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Querella Por Calumnia


Enviado por   •  28 de Enero de 2014  •  3.969 Palabras (16 Páginas)  •  490 Visitas

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La publicación de esta denuncia penal se realiza en la “legítima defensa” que tenemos los ciudadanos peruanos como Derecho consagrado en el articulo 2 inciso 23 de nuestra Constitución; para defendernos legalmente ante tanto abuso, vejamen y atropello y ante tanta agresión ilegítima cometida por abogados extremadamente corruptos, CALUMNIADORES, cobardes y abusivos que en forma permanente y brutal violan en forma impune y flagrantemente de manera sistemática y constante los más elementales derechos y principios constitucionales de los ciudadanos peruanos:

INTERPONEN DENUNCIA PENAL POR DELITO DE FRAUDE PROCESAL CONTRA EL INCAPAZ Y MEDIOCRE ABOGADO CALUMNIADOR APRISTA WILLIAM ORLANDO CÁCERES ALVARADO

COBARDE Y MEDIOCRE ABOGADO CALUMNIADOR APRISTA WILLIAM ORLANDO CÁCERES ALVARADO UTILIZÓ A SU MADRE PARA BRINDAR UNA DIRECCIÓN FALSA PARA NO PRESENTARSE A LA QUERELLA

modelo de DENUNCIA PENAL contra cobarde y mediocre abogado extremadamente calumniador para que los agraviados victimas de la corrupción judicial la puedan copiar y usar en casos parecidos

EXPEDIENTE: Nº -2011

INTERPONE DENUNCIA POR EL DELITO DE FRAUDE PROCESAL CONTRA EL COBARDE ABOGADO CALUMNIADOR APRISTA WILLIAM ORLANDO CÁCERES ALVARADO Y CONTRA SU MADRE

INGRESO : N° -2011

ESCRITO : N° 01

SUMILLA : INTERPONE DENUNCIA PENAL

SEÑOR FISCAL PROVINCIAL CORPORATIVO PENAL DE TURNO DE CHEPEN

HUMBERTO ARMANDO RODRÍGUEZ CERNA, Identificado con Documento Nacional de Identidad N° 06506619, Gerente de Hostal David SRL y Director Ejecutivo de la Asociación Civil “Justicia sin Corrupción y Educación con alimentación”, señalando Domicilio Procesal en Jr. Grau N° 439 oficina 319 de la ciudad; de Trujillo, a Usted digo:

I. PETITORIO

Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 2º inciso 20 y articulo 159 inciso 5 de la Constitución Política del Estado y con lo precisado por los artículos 1 y 11 de la Ley Orgánica del Ministerio Público y artículos 1 y 60 del Código Procesal Penal; recurro a su Despacho, a fin de interponer Denuncia Penal contra

cobardeabogadocalumnadorapristawilliamcaceresalvarado

William Orlando CACERES ALVARADO por la comisión del delito de Fraude Procesal en agravio del Estado Peruano y

familia pedro caceres

contra María Rosario ALVARADO NINAQUISPE por la comisión del delito de Fraude Procesal en la modalidad de cómplice primario en agravio del Estado Peruano; Delitos que se encuentran previstos y sancionados por los artículos 416 y 22 del Código Penal vigente; ilícitos penales incurridos durante la tramitación de la Querella N° 288 - 2011 (especialista Leomara Junior Castro Juárez) interpuesta CONTRA WILLIAM ORLANDO CÁCERES ALVARADO Y OTRO COMO AUTORES POR EL GRAVE DELITO CONTRA EL HONOR, EN LA MODALIDAD TÍPICA DE CALUMNIA EN AGRAVIO DEL DENUNCIANTE HUMBERTO ARMANDO RODRIGUEZ CERNA, TIPO PENAL PRESCRITO POR EL ARTÍCULO 131 DEL CÓDIGO PENAL VIGENTE;EN DONDE SE HA SOLICITADO LA MAXIMA SANCIÓN PENAL PARA LOS QUERELLADOS Y EL PAGO SOLIDADRIO DE S/. 100.000.00 (CIEN MIL 00/100 NUEVOS SOLES) POR CONCEPTO DE REPARACIÓN CIVIL, por los fundamentos que paso a exponer.

II. FUNDAMENTOS FÁCTICOS DE LA DENUNCIA

2.1.- Debe usted saber señor Fiscal, que el denunciante es un ciudadano peruano, Químico Farmacéutico de profesión, gerente y socio copropietario de varias de varias empresas legalmente constituidas jurídicamente desde el año 1996 como son Farmacia Libertad SRL y Hostal Lima SRL ubicadas en las ciudad de Sullana y de las empresas Hostal David SRL y Leo S.A. ubicadas en las ciudades de Trujillo.

2.2.- Que además el denunciante es Presidente y Director Ejecutivo de la prestigiosa asociación anticorrupción “justicia sin corrupción y educación con alimentación”, la cual es muy respetada en el norte del país por defender los intereses de los agraviados víctimas de la corrupción, habiendo conducido el denunciante dicha organización anticorrupción con suma rectitud, honestidad, perseverancia y valentía, lo que ha hecho al denunciante ser muy conocido en las ciudades de Sullana y Piura como una reconocida figura pública, la cual tiene la autoridad moral suficiente para denunciar y enfrentarse valientemente a Funcionarios Públicos que han incurrido en delitos y siendo muy reconocido su accionar a nivel de la Región Grau, según se puede verificar digitando en cualquier Buscador del Internet, el nombre del denunciante Humberto Armando Rodríguez Cerna, lo que ha creado a la persona del denunciante y a su asociación anticorrupción que el denunciante conduce, un prestigio enorme y una buena imagen y buena reputación que tiene que cuidar pues esto ha sido labrado en años de intensa lucha anticorrupción pero lamentablemente hay malos abogados que desearían que en represalia por su lucha anticorrupción, el denunciante sea encarcelado por medio de denuncias falsas para así poder despojarlo de las gerencias y acciones y participaciones que ostenta como socio de las empresas legalmente constituidas con sus familiares y por las cuales según las copias de las publicaciones periodísticas que estamos adjuntando sus malos familiares del denunciante hasta habían planificado asesinarlo

teme ser victima de asesinato

publicacion de el regional pura

noticiaennuevonorte

con la contratación de un sicario en la ciudad de Sullana aprovechando la coyuntura de que el denunciante es una persona muy odiada por malos magistrados de la ciudad de Sullana y por lo que su eliminación física del denunciante nunca sería exhaustivamente investigada correctamente para poder encubrir a sus asesinos; hecho que hizo que el denunciante solicitara garantías ante la Gobernación Política de Sullana contra los peligrosos familiares del otro querellado Abelardo Cerna Pérez y

RESOLUCIONGOBERNACION (2)habiendo sido otorgadas dichas garantías según copia de la Resolución de Gobernación que estamos adjuntando y con lo cual demostramos que la vida del denunciante además de haber sido agraviado en su honor también corre peligro en su integridad física por su valiente lucha anticorrupción.

2.3.-

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