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Requisitos De Actos Administrativos


Enviado por   •  7 de Julio de 2013  •  1.060 Palabras (5 Páginas)  •  439 Visitas

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Requisitos de los actos Administrativos.

Todo acto, hecho, contrato o norma reguladora de los procedimientos administrativos que provengan de la Función Administrativa del Estado, para que gocen de existencia, eficacia y validez jurídica debe cumplir con determinados requisitos jurídicos.

Los Requisitos de Fondo.

Los requisitos de fondo, conocidos también como internos o intrínsecos que sirven para adoptar una decisión legitima, soberana, democrática y jurídica por parte de los órganos de la administración pública, son: La voluntad, La competencia, El objeto, La causa y el fin lícito.

 La voluntad.- Humberto Pinto Rogers expresa que la voluntad en sentido jurídico, es la aptitud o facultad humana manifestad con discernimiento, intención y libertad para hacer algo y obrar, en un sentido determinado. Mediante el primero el individuo puede apreciar juzgar y distinguir el valor de sus propias acciones y las ajenas; el segundo estado mental, la intención lo mueve a obrar en un sentido determinado y mediante la libertad o la espontaneidad adopta una determinación sin coacción alguna. A este elemento interno, condicionados por esos tres elementos psicopedagógicos, ha de unírsele otro de carácter externo, la manifestación de la voluntad.

Para que la voluntad tenga existencia legal, es necesario que se la exteriorice, que se la manifieste mediante una declaración o comportamiento; y para que una persona se obligue a otra por un acto o declaración de la voluntad, de conformidad con el art. 1488 del Código Civil, es necesario que sea legalmente capaz y que consienta en dicho acto o declaración, y que su consentimiento no adolezca de vicio. El consentimiento no es sino el concurso o el acuerdo de dos o más voluntades sobre un objeto determinado. La concurrencia de la voluntades una condición necesaria para la validez del acto.

- Los vicios de la voluntad.- El vicio es un defecto una irregularidad, una falsedad que aparece en el mundo de las resoluciones administrativas por no haberse cumplido con los requisitos legales que se requiere para la plena validez de un acto jurídico. El vicio afecta a la validez, a la perfección y estabilidad del acto y su gravedad está en relación con la magnitud legal y moral, que pueden ser calificados de muy grave, grave o leve.

De esto se desprende que no toda irregularidad de un acto viciado produce igual impacto jurídico; por lo que es injustificable asignarle iguales consecuencias. Un vicio relativo o leve puede corregirse o repararse por medio del saneamiento o convalidación, por el contrario un vicio muy grave, como la violación a las normas constitucionales, no se puede sanearse porque su defecto es de gran magnitud y equivale a nulidad absoluta. Los vicios son hechos que alteran la decisión administrativa, y que provocan en unos casos, la nulidad, y en otros la convalidación jurídica. La declaración de la voluntad debe ajustarse a ciertas reglas jurídicas, si esto no ocurre es porque está viciada en uno de sus elementos que la integran. Los vicios que pueden adolecer la declaración de la voluntad son: el error, la fuerza y el dolo.

- El error.- Es un vicio de la voluntad que al igual que en derecho privado afecta el acto administrativo provocando su nulidad, en lógica se acepta

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