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Relaciones Laborales De Caracter Especial


Enviado por   •  6 de Mayo de 2013  •  1.157 Palabras (5 Páginas)  •  507 Visitas

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CASO SECTOR DE LA LIMPIEZA

1- Se entiende que el empleador es el mismo, es decir, la misma persona física. En estos casos se considera que existe una única relación laboral que será común, es decir, sometida al Estatuto de los Trabajadores en su integridad y no al Real Decreto 1620/2011.

2- Salario: El trabajador tendrá derecho, como mínimo, al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), cuyo importe será reducido, en su caso, en la misma proporción que la jornada de trabajo. En el caso de que trabaje por horas, en régimen externo, se le aplicarán las reglas especiales sobre SMI previstas para trabajadores eventuales y temporeros

Las pagas extra se tienen que cobrar dos pagas extras que, salvo pacto en contrario, se cobrarán al final de cada semestre, cuya cuantía será, como mínimo, igual a la mitad del salario en metálico mensual.

La cotización a la seguridad social, La afiliación, alta y baja dentro de este Régimen Especial, corresponderá al empleador o empleado dependiendo de si el empleado de hogar realiza una jornada fija de horas mensuales o discontinua, según el número de horas trabajadas,

La obligación de cotizar nace desde la fecha en que comienza la actividad, y se mantiene mientras subsiste dicha actividad. Se cotizará un 22% por contingencias comunes, con carácter general, y un 0,10% con carácter adicional para riesgo embarazo y lactancia.

CASO LUIS ARMANDO

1- Según el Estatuto del Jugador de Fútbol Profesional.

ESTATUTO DEL JUGADOR DE FUTBOL PROFESIONAL Ley 20.160 ARTICULO 1.- La relación jurídica que vincula a las entidades deportivas con quienes se dediquen a la práctica del fútbol como profesión, de acuerdo a la calificación que al respecto haga el Poder Ejecutivo, se regirá por las disposiciones de la presente Ley y por el contrato que las partes suscriban. Subsidiariamente se aplicará la legislación laboral vigente que resulte compatible con las características de la actividad deportiva. ARTICULO 2.- Habrá contrato válido a los fines de la presente Ley cuando una parte se obligue por tiempo determinado a jugar al fútbol integrando equipos de una entidad deportiva y ésta a acordarle por ello una retribución en dinero.

En ..ZAMORA, a 18 de DICIEMBRE DE 2012

REUNIDOS

De una parte, Don JOSE ANTONIO PELE , mayor de edad, con documento nacional de identidad número .12332115U y domicilio en SEVILLA , calle LA BLANCA PALOMA .

De otra parte, Don LUIS ARMANDO METADONA , mayor de edad, con documento nacional de identidad número 98778954L y domicilio en MURCIA , calle DOLOR N 25 .

INTERVIENEN

El primero, en nombre y representación de la entidad FC. EL PONIENTE (en adelante el club), en su calidad de REPRESENTANTE. El club tiene su domicilio en JEREZ DE LA FRONTERA , calle SOL NACIENTE , y número de identificación fiscal 893624563 .

El segundo, en su condición de jugador profesional de fútbol sala, obrando en nombre e interés propio.

Se reconocen mutuamente capacidad legal y legitimación suficientes para suscribir el presente contrato.

MANIFIESTAN

I.- Que ambas partes están interesadas en que Don LUIS ARMANDO METADONA entre a formar parte de la plantilla de jugadores de fútbol del club.

II.- Que habiéndose llegado a un acuerdo sobre las condiciones de dicha integración, acuerdan formalizarlas por medio del presente contrato de trabajo, que se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS:

PRIMERA.- El objeto del presente contrato es la integración de Don LUIS ARMANDO METADONA en la plantilla de jugadores de fútbol del club, participando en sus actividades deportivas, bajo la dirección y organización del mismo.

A este objeto, se convienen las siguientes obligaciones del jugador:

a) Entrenarse a las órdenes de los servicios técnicos del club, cuidando de su buena condición física al objeto de lograr el mejor rendimiento posible para el desarrollo de su actividad en la competición.

b) Jugar en todos los partidos, oficiales o amistosos, que dispongan los servicios técnicos del club.

c) Aceptar y cumplir las normas generales y de disciplina del club,

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