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Programa derecho tributario venezolano


Enviado por   •  17 de Septiembre de 2018  •  Apuntes  •  5.244 Palabras (21 Páginas)  •  97 Visitas

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DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO. (GUIA- I CORTE)

-Derecho financiero: Es aquel que se encarga de regular y organizar todas las actividades que tienen que ver con las fianzas y el presupuesto de un Edo. Forma parte del D’ publico, se establece entre entidades públicas como los Edos, instituciones adm, legislativas etc. Es el responsable de otorgar a las entidades y personas gobernantes prerrogativas monetarias y financieras para llevar a cabo diferentes proyectos de gobierno, medidas y decisiones que requieren el uso del presupuesto disponible del país.

Autonomía: El derecho financiero no tiene autonomía, como lo tiene el derecho tributario y otras disciplinas jurídicas. Es parte del derecho público con cierta autonomía didáctica al derecho financiero, pero negamos que tenga autonomía científica, en cuanto ciencia jurídica y dentro del concepto entendido sobre autonomía en el campo jurídico, que no es otra cosa que una cierta independencia jurídica sin despegarse de la unidad del derecho, axioma que hasta la fecha no reside tesis en contrario.

-¿Derecho constitucional financiero?

Es el estudio de los principios jurídicos que rigen las fianzas y el presupuesto de un Edo en nuestra carta magna.

-Derecho Administrativo: es la rama del derecho que se encarga de la regulación de la administración pública. Se trata, por lo tanto, del ordenamiento jurídico respecto a su organización, sus servicios y sus relaciones con los ciudadanos.

-Derecho tributario: Es una rama del Derecho Público que estudia las normas jurídicas, a través de las cuales, el Estado ejerce su poder tributario con el propósito de obtener, de los particulares, ingresos que sirvan para sufragar el Gasto Público, en aras de la consecución del bien común.

- Exención: Es la dispensa total o parcial del pago de la obligación tributaria otorgada por la ley. (Art. 73 COT)

- Exoneración: Es la dispensa total o parcial del pago de la obligación tributaria, concedida por el Poder Ejecutivo, en los casos autorizados por la ley. (Art 73 y 75 COT)

-¿Derecho constitucional tributario?

Es el estudio de los principios jurídicos que rigen la tributación en nuestra carta magna.

Regulará el comportamiento de las normas de carácter fundamental que serán aplicadas en el ejercicio de la potestad tributaria, además de definir las limitaciones en cuanto al ámbito de aplicación entre el poder nacional, estadal y municipal. Es la base fundamental de la aplicación del derecho tributario.

- ¿La autonomía parcial del derecho tributario y su necesaria visión con el derecho financiero?

-La actividad financiera, definición. Características y funciones:

Son aquellas actividades que realiza el Estado con la finalidad de obtener los recursos necesarios para satisfacer los gastos públicos destinados a la satisfacción de las necesidades colectivas y en general a la realización de sus metas y objetivos.


La actividad Financiera del Estado, se integra por tres etapas que determinan las relaciones jurídicas en su ejercicio establecidas entre los diversos órganos del Estado o entre dichos órganos y los particulares, ya sean deudores o acreedores del Estado:

  • Obtención de ingresos. Pueden provenir de la realización de los actos regulados dentro del marco de Derecho Privado, como son los que obtiene el Estado cuando explota, arrienda, o vende sus propiedades y actividades realizadas dentro de la esfera del Derecho Público, como son los que percibe recurriendo al patrimonio de los particulares en forma coactiva.
  • La administración y fomento de los recursos obtenidos. Se derivan de su actuación en cualquiera de sus dos personalidades, como ente del Derecho Público o como sujeto de Derecho Privado.
  • Las erogaciones. Son necesarias para la realización de las múltiples y variadas atribuciones, actividades y finalidades, tanto propias como de la actividad que el Estado tiene a su cargo, todo ello con base en un presupuesto de egresos.

El derecho financiero tiene por objeto regular las tres etapas o momentos de la actividad financiera del estado: la recaudación u obtención de los recursos; la administración o asignación a los planes y programas y la erogación o gasto para satisfacer las necesidades públicas.

La actividad financiera tiene por finalidad hacer posible el cumplimiento de los objetivos del Estado.

-¿La actividad financiera en la constitución?

  • Definición del impuesto: El concepto hace referencia al tributo que se establece y se pide según sea la capacidad financiera de aquellos que no están exentos de abonarlo. (se habla siempre de impuesto en vez de tributo ya que, se confunde)
  • Entre los elementos de un impuesto, se encuentran:
  1.  El hecho imponible: situación que motiva la obligación tributaria de acuerdo a la  ley.
  2. El sujeto pasivo: la persona, ya sea natural o jurídica, que tiene la obligación de pagarlo.
  3. La base imponible: la cuantificación y la valoración del hecho imponible.
  4. El tipo de gravamen: la proporción que se debe aplicar en función a la base imponible para establecer el cálculo del gravamen
  5. La cuota tributaria: la cantidad correspondiente al gravamen
  6. La deuda tributaria: el resultado de reducir la cuota con deducciones o de incrementarse con recargo.

  • Clasificación económica del impuesto:
  • Impuestos reales: son aquellos en los que la Ley o las normas que lo regulan no toman en cuenta las condiciones personales del contribuyente, titular del hecho económico imponible. Tiene la ventaja de ser una fuente de ingresos para el Estado (para Flores Zavala).
  • Impuestos personales: son aquellos en los que si se toma en cuenta las condiciones personales del contribuyente. Tienen la ventaja de ser potencialmente justos (para Flores Zavala).

Desde el punto de vista del importe tributario se dividen en:

  • Impuesto en dinero: la estructura fiscal moderna se basa en un tipo impositivo pecuniario (o sea monetario).
  • Impuesto en especie: tiene muy poca aplicación por resultar rudimentaria la recaudación de la imposición.

Impuesto variable: puede ser a su vez:

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