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Reconocimiento De Paternidad


Enviado por   •  9 de Mayo de 2013  •  2.474 Palabras (10 Páginas)  •  601 Visitas

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ANA OFELIA CARREON GONZALEZ

VS

JAVIER FABIAN PEREZ CUBAS

JUICIO: ORDINARIO CIVIL

RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD

ESCRITO INICIAL.

C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO

DEL DISTRITO FEDERAL.

P R E S E N T E.

ANA OFELIA CARREON GONZALEZ, por mi propio derecho, y en representación de mi menor hijo de nombre JOTHZAN JESUS ALBERTO CARREON GONZALEZ, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en los estrados de este Juzgado, autorizando para los mismos efectos a los C.C. Licenciados y Pasantes en Derecho, ALEJANDRA YISSEL DOMINGUEZ MEDINA, IRAIS LUCIA RUIZ OLVERA, ALEJANDRO BUSTOS RAMIREZ, CESAR ISLAS LOZANO y ARIANA MARTINEZ MARQUEZ, indistintamente ante Usted, con el debido respeto, comparezco para exponer lo siguiente:

Que con fundamento en lo dispuesto por el articulo 360 del Código Civil para el Distrito Federal así como por lo establecido en el artículo 940 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, vengo en la vía de controversia del orden familiar, a demandar del Señor Javier Fabián Pérez Cubas, quien para efectos de ser emplazado, tiene su domicilio en Calle Venustiano Carranza, lote 1, manzana 147, Colonia Benito Juárez, en la Delegación Gustavo A. Madero, Distrito Federal, las siguientes:

PRESTACIONES

A).- El reconocimiento de la paternidad de mi hijo JOTHZAN JESUS ALBERTO actualmente con los apellidos CARREON GONZALEZ.

B).- Por lo tanto solicito que el nombre de mi hijo JOTHZAN JESUS ALBERTO se adicione el apellido PEREZ, que es el apellido paterno del demandado JAVIER FAVIAN PEREZ CUBAS, así como las consecuencias legales del registro ante el oficial o Juez de Registro Civil correspondiente.

C).- El pago de alimentos que en su carácter de padre de mi hijo que está obligado a otorgar JAVIER FABIAN PEREZ CUBAS a mi menor hijo.

D).- Los gastos y costas que se originen del presente juicio.

Fundo mi demanda en los siguientes hechos y preceptos legales:

HECHOS

1.- Conocí al señor Javier Fabián Pérez Cubas, en el año de 1991, ya que teníamos amigos en común, motivo por el cual, después de varias reuniones comenzamos a salir por un periodo de seis meses como amigos.

2.- Posteriormente después de conocernos y tratarnos de manera amistosa, comenzamos a ser novios el hoy demandado y yo, ya que este se me declaro pidiéndome que fuera su novia durante una reunión en la cual celebramos los cumpleaños de ambos, ya que la suscrita cumplo los días 15 de enero y el demandado los días 20 del mismo mes, esto en presencia de varios familiares y amigos.

Como una muestra de nuestro noviazgo, adjunto a la presente demanda una fotografía, del día de ese acontecimiento y que nos fuera tomada por las personas que se encontraban en ese lugar.

3.- Iniciamos una relación de noviazgo al principio muy bonita, la cual se fortaleció ya que yo lo acompañaba en el negocio de refacciones de autos que el tenia en ese momento, y posteriormente la suscrita pasaba por él a la escuela a donde el tomaba capacitaciones para poder laborar como policía, esto toda vez que yo pasaba por ahí cuando iba de regreso de la universidad.

4.- Durante nuestro noviazgo tuve relaciones sexuales cotidianamente con el hoy demandado, desde luego que yo siempre siéndole fiel, fue en el mes de septiembre del año de 1995, cuando mediante unos análisis clínicos me di cuenta que estaba embarazada, por lo que prontamente se lo comenté al ahora demandado que en ese tiempo era mi novio. Le pedí que nos casáramos para darle las mejores atenciones a nuestro hijo, contestando que si, sin llegar el momento de hacerlo.

5.- Sin embargo al tiempo que avanzaba mi embarazo y no había cumplimiento de su promesa de casarnos, llego el día 27 de mayo del año de 1996, día en que naciera nuestro hijo, sin embargo al momento del nacimiento de nuestro hijo y aun no estando casados, el hoy demandado pago la cuenta del hospital y los gastos que por ese motivo se originaron, cumpliendo de alguna manera con sus responsabilidades.

5.- Al pasar el tiempo en múltiples ocasiones le solicite al hoy demandado que nos presentáramos ante el Juez del Registro Civil a efecto de reconocer a nuestro hijo y le diera su apellido, a lo cual siempre manifestaba que si lo haría, pero que le diera tiempo, ya que sus ocupaciones no se lo permitían, aplazando así el registro de nuestro menor hijo, sin embargo asumiendo que lo haría más adelante.

6.- Cinco meses después del nacimiento de nuestro hijo, este sufrió un daño en su salud siendo internado en la institución médica Hospital Juárez de México, en la cual recibió atención médica, bajo en el nombre de José María Carreón González, dándole ese nombre ya que no contaba con un registro oficial y fuera el primero que se viniera a mi mente y dándole los apellidos de la que suscribe, presentando una enfermedad llamada Meningo-encefalitis Bacteriana, la cual dejo como consecuencias retraso mental hasta el día de hoy en nuestro hijo.

Situación que acredito con la carta expedida por el médico que lo tratara en ese momento, Dr Juan J. Zamudio Bustos, Jefe de la División de pediatría, del Hospital Juárez de México S.S.A., en fecha 6 de noviembre del año de mil novecientos noventa y cinco.

7.- Pasando lo anterior y a fin de dar una estabilidad a nuestro hijo, la suscrita seguí insistiendo que el hoy demandado reconociera a nuestro hijo, sin obtener una pronta respuesta, a lo que argumentaba que el convivía, cuidaba y daba lo que necesitaba el menor y que lo que menos importaba en ese momento era eso, ya que la situación de salud era lo primordial.

Así mismo adjunto una fotografía en la cual consta como el hoy demandado brindaba atención y convivía con nuestro hijo desde pequeño.

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