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Probatorio


Enviado por   •  4 de Septiembre de 2014  •  380 Palabras (2 Páginas)  •  148 Visitas

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Finalidad de las normas probatorias (reglas procesales) frente al reconocimiento de los derechos sustanciales

Corte constitucional sentencia su-132 de 2002 la cual cita 2 providencias de la misma corte c-407- 97 y la c- 023 del 98.

TALLER

1. Problema jurídico planteado.

R/ el Primer problema jurídico planteado esta realacionado con la violación del principio de primacía del derecho sustancial sobre las formas, ya que las pruebas aportadas en el proceso no gozaban del requisito de autenticidad.

El segundo problema esta relacionado con el principio de autonomía de los jueces, que en este tipo de acciones está limitado ya que escaparía de la orbita del juez de tutela, ya que su análisis solo esta centrado en que se halla incurrido en la transgresión y violación de un derecho fundamental o del ordenamiento superior.

2. Fundamentos de la solicitud de inconstitucionalidad.

r/ La negativa del Consejo de Estado –Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta de acceder a las pretensiones de la demanda de nulidad incoada por el actor, en contra de los artículos 6o. y 8o. de la Resolución No. 218 del 15 de abril de 1998 “por la cual se declara la elección de Senadores de la República para el período 1998-2002 y se ordena expedir las respectivas credenciales”, es objeto de cuestionamientos por parte del actor, por considerar que la actuación procesal en virtud de la cual se adoptó esa decisión, desconoce el ordenamiento jurídico y vulnera sus derechos fundamentales al debido proceso y a elegir y ser elegido, en lo que configura una vía de hecho judicial, controlable dentro de la jurisdicción constitucional, a través de la acción de tutela.

En criterio del actor, la razón de la existencia de esa vía de hecho radica en la falta de valoración de los medios de prueba aportados por él al proceso ante el Consejo de Estado (formularios E-26), y de los allegados en forma incompleta a esa misma instancia (formularios E-14). La actuación adelantada por los jueces de tutela se ha concretado en el análisis y en la demostración de la veracidad de esa denuncia, de manera que, la presente revisión deberá producirse alrededor del cumplimiento por estos jueces de la doctrina constitucional sobre las vías de hecho judiciales, en materia de valoración de los medios probatorios por el juez de la causa.

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