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Registro Agrario Nacional


Enviado por   •  27 de Mayo de 2013  •  Ensayos  •  1.327 Palabras (6 Páginas)  •  697 Visitas

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INTRODUCCION

Dentro del sector agrario es muy importante contar con un órgano dedicado al control de la tenencia de la tierra ejidal y comunal y por consiguiente la seguridad documental derivada de la aplicación de la norma, por eso nace el (RAN) Registro Agrario Nacional.

Un órgano que dentro de sus atribuciones:

La función registral: en esta se clasifican las inscripciones y las certificaciones de los actos y documentos en los que consten las operaciones relativas tanto de la propiedad ejidal y comunales. En esta se registran (ejidos y comunidades, sociedades, colonias y terrenos)

Asistencia técnica y catastral: comprende las normas y especificaciones técnicas,

Funciones de resguardo: en esta función este órgano tiende al el acopio del archivo y análisis documental del sector agrario, clasificación y catalogación de información agraria para facilitar la consulta de dicha información

¿QUE ES EL RAN?

El Registro Agrario Nacional es una institución que está al servicio de los campesinos, da carácter público a los actos que realizan en relación con sus derechos sobre las tierras, así como a lo relativo a su organización interna y a las figuras asociativas que constituyen para producir. En este artículo se busca dar a conocer a un público amplio las características del Registro Agrario Nacional, que es un órgano desconcentrado de la Secretaría de la Reforma Agraria (con autonomía técnica y presupuestal, sin patrimonio propio), que fue creado para el control de la tenencia de la tierra de carácter social y la seguridad documental.

La propiedad social en nuestro país abarca un poco más de la mitad de la totalidad de la extensión y estas tierras son poseídas por ejidatarios y comuneros, de aquí es otorgado a los campesinos el respaldo de sus derechos sobre la tierra

En el RAN se encuentran documentos muy importantes como las resoluciones presidenciales y los planos definitivos de los ejidos y de las comunidades

HISTORIA

Por Decreto con fecha del 24 de abril de 1928, publicado el 16 de mayo del mismo año, se emite el primer Reglamento del Registro Agrario Nacional, estableciéndolo como una oficina bajo la dirección del Presidente de la Comisión Nacional Agraria, en la que se inscribirían la propiedad ejidal proveniente de restituciones o dotaciones de tierras, bosques o aguas, así como la propiedad parcelaria individual correspondiente a cada ejidatario.

Por Decreto hecho en la fecha del 16 de enero de 1934,y publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 17 del mismo mes y año se creó el Departamento Agrario, el cual entre sus atribuciones tenía la de llevar el Registro Agrario, habiéndose establecido en el Título Séptimo del Código Agrario de fecha 22 de marzo de 1934, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de abril del mismo año, que comprendía de los artículos 109 al 116 inclusive, lo relativo a las funciones del Registro Agrario Nacional así como los documentos que debían inscribirse en éste.

El Código Agrario de fecha 31 de diciembre de 1942, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 1943, en su Título Sexto del Libro Cuarto, consistente en siete artículos, comprendió las funciones relativas al Registro Agrario Nacional así como los documentos que debían inscribirse en dicho Registro.

Posteriormente, el Reglamento Interior del Departamento Agrario de fecha 26 de julio de 1944, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de agosto del mismo año, estableció en su artículo 44, la adscripción del Registro Agrario Nacional a la Dirección de Derechos Agrarios, la cual dentro de sus atribuciones debía inscribir los certificados y títulos derivados de acuerdos y resoluciones presidenciales en el propio Registro Agrario Nacional.

Por Decreto de fecha 15 de junio de 1960, publicado en el Diario Oficial de la Federación el primero de julio de ese año, se expide el Reglamento Interior del nuevo Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización, estableciéndose en sus artículos del 83 al 88, las funciones de las diversas secciones de la oficina del Registro Agrario Nacional.

Con fecha 11 de noviembre de 1963, se expide un nuevo Reglamento Interior del Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 26 de ese mismo mes y año, y en el que se mantienen inalterables las funciones de la entonces oficina del Registro Agrario Nacional.

Mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 31 de diciembre de 1974, se llevaron a cabo diversas reformas a la Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, de entre las que destacan la desaparición del Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización y la creación de la Secretaría de la Reforma Agraria.

ESTRUCTURA ORGANICA

Dirección en jefe (DJ)

Dirección general del registro (DGR)

Dirección general de delegaciones (DGD)

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