REGLAMENTO DEL CONSEJO DEL PODER POPULAR DE TRIUNFADORES DE LA MISIÓN SUCRE
yoki5 de Mayo de 2013
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REGLAMENTO DEL CONSEJO DEL PODER POPULAR DE TRIUNFADORES DE LA MISIÓN SUCRE
TITULO I
Fundamentos
Objeto del Reglamento
Artículo 1: El presente reglamento tiene por objeto establecer los fundamentos, estructura y funcionamiento del Consejo del Poder Popular de Triunfadores de la Misión Sucre y su interrelación e integración con el Consejo del Poder Popular Estudiantil a nivel nacional.
Ámbito de Aplicación
Artículo 2: Las presentes normas regirán la participación de los triunfadores que participan en el Trayecto Inicial y los Programas de Formación de Grado; en todos los ambientes en donde se desarrolle la educación universitaria municipalizada.
Principios Fundamentales
Artículo 3: La organización de los triunfadores de la Misión Sucre se fundamentará en los siguientes principios: democracia, revocabilidad, alternabilidad, responsabilidad social, honestidad, transparencia, participación protagónica, rendición de cuentas, pertinencia social, solidaridad y antiimperialismo, universalidad de raza, sexo, religión, edad y condición física, así como en todos aquellos otros principios recogidos en el preámbulo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Ética Revolucionaria
Artículo 4: Los valores del Consejo del Poder Popular de Triunfadores de la Misión Sucre descansan en los caminos de la justicia social, la equidad, la solidaridad y honestidad, la corresponsabilidad moral, el respeto absoluto a la vida y al trabajo creador, productivo y transformador y en la conciencia revolucionaria y socialista producto de las luchas por la transformación de la sociedad y el desarrollo de la espiritualidad de los triunfadores de la Misión Sucre.
CAPÍTULO II
De los Voceros y Voceras
Acerca de los Voceros y Voceras
Artículo 5: A los fines del presente reglamento se entenderá por vocera o vocero a aquella o aquel triunfador voluntario y debidamente electo que sirve a la comunidad de triunfadores como agente de enlace comunicacional y transmisor de información, así como un activador de políticas sociales.
Del Perfil de los Voceros y las Voceras
Artículo 6: El aspirante a ser vocera o vocero de Misión Sucre debe poseer las siguientes cualidades:
1. Ser triunfador regular e inscrito en la Misión Sucre con buen desempeño académico, con conocimiento de los fundamentos conceptuales de la Misión Sucre y pertenecer a la Aldea en la cual aspira ser vocero.
2. Fomentar y enaltecer los valores y principios proclamados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, particularmente aquellos concernientes al proceso de transformación del Sistema Educativo Universitario y su municipalización.
3. Ser coherente con sus acciones y su pensamiento en cualquier ámbito de acción como ciudadano.
4. Respetar y promover una conducta orientada hacia principios de justicia social, solidaridad y compromiso y apegada a los valores de la ética y la moral.
5. Poner en práctica cualidades de líder bolivariano, como son saber asumir y delegar funciones con probidad.
6. Mantener las mejores relaciones con la comunidad de Triunfadores y prestar servicio a la comunidad de acuerdo a lo contemplado en la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior.
7. Promover un clima de tolerancia racial, religiosa, sexual y de cualquier otra índole.
8. Defender y promover el sistema democrático, socialista y participativo.
9. Poseer conciencia plena de sus obligaciones para con la patria, su región, su comunidad.
10. Seguir con atención el curso de la política nacional y regional, de la economía del país, de los fenómenos sociales que se operan a su alrededor, para informarse e informar a la base de Triunfadores.
11. Ser promotora o promotor de la formación, organización y participación, en pro de la defensa de los derechos de los Triunfadores, así como del ejercicio de sus deberes.
12. Dedicar el tiempo necesario que el ejercicio de las funciones de vocería requiere.
13. Poseedor o poseedora de sentido crítico y autocrítico, así como analítico, decidido y preocupado por las diversas problemáticas y debilidades que existen dentro de su entorno académico y a su vez, estar abierto a las críticas por parte de sus compañeros triunfadores.
14. Ser efectivo y eficiente, así como, respetar y acatar todos los lineamientos surgidos de las asambleas, dispuesto siempre a cumplir con las obligaciones que se le han asignado, no sólo de palabra, sino con hechos y tener la resolución que amerite cada situación.
15. Estar exento de cualquier tipo de sanción disciplinaria.
16. Promotor del socialismo bolivariano en todos los ámbitos.
17. Estar inscrito en el Registro Electoral del Consejo Nacional Electoral, si es mayor de edad.
De los Derechos de los Voceros y Voceras.
Artículo 7: Son derechos de los voceros y voceras:
1. Expresar libremente sus convicciones filosóficas, religiosas, políticas, académicas y artísticas.
2. A estar informado y a la réplica
3. A ser escuchado ante las distintas instancias que conforman la estructura organizacional de Triunfadores y por las instancias de dirección y control de la Misión Sucre.
4. A renunciar.
5. A pedir colaboración a los compañeros, para la ejecución de las actividades que demanden las Asambleas.
6. Denunciar y elaborar propuestas frente a todo lo que afecte el desarrollo de las metas y aspiraciones del movimiento de Triunfadores.
7. Organizarse en función de los intereses comunes al colectivo de Triunfadores.
8. Acudir ante las instancias correspondientes, cuando considere que sus derechos y el de sus compañeros han sido lesionados en lo académico, administrativo o personal.
9. Elegir y ser elegidos para las instancias de vocería de Triunfadores que hacen vida dentro de la Misión Sucre.
10. A ser oído en caso de ser sometido a un proceso de revocación.
11. A obtener un certificado que reconozca el papel que ha desempeñado como vocero.
12. A que los docentes y autoridades de la Misión Sucre les brinden la colaboración para que el vocero se pueda desempeñar en sus funciones, en especial en aquellas que ameriten ausentarse del salón de clase.
De los Deberes de los Voceros y Voceras
Artículo 8: Son deberes de los voceros y voceras los que se enumeran a continuación:
1. Cumplir con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes.
2. Rendir honores a los símbolos patrios.
3. Respetar y defender los derechos humanos.
4. Proteger los recursos naturales, ambientales, históricos, culturales y los bienes de la Nación.
5. Asumir el proceso de formación tanto en el plano individual como colectivo.
6. Respetar las Instituciones.
7. Defender y practicar la solidaridad nacional e internacional como fundamento de la libertad, la justicia y la paz.
8. Promover y defender el sistema democrático participativo.
9. Promover positivamente la imagen de las Instituciones de Educación Superior que acreditan los Programas de Formación de Grado y la Misión Sucre.
10. Respetar y hacer respetar los derechos de los triunfadores y de la comunidad de Triunfadores en general.
11. Rechazar actos de discriminación racial, religiosa, política o de cualquier otra índole.
12. Participar en forma protagónica en la vida política, económica, educativa, cultural, deportiva, ecológica y en otros ámbitos de interés colectivo.
13. Mantener y promover una conducta apegada a los valores de la Ética y la Moral, tanto en el plano individual como colectivo.
14. Respetar y promover el respeto y tolerancia entre triunfadores, personal obrero, administrativo, docente y autoridades de Instituciones de Educación Superior que acreditan los Programas de Formación de Grado y la Misión Sucre.
15. Promover la Contraloría Social a todos los niveles e instancias de la Misión Sucre.
16. Proteger y promover los derechos, sin descuidar los deberes de los triunfadores de la Misión Sucre.
17. Rendir cuentas a la instancia de pertenencia sea asamblea o consejo, cada tres (3) meses o cuando así se lo requieran.
18. Cumplir y hacer cumplir el presente reglamento.
TITULO II
De la Estructura
CAPÍTULO I
De las instancias
Artículo 9: La estructura del Consejo del Poder Popular de Triunfadores de la Misión Sucre está fundamentada en la participación directa y efectiva del colectivo de Triunfadores en todos aquellos aspectos que le son intrínsecos a su desempeño como estudiantes universitarios.
El Consejo del Poder Popular de Triunfadores estará integrado por las Asambleas de Sección, Trayecto Inicial, Comisiones de Área, los Consejos de Programas de Formación de Grado, Consejo de Aldea, los Consejos en el ámbito Comunal, Municipal o Estadal, así como aquellos Consejos que se creen de acuerdo a la nueva geometría del poder y el Consejo Nacional del Poder Popular de Triunfadores.
CAPÍTULO II
De las instancias en las Aldeas
De la Asamblea de Sección
Artículo 10: La Asamblea de Sección es el espacio de interrelación de los triunfadores de una sección, en el cual convergen ideas, de orden político, social, académico, entre otros, con el propósito de debatir y construir soluciones a problemas que se puedan generar
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