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Reglamento De Gestion

paillita19 de Julio de 2014

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TITULO I

ASPECTOS GENERALES

OBJETIVO.

Art. 1°. Establecer las normas y procedimientos, para la matrícula de estudiantes del Sistema Curricular Flexible por Competencias de la UANCV Juliaca.

FINALIDAD

Art. 2o. Contribuir a un adecuado ordenamiento del proceso de matrícula de estudiantes del Sistema Curricular Flexible por Competencias de la UANCV Juliaca.

BASE LEGAL

Art. 3o. Constituyen la base legal los siguientes documentos:

- Ley N° 23733 Ley Universitaria

- Estatuto Universitario

- Ley N° 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”.

ALCANCE

Art. 4o. Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, alcanza a todas las instancias académicas inmersas en el proceso de matrícula y a los estudiantes.

TITULO II

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 5o. Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento norman los requisitos y procedimientos de matrículas del Sistema Curricular Flexible por Competencias de la UANCV Juliaca.

Art. 6o. Entiéndase por Sistema Curricular Flexible por Competencias, al proceso de desarrollo de capacidades y actitudes en el estudiante, para que asuma desempeños profesionales eficientes, eficaces y efectivos.

Art. 7º. Se considera estudiante de la UANCV Juliaca, al que ingresa por alguna de las modalidades de admisión y permanece en la misma, registrando su matrícula de conformidad con el presente Reglamento.

Art. 8º. La matrícula acredita la condición de estudiante universitario e implica el compromiso de cumplir la Ley Universitaria, el Estatuto y demás reglamentos internos de la UANCV Juliaca, mediante un adecuado nivel de comportamiento, dedicación a los estudios y actividades propias de la universidad.

Art. 9°. La matrícula sea presencial o virtual culmina y será válida con la impresión y recojo obligatorio de la FICHA DE MATRÍCULA, debidamente firmado por el estudiante y suscrito por el Coordinador Académico de la Facultad dentro del cronograma establecido, caso contrario no será considerado en la lista de matriculados.

Art. 10°. La matrícula en cada semestre académico se realizará de acuerdo al cronograma aprobado por el Consejo Universitario. (R.R. N°0707-2012-R-UNA).

Art. 11°. La modificación de los costos de los créditos por derecho de matrícula será aprobada por Consejo Universitario.

Art. 12°. La matrícula en la UANCV Juliaca es gratuita y por créditos, para los estudiantes que mantienen su condición de invictos.

Art. 13°. Perderá la condición de gratuidad el estudiante que desaprobó una o más asignaturas en un semestre y aquellos que cursen estudios en una segunda escuela profesional en la UANCV Juliaca.

Art. 14°. El estudiante podrá matricularse en una y, excepcionalmente, en dos escuelas profesionales, siempre que haya obtenido el derecho de ingreso y cumpla con los requisitos establecidos y pague las tasas vigentes.

Art. 15°. La implementación del proceso de matrículas es responsabilidad del Vicerrector Académico y los Directores de las Escuelas Profesionales respectivas, teniendo como apoyo a las siguientes instancias como control académico: Oficina Universitaria Académica, Oficina de Tecnología Informática, Oficina de Gestión Financiera, Unidad de Servicio Social, Unidad de Servicios de Salud, Oficina de Imagen Institucional y Coordinación Académica de cada Facultad. La ejecución de las matrículas es de entera responsabilidad de las Coordinaciones Académicas.

Art. 16°. El proceso de matrículas será supervisada por el Vicerrectorado Académico, en coordinación con las Facultades y las respectivas Escuelas Profesionales.

TÍTULO III

DEL CONTENIDO

CAPITULO I DEL PROCESO DE MATRÍCULAS

Art. 17°. Las matrículas son semestrales y por créditos.

Art. 18°. Los estudiantes se matricularán preferentemente en los créditos de las asignaturas desaprobadas, y completarán sus créditos hasta el límite establecido en el Art. 29° del presente Reglamento; priorizando los cursos de semestres inferiores.

Art.19°. Culminado el proceso de matrícula, los estudiantes pueden solicitar reserva de matrícula, previo pago estipulado, dentro de los cinco (5) días hábiles de haber iniciado oficialmente la actividad académica, debiendo ser aprobada mediante Resolución Decanal por acuerdo de Consejo de Facultad dentro de los treinta (30) días de presentada la solicitud y comunicada por escrito al interesado. Presenta los siguientes requisitos.

a) Solicitud dirigida al Decano de la Facultad.

b) Recibo de pago expedido por Caja por derecho de reserva de matrícula.

c) Copia de ficha de matrícula del semestre.

Art. 20°. La reserva de matrícula tiene vigencia por un semestre académico, siendo prorrogable previa solicitud y matrícula correspondiente por semestre. Concluido este período el estudiante obligatoriamente debe continuar sus estudios, caso contrario pierde su condición de estudiante.

Art. 21°. Los estudiantes que se matriculen en una asignatura(s) electiva(s), programada(s) en el semestre académico según el Plan de Estudios, están obligados a desarrollarlos. En caso de abandono o de desaprobar deben matricularse en la(s) misma(s) asignatura(s), es decir, esta asignatura no puede ser suplida por otra. En caso de no estar programado podrá matricularse en la modalidad de dirigido de acuerdo a las condiciones establecidas en el capítulo VI del presente Reglamento.

Art. 22°. Los estudiantes que cuenten con reserva de matrícula o retiro total del semestre aprobadas con Resolución Decanal, al retorno son considerados en la misma condición académica en la que obtuvieron la reserva o retiro correspondiente.

CAPITULO II

DE LOS ESTUDIANTES INGRESANTES

Art. 23°. Los requisitos para la matrícula de ingresantes a la UANCV Juliaca por diferentes modalidades son:

a) Copia certificada de la partida de nacimiento con una antigüedad no mayor de un año de expedida (no fotocopia simple).

b) Certificados oficiales de estudios concluidos en educación secundaria, o su equivalente en original (visados por la Dirección Regional de Educación o la Unidad de Gestión Educativa Local correspondiente).

c) Declaración jurada de no tener antecedentes penales y policiales.

d) Comprobante de pago por derechos de matrícula.

e) Constancia de examen médico, otorgado por la Unidad de Servicios de Salud, de acuerdo a las exigencias de cada Escuela Profesional.

f) Dos fotografías actuales a colores con fondo blanco, de frente y en tamaño carné.

g) Llenado de la ficha socioeconómica vía Internet

h) Carné de postulante.

i) Declaración jurada de no haber sido suplantado ni suplantador, durante los últimos 5 años calendarios.

Art. 24°. Los ingresantes con 4to y 5to año de educación secundaria, sea cual fuere la modalidad de ingreso, solicitan RESERVA DE INGRESO, aprobado por Resolución Decanal por acuerdo de Consejo de Facultad, hasta cuando concluyan sus estudios secundarios. La matrícula se efectiviza al semestre académico que corresponda cuando presenta el certificado oficial de estudios secundarios concluidos, debidamente visados.

Art. 25°. Los requisitos, para la matrícula de estudiantes por Traslado Externo Nacional e Internacional, además de los documentos exigidos en el artículo anterior del presente Reglamento, son:

a) Certificado de estudios superiores de la universidad de procedencia que acrediten haber aprobado por lo menos dos (2) periodos lectivos semestrales completos o uno anual o treinta y seis (36) créditos (adjuntar en el expediente para la CCA). En caso de estudiantes provenientes de universidades extranjeras, los certificados deberán ser visados por el consulado.

b) Constancia de no haber sido separado de la universidad de procedencia.

c) Resolución Decanal que aprueba la convalidación de asignaturas.

Art. 26°. Los requisitos para la matrícula de estudiantes por traslado interno, además de los documentos exigidos en el Art. 20° del presente Reglamento son:

a) Certificado de estudios originales de haber aprobado dos semestres o un año académico, expedido por la Unidad de Registro Académico.

b) Resolución Decanal que cancela la matrícula en la escuela profesional de procedencia.

c) Resolución Decanal que aprueba la convalidación de asignaturas.

d) Código de matrícula de la facultad de procedencia

Art. 27°. Los requisitos para la matrícula de estudiantes que ingresaron por la modalidad de Graduados o Profesionales, además de los documentos exigidos en el Art. 23° del presente Reglamento, son:

a) Certificados de estudios superiores originales y completos.

b) Copia fotostática legalizada del grado académico de bachiller y/o título profesional otorgado por una universidad reconocida por Ley.

c) Resolución Decanal que aprueba la convalidación de asignaturas.

d) Recibo de pago de acuerdo a tasa establecida.

CAPÍTULO III

DE LOS ESTUDIANTES REGULARES

Art. 28°. Son estudiantes regulares los que registran matrícula en el número mínimo de créditos por semestre, que no deberá ser menor de un décimo de su carrera por año.

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