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Que Es Una Constitucion


Enviado por   •  23 de Enero de 2014  •  1.990 Palabras (8 Páginas)  •  198 Visitas

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¿Qué es una constitución?

Para que Ferdinand Lassalle comenzara con su exposición sobre el tema de “¿Qué es una constitución? Tenía que explicar la historia sobre Prusia. El autor indica que su conferencia tendrá un carácter estrictamente científico, porque él dice que la verdadera ciencia, nunca está de más recordarla y más porque le da claridad al pensamiento.

El autor comienza con la pregunta ¿Qué es una constitución? Y plantea distintas respuestas que se podrían hacer, la que me pareció más interesante es la que un jurista diría “La constitución es un pacto jurado entre el rey y el pueblo, que establece los principios básicos de la legislación del gobierno dentro de un país”, el autor dice que estas contestaciones solo se limitan a describir como se forman las constituciones pero exteriormente y lo que hacen y no lo que es, que es la incógnita que se tiene que despejar. La segunda pregunta que plantea Ferdinand Lassalle es ¿Dónde está la verdadera esencia, el verdadero el verdadero concepto de una constitución? El autor para responder esta pregunta utiliza un método que es de comparas la cosa, en este caso la constitución, con algo similar en este caso, la ley. ¿En que se distingue la constitución con la ley? El autor dice “Una constitución para regir, necesita la promulgación legislativa, es decir que tiene que ser también ley”. Pero la constitución no es una ley como otra cualquiera, sino la ley fundamental del país. Y ahora ¿En que se distinguen una ley de una ley fundamental? Si una ley realmente pretende ser acreedora a ese nombre deberá informar y generar las demás leyes ordinarias basadas en ella. La ley fundamental, para serlo debe actuar e irradiar a través de las leyes ordinarias del país. El autor dice que “Las cosas que tienen un fundamento no son así porque ellos decidieron, no tienen la opción de ser algo más, la idea del fundamento lleva implícita la noción de una necesidad activa, de una fuerza eficaz que hace, por la ley necesidad, que los que sobre ella se funda sea así y no de otro modo.” Ahora, habrá alguna fuerza activa que influya a todas las leyes promulgadas en el país, que las obligue a ser de esa manera que son, sin permitirles ser de otro modo. El autor dice que si existe y son los factores reales del poder que son los que rigen en una sociedad determinada. Los factores reales de poder de los que habla el autor, rigen el seno de cada sociedad son esas fuerzas activas y eficaces que informan a todas las leyes e instituciones jurídicas de la sociedad en cuestión, haciendo que no puedan ser, en sustancia, más de lo que son. ¿Qué relación guarda los factores reales de poder con la constitución? El autor dice que “ se toman los factores de poder y se extienden en una hoja de papel, se les da expresión escrita y a partir de este momento, ya no son solo factores reales de poder sino que se han erguido en derecho, en instituciones jurídicas y quien atente contra ellas será castigado. Las instituciones jurídicas, como es el sistema electoral. El autor relata un poco de cómo se dividían las clases sociales y estas eran, primera, segunda y tercer clase. Antes que la ley electoral de las tres clases fuera promulgada, ya anteriormente regía desde la ley de 1848, el sufragio universal, que asignaba a todo ciudadano, fuese rico o pobre, el mismo sufragio o mejor dicho el mismo poder político, el mismo derecho a contribuir a trazar los derroteros del Estado, su voluntad y sus fines. Ferdinand Lassalle habla del senado o cámaras señoriales, como otra de las instituciones jurídicas; él dice que los representantes de la gran propiedad, que lo vengan siendo por tradición, con algunos otros elementos secundarios, formaran una cámara señorial, un senado, cuya aprobación será necesaria para que adquieran fuerza de la ley los acuerdos de la cámara de diputados, en la que está representada la nación; de ese modo, se ponía en manos de un puñado de viejos terratenientes una prerrogativa política de primera fuerza, que les permite nivelar la voluntad de la nación y de todas sus clases. Continuando por la misma ruta, el autor dice que se aspira que el rey por si solo tenga tanto poder político, y muchas más aun como las tres clases o como la nación entera. En la constitución de ese entonces el artículo 47 decía “El rey proveerá todos los cargos del ejército y la marina” y el artículo 108 decía “Al ejército y a la marina no se les tomara juramento de guardar la constitución” y además de que el rey ocupa frente al ejército una posición muy distinta a la que le corresponde respecto a las demás instituciones del Estado, la teoría de que el rey como jefe de las fuerzas militares del país, no solo es rey, sino que además algo que se le invento el termino de jefe supremo de las fuerzas de mar y tierra, razón por la cual, la cámara de diputados no deben porque entrometerse en sus asuntos y organización. El ejército no necesita prestar juramento de acatamiento a la constitución, como es deber de todos los ciudadanos, ello equivale, en principio a reconocer que el ejército queda al margen de la constitución y fuera de su imperio y que no tiene que rendir cuentas más que al rey. El instrumento de poder político del rey, el ejército está organizado y funciona con una gran disciplina, en cambio el poder que descansa en la nación no está organizado. Estas razones son las que explican que un poder menos fuerte, pero más organizado, se sostenga a veces años, oprimiendo el poder de uno más fuerte, pero desorganizado como el de la nación.

Ferdinand Lassalle cuenta sobre algo de historia constitucional. Todo país tiene necesariamente, una constitución real y efectiva, pues no se concibe país alguno en que no imperen determinados factores reales de

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