Qué es derecho agrario
kikepezTrabajo24 de Febrero de 2014
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¿Qué es derecho agrario?
El derecho agrario, por lo tanto, es el conjunto de las normas, los reglamentos, las leyes y las disposiciones que regulan la propiedad y organización territorial rústica y las explotaciones agrícolas.
Actividad forestal: conjunto de actividades relacionadas con el aprovechamiento de los recursos forestales, ya sea a partir del corte de árboles para la obtención de madera, postes, leña o carbón, o de la recolección de especies vegetales para aprovechar sus raíces, fibras, rizomas, tallos, resinas.
Agricultura: conjunto de técnicas y conocimientos para cultivar la tierra y la parte del sector primario que se dedica a ello. En ella se engloban los diferentes trabajos de tratamiento del suelo y los cultivos de vegetales. Comprende todo un conjunto de acciones humanas que transforma el medio
Ambiente natural: espacio físico que ha sido muy poco intervenido o afectado por el hombre, o más exactamente como lo que no ha sido tocado por el hombre. El medio ambiente natural comprende a todos los seres vivientes y no vivientes que habitan de forma natural en la tierra, en sentido purista, es un ambiente donde es palpable la ausencia del ser humano.
Asamblea: Conjunto de representantes políticos que constituyen un cuerpo deliberante, como el Congreso, el Senado o la asamblea de las Naciones Unidas.
Asamblea de comuneros: Es la máxima autoridad interna de los núcleos de la población ejidal y de las comunidades que posean tierras. Está integrada únicamente por los campesinos beneficiados en una resolución presidencial dotatoria, que alcanzaron unidad de dotación y que tienen sus derechos agrarios vigentes. Tienen la obligación de reunirse al menos una vez cada seis meses. La asamblea que sea convocada será dentro del ejido y previo lanzamiento dela convocatoria respectiva y de conformidad con los artículos 25, 26, 27, 28 y31 de la misma ley agraria.
Avecindado: Establecerse en algún pueblo en calidad de vecino.
Bienes comunales: determinado ordenamiento institucional en el cual la propiedad está atribuida a un conjunto de personas en razón del lugar donde habitan y que tienen un régimen especial de enajenación y explotación. De esa forma, ninguna persona individual tiene un control exclusivo sobre el uso y la disposición de un recurso particular bajo el régimen de procomún.
Campo: se refiere a una parcela de tierra sin edificar, fuera del área urbana, presta para el uso cultural agrícola, como por ejemplo: cultivo y pastoreo de ganado
Certificado de derechos agrarios: se equipara a un título de propiedad, y conforme a lo establecido en los artículos 14 y 76 de la Ley Agraria en vigor, a su propietario le da el derecho al uso y disfrute de la parcela que ampara, así como al aprovechamiento de la misma
Certificado parcelario: una escritura de propiedad privada para el titular. En el derecho agrario está prohibida la compraventa. El titular puede donar a sus parientes o hijos una parte de la parcela, a veces se la venden pero se entiende que es donación. También se la puede vender a otra persona de la misma localidad que tenga el carácter de ejidatario
Comunidad: conjunto de individuos, seres humanos, o de animales que comparten elementos en común, tales como un idioma, costumbres, valores, tareas, visión del mundo, edad, ubicación geográfica, estatus social y roles
Comunitario: refiere a todo aquello propio, relacionado o vinculado con una comunidad en particular.
Ejido: es una porción de tierra no cautiva y de uso público; también es considerada, en algunos casos, como bien de propiedad del Estado o de los municipios. Para México, el ejido es una propiedad rural de uso colectivo aún existente, y que fue de gran importancia en la vida agrícola de este país.
Forestal: Relativo al bosque
Ganadería: consiste en el manejo de
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