Propuestas para Grupos Parlamentarios Europeos sobre la situación de los Técnicos Superiores Sanitarios en España.
pac77Apuntes19 de Septiembre de 2016
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PROPUESTAS DE FESITESS MADRID PARA GRUPOS PARLAMENTARIOS de la UE SOBRE LA SITUACIÓN DE LOS TÉCNICOS SUPERIORES SANITARIOS EN ESPAÑA
SOBRE SITUACIÓN ACADÉMICA Y TITULACIÓN
- Transformación de las titulaciones que teniendo consideración de Educación Superior en España no están al mismo nivel educativo que sus homólogas en el resto de países que subscriben el ESPACIO EUROPEO de EDUCACIÓN SUPERIOR (EEES), para lograr el objetivo que el Acuerdo de Bolonia establece respecto a la armonización de titulaciones y a la libre circulación de profesionales y de conocimientos.
Justificación:
Teniendo en cuenta que la entrada en vigor de la LOMCE a día de hoy no está nada clara y que apostamos por su derogación y el desarrollo de un nuevo ordenamiento educativo, aunque se implantara no cambia lo expuesto a continuación, y que rechazamos toda mercantilización de la educación que está suponiendo la aplicación de Bolonia, no es menos cierto que mientras persistan estas “reglas del juego”, los Técnicos Superiores Sanitarios no debemos sufrir discriminación respecto al resto de las titulaciones acogidas bajo la denominación de Educación Superior.
Según la normativa española, la LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de EDUCACIÓN) en su artículo 3.5, establece que la FP de Grado Superior forma parte de la Educación Superior. El Acuerdo de Bolonia persigue la creación de un Espacio Europeo de Educación Superior, adaptando los títulos académicos para que tengan validez en todos los países que subscriben este acuerdo. Pues bien, las titulaciones españolas de Técnico Superior, Rama Sanitaria, en las especialidades de Imagen para el Diagnóstico, Laboratorio de Diagnóstico Clínico, Radioterapia, Anatomía Patológica y Citología, y Dietética y Nutrición han sido excluidas de la reforma de títulos realizada para la adaptación española a Bolonia, manteniéndose ordenadas dentro de la Formación Profesional, mientras en TODOS los países del Espacio Europeo de Educación Superior son Titulaciones de GRADO. La situación actual permite que la formación académica de los profesionales españoles tenga menos de la mitad de horas de aprendizaje que la de sus homólogos europeos, que su profesorado no sea Titulado Especializado cómo en el resto de los países que subscriben Bolonia, y que sean impartidas en Institutos de Enseñanza Secundaria, que carecen de medios adecuados para desarrollar una correcta formación, cuando en toda Europa se realizan en Campus de Ciencias de la Salud. Los Técnicos Superiores Sanitarios españoles desarrollan funciones similares a los titulados europeos, como observa el propio Ministerio de Sanidad en el “Informe de Síntesis: la Profesión de Técnico Especialista de Laboratorio Clínico y Radiología Médica en Europa. Situación actual y principales tendencias de evolución”, encargado por la SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN PROFESIONAL de la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS del Ministerio de Sanidad y Consumo a D. Carlos Artuondo Purroy y a Dª. Ana Rivadeneyra Sicilia, y publicado en marzo de 2009.
En los Hospitales y Centros de investigación donde estos Técnicos Superiores Sanitarios desarrollan su trabajo, son los responsables de obtener, procesar, preparar y validar los registros, pruebas y muestras que bajo supervisión facultativa son el medio para que éstos establezcan un diagnóstico o apliquen un tratamiento. Son responsables igualmente del análisis de muestras biológicas humanas; de realizar estudios hematológicos, genéticos, microbiológicos y bioquímicos; de trabajar con las Técnicas más novedosas en campos como la Reproducción Asistida, la Biología Molecular o la Investigación con Células Madre; de procesar tejidos necrópsicos, quirúrgicos y biopsias clínicas, dejándolos listos para su estudio por el Anatomopatólogo; de aplicar tratamientos de teleterapia: cobaltoterapia, acelerador de partículas y RX de baja y media energía, bajo supervisión facultativa; de colaborar con el facultativo en la preparación y aplicación de los tratamientos con braquiterapia; de aplicar y controlar las medidas de radioprotección en las unidades de aplicación medico-terápica de las radiaciones ionizantes; de obtener registros gráficos del cuerpo humano, realizando tanto técnicas de imagen como TAC, Resonancia Magnética, Mamografía, etc., como técnicas radioisotópicas utilizando equipos de medicina nuclear… entre otros muchos cometidos. Su aportación al Sistema Nacional de Salud es imprescindible y una formación adecuada revierte en la sociedad en su conjunto.
En los últimos años, años, ante el desarrollo científico-tecnológico que soportan la Medicina y la Investigación, distintas Sociedades Científicas Médicas, como la SERAM (Sociedad Española de Radiología Médica), la SEAP (Sociedad Española de Anatomía Patológica) o la SEOR (Sociedad Española de Oncología Radioterapéutica), junto a facultativos de estas especialidades a nivel particular, han hecho públicos documentos pidiendo una formación acorde al S.XXI para estos profesionales, inclusive dirigiéndose al Ministerio de Sanidad y al de Educación, sin respuesta que modifique esta situación.
La carencia que presenta la formación de los titulados españoles en estas profesiones ocasiona que reciban negativas en los países de la UE a la hora de convalidar su título, como se puede comprobar en la Base de Datos de Profesiones Reguladas de la Comisión Europea. Pese a la entrada en vigor de la Directiva 2005/36/EC de 7 de septiembre de 2005 sobre Reconocimiento de Cualificaciones Profesionales, las negativas a admitir por sus insuficiencias el título español se siguen produciendo, lo que impide a estos profesionales españoles el derecho a la libre circulación que proclama el Espacio Europeo de Educación Superior y el Acuerdo de Bolonia
Además, los Técnicos Superiores Sanitarios Españoles no tienen acceso a los postgrados que mejoran la formación y especializan sus profesiones, máxime con el continuo desarrollo científico y tecnológico que afecta a sus profesiones. Al no disponer de acceso a una titulación de Grado, los postgrados son inexistentes. Mientras un homólogo europeo puede desarrollar su profesión con los postgrados, el español tiene un tope al acabar sus estudios, puesto que no cuenta con un nivel superior de desarrollo ni es admitido en los postgrados europeos.
Los accesos a las titulaciones Universitarias que se fomentan desde la FP no tienen cabida para estas profesiones, ya que no existe carrera compatible de Grado para ella, teniendo que estudiar otra profesión distinta si da el salto a la Universidad, abandonado su profesión y siendo inútil tanto el esfuerzo del alumno-profesional, como el del país en formar profesionales que sean útiles a la sociedad.
Desde la entrada en vigor del Estatuto Marco del Personal Sanitario, las oposiciones al sistema Nacional de Salud están abiertas a cualquier titulado de la Unión Europea. Artículo 30. Convocatorias de selección y requisitos de participación. LEY 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. Por el contrario, el Técnico Superior Sanitario español, debido a su titulación, no puede presentarse a las de los países de la UE.
Desde el curso 2011-2012, Técnicos Superiores Sanitarios españoles han comenzado a matricularse en Universidades Europeas para conseguir así una formación acorde a sus necesidades profesionales y laborales, y poder obtener un título que sea admitido en países de la Unión Europea, ante la imposibilidad de recibirlo en nuestro propio país.
Es una justificación enfatizada en un ejemplo, pero afecta a cerca de 25.000 profesionales sanitarios españoles y demuestra los olvidos, las carencias y la discriminación de la adaptación del Espacio Europeo de Educación Superior que ha realizado España.
2.- El Catálogo Nacional de Titulaciones deberá estar en consonancia con los que se establezcan en el resto de países del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), adaptándose mejoras en aquellos casos en los que las titulaciones foráneas aporten calidad en la metodología y en el diseño de los currículos formativos y exportando aquellas características propias de nuestras titulaciones en aquellos casos en los que nuestro desarrollo sea superior, respetando la autonomía de Universidades y Centros de Enseñanza.
Creemos necesario plantear en España y ante la Unión Europea la obligación de establecer criterios comunes mínimos en contenidos y duración para aquellos programas de estudios que por su complejidad científica y técnica y por su incidencia ante el ciudadano, como pueden ser las profesiones sanitarias, presentan a día de hoy diferencias notables en su desarrollo dependiendo del país de origen. La libre circulación de profesionales en estos campos obliga a legislar sobre unos contenidos comunes cuando se trata de la asistencia sanitaria. Estos requisitos mínimos deberán ser exigibles igualmente para aquellos profesionales extracomunitarios que presenten titulaciones a homologar en cualquier país de la Unión Europea.
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