Procedimiento Contribuciones Federales
bufetejuridicorm14 de Julio de 2015
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Procedimiento Contribuciones federales
La base jurídica de esta se encuentra previsto en el Código Fiscal Federal en su articulo segundo párrafo II el cual dice: “las contribuciones se clasifican en impuestos, aportaciones, contribuciones de mejoras y derechos, las que se definen de la siguiente manera:
I…
II.-“ aportación de seguridad social son las contribuciones establecidas en ley a cargo de personas que son sustituidos por el estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas por la ley en materia de seguridad en materia de seguridad social a las personas que se beneficien en forma especial por servicios de seguridad social proporcionadas por el mismo estado.”
En relación al articulo y fracción 2 de la Ley del Seguro social en donde de establece que la seguridad social tiene como objeto el bienestar social en lo tocante a la salud en lo individual o colectivo y que otorgara en su momento la pensión si reúne los requisitos que establece la ley.
“mediante la aportación del estado, el patrimonio y el trabajador hacen una aportación la cual se va a la ley de Ingresos (contribución federal)”.
Impuestos directos (los que los comerciantes dan a la secretaria de hacienda y crédito publico)
Los regimenes de seguro que comprende el IMSS se encuentra previsto en su artículo II de la ley, régimen obligatorio que comprende:
*riesgo de trabajo
I.- enfermedades y maternidad
II.- invalides y vida
III.- retiro
IV.- sensatia en edad avanzada y vejez
V.- guarderías y prestaciones sociales
Todos estos instrumentos señalados se consideran fines sociales en el cual se relacionan directamente con al Ley Fiscal Federal ordenamiento legal que determina las condiciones en que se aplican dichos beneficios.
Características relevantes de las cuotas del seguro en particular de riesgo profesional
El objeto es entender como se integra la carga promedio, con forme al articulo 5-a fracción 18 “el salario base de cotización se integran con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria y las gratificaciones, percepciones, habitación, primas, prestaciones por especie o cualquier otra cantidad por los servicios”.
El artículo 41 de la misma ley establece los riesgos de trabajo y señala que son los accidentes y enfermedades a los que están exentos cualquier trabajador.
Toda lección orgánica o perturbación inmediata o posterior, la muerte, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo ya sea en el lugar que lo preste o al dirigirse hacia el.
¿Como se determina el riesgo de trabajo?
Para cubrir las primas la institución deberá notificar a la secretaria de trabajo y previsión social de los riesgos de trabajo a efecto de llevar estadística, mismo que se clasifican en las normas establecidas en la Ley de Seguridad Social y la Ley Federal de Trabajo.
Las clasificaciones y descuentos para el Fondo de la Vivienda se encuentran contemplados en el artículo 123 apartado A fracción xii constitucional. El INVT “Instituto Nacional del a Vivienda para los Trabajadores” es su articulo 19 fracción III.- descuentos.
Las aportaciones “SAR” según el artículo 1 de dicha ley dispone que dicho ordenamiento es de interés público y orden social el cual tiene por objeto el ahorro del trabajador y en el cual opera las leyes del IMSS, INFONAVIT, ISSTE.
25/agosto/09
El artículo 3 en general señala una conceptualización que tiene determinadas características que individualizan para buscar una identificación acorde al tema trabajador-patrón-ahorro.
También podemos señalar las características que debe de cumplir el sistema del seguro de retiro
*proporcionar por sectores de sistema financiero y apoyado en la legislación de seguridad social.
*apoyo para el retiro complementario e independiente de los ya pensionados.
*de manera individual, teniendo conocimiento la institución de seguro social y autoridades de hacienda no se debe de duplicar la cuenta del trabajador.
*se establece dos supuestos un soporte para el retiro para el seguro y otra el infonavit (si el descuento de 20% el 5% es para la inversión)
*Los patrones deben cotizar el 2% base pero a voluntad del trabajador se podrá incrementar (si gano $100 me quitan 2% y podrá quitarme otro 2%)
*Los particulares tiene un tope de 25 veces el salario mínimo real mismo que se reducir 10 veces en el caso de vivienda.
*El órgano supremo es el comité técnico del sistema de ahorro para el retiro integrado por personas de hacienda, IMSS, SAR, Banco de México, Secretaria de Trabajo y Previsión Social.
Contribución de mejoras
Aportación para mejora de obra publica proporcionada por personas físicas o moral
Contribuciones del estado
Estas contribuciones tienen como finalidad ser completarías de los gravámenes federales y para estos se basa en primera instancia:
En principios de orden local en la república y bases de organización de los estados y del Distrito Federal en materia fiscal
Estos principios se encuentran establecidos en el articulo 31 fracción VI Constitucional, (equidad y proporcionalidades). El citado artículo refiere una situación del ciudadano además de contribuir para el gasto público de la federación, estado y municipios de manera proporcional y equitativa.
Por lo que es dable mencionar que el sujeto activo será el ciudadano, el cual se ubique en el esfera jurídica tributaria a que hizo referencia al ley de la materia fiscal en este sentido.
Señalamos el artículo 124 menciona un principio que da disponibilidad a otro sujeto a poner las contribuciones correspondiente (Principio de Legalidad).
Otros Principios Constitucionales que se Aplican
La educación es gratuita
Las autoridades de facultada para vistas domiciliaras para verificar disposiciones fiscales.
Los tribunales son gratuitos.
El valor fiscal en el catastro servirá para fijar el precio de la expropiación.
Existe impedimento para gravar el patrimonio familiar.
El salario mínimo queda exento de embargo
La integración de la Haciendo Municipal es administra por el municipio.
Queda prohibido imponer multas excesivas exención de impuestos y contribuciones en las cárceles.
31/agosto/09
Principio: argumento ya comprobado que va hacer la responsabilidad de algo.
Otras contribuciones estatales.
Los principios de orden local en al república y bases de órganos de los estados en el Distrito Federal en materia fiscal.
Ya señalamos que la base constitucional en el articulo 31 fracción IV constitucional, y el sujeto activo será la federación, los Estados, y Municipios los dos primeros tienen potestad tributaria y el 3º administra su hacienda.
Además de los principios constitucionales ya citados tenemos:
*Educación gratuita.
*Visitas domiciliarias para comprobar disposiciones fiscales.
*Los tribunales serán gratuitos.
*El valor Fiscal del Catastro fija el bien expropiado.
*El bien patrimonial ni se grava ni se expropia.
La hacienda de Estados y Municipios normalmente nos remitimos a las prohibiciones y limites de las legislaturas de los Estados y lo que establece el artículo 73 fracción 19-A, 115 fracción 4, 5, 6, 7, 9 y 131 constitucional
Mismos artículos en los cuales se expresan la llamada concordancia voluntaria entre los Estados y la Federación.
El Artículo 40 y 124 Constitucional establece la facultad de la entidad federativa en aquellas materias que no estén expresas para el ámbito Federal.
Las finanzas públicas de una entidad federativa tiene la siguiente estructura:
a.- Ingresos
1.1.- Contribuciones
1.2.- Impuestos.
1.3.- Derechos
1.4.- Contribuciones de Mejoras.
2.- Ingresos derivados de la Coordinación Fiscal.
3.- Otros Ingresos
3.1.- Productos.
3.2.- Aprovechamientos.
B.- El gasto Programable: elementos contemplados por la administración para su buen desarrollo.
C.- Gasto no Programable: Bienes que eroga el propio Estado que le afecta al desarrollo y tiene que erogar.
Concepto de Municipio: Institución jurídica, política y social que tienen como finalidad organizar a una comunidad en la gestión autónoma en sus interese de convivencia primaria y vecinal; regido por un ayuntamiento y es la base de la división territorial y de la organización política de un Estado.
Hacienda municipal.- activi8dad financiera y patrimoniales que requiere el municipio para hacer sus fines.
De lo anterior es dable señalar que independientemente de la base constitucional del municipio este refiere al ciudadano derechos y obligaciones.
Hacienda Publica del Distrito Federal.- La base constitucional es el articulo 122 constitucional la cual otorga poderes a una asamblea legislativa (inciso C base primera fracción V, en relación con el articulo 74 fracción IV).
El Código Fiscal del Distrito Federal regula la hacienda pública del Distrito Federal, prevé una serie de sistemas contables, procedimientos, administrativos y una serie de disposiciones de carácter general como ingresos, impuestos, derechos, los cuales hacen su hacienda.
01/septiembre/09
Estudio de
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