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Pruebas Penales


Enviado por   •  6 de Enero de 2014  •  1.731 Palabras (7 Páginas)  •  268 Visitas

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Las pruebas penales (página 3)

Enviado por Juan Ramón Araujo López

Partes: 1, 2, 3

¿Quién? Tuvo razones para quitarle la vida a la víctima

¿Cuándo? Se cometió el delito; cuál era la situación psíquica o nerviosa de cada sospechoso en ese momento

¿Cómo? Ocurrieron los hechos; responde a patrones de agresividad, que podrían considerarse naturales en algún sospechoso en particular

¿Por qué? Se suscitaron los hechos violentos que culminaron en un homicidio

Una vez se han deducido estos elementos subjetivos del delito, hace falta descubrir elementos materiales que vinculen a un culpable en el espacio del crimen y con las huellas delatoras, además de otros medios de prueba, como testigos.

Una persona puede ser privada de la vida de varias formas:

HERIDAS:

Por arma de fuego;

Por arma blanca (Cortante; contuso cortante, contuso punzante);

Por arma contundente.

ENVENENAMIENTO

Por ingestión;

Por inhalación;

Por absorción cutánea.

ELECTROCUCIÓN

INMERSIÓN

IN-ADMISIÓN

El ilícito penal comienza cuando la muerte es producida dolosamente, es decir, que una persona cause la muerte a otra con plena intención de hacerlo: "El que matare a otro será sancionado con prisión de diez a veinte años."

Según la teoría del delito, el hecho tiene que ser ilícito, culpable, punible e imputable; por lo que no basta probar la existencia del hecho llamado homicidio, hace falta probar también que fue cometido con dolo y que el autor es imputable.

La forma de las lesiones, la posición de la víctima y otras circunstancias pueden llevarnos a considerar el grado de indefensión de la víctima y por ende, el dolo e incluso, la alevosía que es una circunstancia agravante.

Muchos defensores acuden a la teoría de la legítima defensa para efecto de sustentar su labor y sacar absuelto a su cliente; pero esto debe ser probado, ya que deja de negar, para pasar a afirmar algo; es decir, no es lo mismo argumentar que simplemente no se cometió el delito, que afirmar que sí, pero que fue en defensa propia. Todo buen abogado sabe cuando debe callar simplemente y dejar que la falta de pruebas por parte de la Fiscalía General de la República, acabe por exonerar a su cliente; sin embargo, cuando hay pruebas de la participación en los hechos, se vuelve necesario recurrir a otras teorías, por ejemplo, la legítima defensa, requiriendo para el caso, prueba idónea de ello.

Es necesario probar que existió una agresión injustificada, es decir, que no fue provocada dicha agresión y que era de peligro inminente, inesperado, repentino y que la persona no tiene forma alguna de eludir de otra forma el ataque y que éste podría causar un daño similar o mayor al que él provoca.

Si A ataca a B con un palo y éste se defiende con una pistola y lo mata a balazos, definitivamente no hay legítima defensa; lo que hay es un caso típico de homicidio, de B contra A.

Pero como este trabajo no se trata de un estudio de la teoría del delito, sino de las pruebas penales, me limitaré a referirme a eso en lo futuro, sirva lo anterior, para el efecto de saber dirigir el sentido de las pruebas penales, cuyo objetivo es el delito.

Por ejemplo, el siguiente informe forense de una autopsia: "El Doctor Francisco Menjivar, manifestó que el día x del mes x del año x practicó autopsia en el cadáver de xx xx xx, encontrándole cinco lesiones producidas por arma blanca en el cráneo, tres penetraron en el cráneo y dos en la base del cráneo, las cuales por su dirección y ubicación fueron efectuadas por la espalda, también encontró signos de equimosis en la espalda, las cuales por su experiencia puede expresar que fueron causadas por un objeto plano largo, las cuales se llaman equimosis figuradas, que no encontró lesiones de defensa a nivel de las manos, ni morete alguno en la mano derecha del ahora occiso, que no se practicó examen de toxicología porque el cadáver no tenía sangre; que la lesión ubicada en la base del cráneo fue la más grave y que por si sola hubiese provocado la muerte."

IV.1.1.3 La Causa y Efecto en los Delitos Relativos a la Integridad Personal

BIEN JURÍDICO PROTEGIDO = LA INTEGRIDAD FÍSICA

FORMAS DE AFECTAR EL BIEN JURÍDICO PROTEGIDO =

LESIONES Y SUS VARIANTES

TIPO DE PRUEBA = FORMA BÁSICA Y COMPLEJA (Testimonial y Científica)

El delito de lesiones puede suscitarse de un acontecimiento aislado y espontáneo, por lo que buscar causas anteriores puede ser nugatorio; además, en ese tipo de delito se cuenta con la palabra de la víctima, quien difícilmente va a atribuir el hecho a persona distinta de la que le causó el daño, a diferencia del homicidio, que para el caso, la víctima no puede ya hacer ninguna declaración. La claridad, sencillez y veracidad con que la víctima de un delito de lesiones, señale a su agresor, debe tenerse como elemento de fuerte consideración, a ser valorado con el lente de la sana crítica, pues quien sufrió el daño, además de ser el ofendido directo, es quien tuvo mejores posibilidades para individualizar a su agresor. Sin embargo, no es que en todo delito de lesiones, el ofendido está en posibilidad de identificar a quien lo lesiona, muy excepcionalmente se dará el caso que por razones externas, por ejemplo iluminación, obstáculos visuales, etc., el ofendido no pueda observar a quien le causa el daño; es entonces donde el investigador debe atender otras circunstancias, como indicios, para esclarecer un hecho que eventualmente puede clasificarse como intento de homicidio.

** EN LOS DELITOS DE PELIGRO PARA

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