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Proceso Civil


Enviado por   •  5 de Octubre de 2012  •  13.506 Palabras (55 Páginas)  •  903 Visitas

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UNIDAD I.- PROCESO Y JUICIO

1.1 UNIDAD FUNDAMENTAL

Juicio: proviene del latín iudicium, que significaba en el derecho romano, la segunda etapa del proceso, que se desarrolla ante el iudex (juez).

Según la escuela Judicialista de Bolonia, "el juicio es un acto en el que intervienen cuando menos tres personas: el actor que pretende, el demandado que resiste y el juez que conoce – y decide".

Proceso: es la suma de actos por medio de los cuales se constituye, desarrolla y termina la relación jurídica.

Su finalidad es dar solución al litigio planteado por las partes, a través de la sentencia que debe dictar el juzgador.

El objeto del proceso es el litigio planteado por las dos partes, en consecuencia dicho objeto está constituido tanto por la reclamación formulada por la parte actora o acusadora, como por la defensa o excepción hecha valer por la parte demandada o inculpada; en ambos casos, con sus respectivos fundamentos de hecho y de derecho.

1.2 DIVERSOS CRITERIOS DE CLASIFICACION DEL PROCESO

 Criterios de Clasificación de los Procesos.

 primera clasificación: procesos civil, mercantil y de familia;

 segunda clasificación: procesos oral y escrito;

 tercera clasificación: procesos inquisitorial, dispositivo, y publicista;

 cuarta clasificación: procesos con unidad de vista y preclusivo;

 quinta clasificación: procesos singular y universal;

 sexta clasificación: procesos uniinstanciales y biinstanciales;

 séptima clasificación: procesos de conocimiento y de carácter ejecutivo.

1.2.1 CIVIL, FAMILIAR, ARRENDAMIENTO INMOBILIARIO

CIVIL.- Es el primer criterio clasificativo del proceso es un acierto haber establecido una referencia a las tres materiales mencionadas, civil, mercantil y familiar. En el presente, los jueces del fuero común tienen competencia para conocer de los asuntos mercantiles, sin embargo, existe una competencia concurrente y los jueces del fuero federal pueden conocer de los negocios mercantiles, indistintamente, a elección de la parte actora, por que la legislación mercantil es federal, lo que no sucede con la materia civil que es de competencia local (que corresponde a la legislación de cada entidad federativa).

Así, una demanda mercantil, a elección de la parte demandante, se puede promover ante un juez local o ante un juez federal.

1.2.2 ORAL Y ESCRITO

ORAL

La intervención de las partes, bajo el patrocinio de sus abogados respectivos, preferentemente es verbal. La oralidad no es absoluta pues, habrá escrito de demanda y escrito de contestación, así como documentos probatorios. También habrá consignación escrita de los datos fundamentales durante el desarrollo de las audiencias.

Tendrá cabida el principio de concentración, que consiste en que se compacte el desarrollo del proceso para que las pruebas y alegatos se desarrollen, de ser posible en una audiencia o en el menor número posible de diligencias.

PROCESO ESCRITO

Podremos señalar algunos ejemplos como:

 El juzgador se dirigen alas partes por escrito, el juzgado no conoce a las partes, únicamente conocerá el contenido de los recursos que le han dirigido y sobre ellos ha dictado los proveídos correspondientes.

 Los interrogatorios deben ser presentados por escrito, con pliegos de preguntas también por escrito; pliegos de posiciones por escrito y se levantan actas de audiencias en donde se asientan literalmente las respuestas dadas.

 El contacto directo es entre el secretario de acuerdos y las partes y no entre el juzgador y las partes, el juzgador resolverá conforme a las constancias escritas en el proceso, sin que haya hueco alguno para registrar su criterio personal, pues no conoce a las partes como lo aviamos señalado anteriormente, sólo conoce el expediente que se ha integrado.

 El juzgador conocerá del expediente hasta el momento en que se cite para sentencia o cuando sea necesario dictar una interlocutoria para fallar un incidente.

 El la apreciación o valoración de las pruebas se aplicarán las reglas legales que sobre el particular existan con vista a las constancias escritas que aparezca glosadas en autos.

1.2.3 DISPOSITIVO, INQUISITORIO Y MIXTO

DISPOSITIVO

El impulso para que el proceso avance correspondiente a las partes sus características son como los presentes ejemplos tales como;

 La parte actora decide si ejercita o no el derecho de acción

 Le corresponde al demandado decide si hace valer o no reconvención. No será obligatorio por el juzgador a poner reconvención.

 Las partes toman la decisión de aportar las pruebas que estimen pertinentes para demostrar los hechos que han aducido dentro del juicio. El juez se entiende a los elementos probatorios que las partes han aportado.

INQUISITORIO

La actuación del juzgador es predominantemente oficiosa. No espera la instancia de la parte. De propia iniciativa de comienzo al procedimiento y el impulso del proceso está sujeto a su actividad y no a la actuación de las partes.

 El juez examinara de oficio, la personalidad de las partes

 Es también de oficio que el juzgador ordene la forma de comportamiento de las partes.

MIXTO.

Los jueces y tribunales pueden hacer las siguientes funciones que por ejemplo son las:

 Aclaraciones a sus sentencias, de oficio o a instancia de parte dentro del día hábil siguiente al de publicación de la sentencia.

 La caducidad de la instancia por inactividad de las partes pueden ser declaradas de oficio o a petición de parte.

 El juez puede invocar los hechos notorios aunque no haya sido alegados por las partes.

1.2.4 CON UNIDAD DE VISTA Y PRECLUSIVO

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