de la atribución de sentido pueden conducir también los concretos aspectos semánticos.

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