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REALIZAR UN ANÁLISIS DEL CUESTIONAMIENTO DE LA COMPETENCIA EN DERECHO PROCESAL CIVIL.

poly3315Práctica o problema5 de Agosto de 2014

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FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

ESCUELA DE DERECHO

ASIGNATURA:

DERECHO PROCESAL CIVIL I

DOCENTE: ANDRES ACERO CARDENAS

ALUMNO: DIM ALAN BARRIGA VILCA

CODIGO: 2007150844

PERIODO ACADEMICO: 2014-I

CICLO: VI

2014

1. REALIZAR UN ANÁLISIS DEL CUESTIONAMIENTO DE LA COMPETENCIA EN DERECHO PROCESAL CIVIL.

Se produce un conflicto o contienda de competencia en todos aquellos casos en los cuales dos jueces consideran ser o no ser competentes para conocer de un determinado asunto. En el primer supuesto se habla de conflicto positivo y en el segundo, se habla de conflicto negativo.

En el conflicto positivo dos jueces creen ser competentes para conocer de determinado asunto, lo que se podría presentar, por ejemplo, en aquellos casos en los que el demandado haya planteado una inhibitoria y tanto el Juez ante el que la interpuso como el Juez que conoce el proceso se consideran competentes .

En el conflicto negativo dos jueces creen no ser los competentes para conocer de un determinado asunto, lo que se podría presentar, por ejemplo, en todos aquellos casos en los cuales el demandado interponga una excepción de incompetencia y el Juez que conoce el proceso la declare fundada, remitiendo el proceso al Juez que éste considera que es el competente; quien al recibir el proceso se declara también incompetente. Puede también presentarse en aquellos casos en los cuales el Juez se declare incompetente de oficio y, a consecuencia de ello, remita el proceso ante el Juez que él considere competente, quien al recibir el proceso se declara también incompetente .

Los conflictos positivo y negativo de competencia son resueltos por el órgano jurisdiccional superior.

XII. Palabras finales.

No hemos pretendido agotar todo el tema de la competencia, habiéndosenos quedado en el tintero muchos otros temas relacionados con este instituto. Sólo hemos pretendido aproximar al lector a este tradicional instituto desde su vertiente constitucional (jurisdicción y juez natural), para luego describir las reglas que regulan la competencia.

2. INVESTIGUE SOBRE LAS CONDICIONES DE LA ACCIÓN.

1.- La Acción

Es un derecho público y subjetivo porque puede ser ejercitado por cualquier ciudadano. Es el derecho de recibir tutela o protección del Estado cuando se ha vulnerado derecho alguno o frente a una incertidumbre jurídica a través del Órgano Jurisdiccional.

1. Condiciones de la Acción

Son los requisitos procesales que permiten al juez expedir un pronunciamiento válido sobre el fondo.

Según Morales Godo no se le debe llamar condiciones de la acción porque la acción carece de condiciones, por lo tanto se le debe llamar Presupuestos Materiales.

1. Legitimidad para Obrar.- La legitimidad para obrar es entendida como presupuesto para poder plantear una pretensión en un proceso, de forma tal que solo si la pretensión es planteada por una persona legitimada, el juez puede pronunciarse válidamente sobre el conflicto de intereses que le ha sido propuesto. Es entonces la posición habilitante para ser parte en el proceso; en este sentido, se habla de legitimidad para obrar activa para referirse a la posición habilitante que se le exige la demandante para poder plantear determinada pretensión, y de legitimidad para obrar pasiva para referirse a la posición habilitante que se le exige al demandado para que la pretensión

pueda plantearse válidamente contra él. La legitimidad para obrar es un requisito indispensable para el pronunciamiento sobre el fondo, el que puede ser desfavorable; es decir que es un requisito indispensable para que se ampare la demanda, pero si la demanda no se ampara no es por falta

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