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Resumen imprudencia profesional vs temeraria


Enviado por   •  28 de Abril de 2021  •  Tareas  •  1.499 Palabras (6 Páginas)  •  48 Visitas

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El artículo de la actividad dirigida nos habla sobre el impacto que tiene en la seguridad de la empresa y por ende en la sociedad las imprudencias temerarias y profesionales en la realización de las funciones del trabajo.

Hay que distinguir que conducta imprudente se diferencia básicamente de una dolosa en que no hay intención de causar un resultado. Se sabe que se está infringiendo una norma pero la persona no tiene intención de que se manifieste un resultado.

Una imprudencia temeraria es aquella que sobrepasa la imprudencia grave y en la cual no se observa el deber de cuidado mínimo o elemental exigible a cualquier persona con plena capacidad para actuar. Con este actuar, la persona manifiesta un claro desprecio al riesgo, o por ser éste innecesario, y a la prudencia que se le exige, quedando de esta manera desprotegida, pues las medidas de seguridad no las aplica o sólo parte de ellas, ante las funciones a realizar en su puesto de trabajo. Esta conducta rompe totalmente el nexo causal entre la lesión y el trabajo.

Como muy bien dice el art. 115 LGSS la imprudencia profesional es aquella que es consecuencia del ejercicio habitual de un trabajo y se deriva de la confianza que éste inspira por la repetición de unos mismos actos.

Señala la habitualidad y la confianza, que tienen que ver también con la experiencia, con la información y formación suministrada por la empresa y acumulada a través de los años en el mismo puesto de trabajo y realizando de manera monótona las mismas acciones, reduciendo la falta de atención implícita,  asumiendo el riesgo derivado de ellas y obviando la posibilidad de que se produzca un accidente.

Parte de la Doctrina tiene en cuenta en este sentido, a favor del empleado, las acciones realizadas por el trabajador que sufre el accidente, aún habiendo obviado normas de seguridad elementales, si lo ha hecho en aras de agilizar trabajo y en beneficio del proceso productivo de la empresa, aunque no siempre.

Distingue imprudencia simple relacionándola con descuido, cansancio o distracciones y en la que no se cumplen todos los criterios para que sea grave. Se suele inferir en los accidentes in itinere,  que son aquellos que se producen cuando el trabajador se desplaza desde su domicilio y viceversa. La Doctrina en estos accidentes señala que hay que ver las circunstancias de cada caso pues hay algunos en que ocurren por desobedecer normas fundamentales de circulación, habiendo sentencias en ambos sentidos. La somnolencia y el conocimiento del camino hacia y desde el trabajo también entran dentro de esta esfera.

 Nos da varias definiciones jurisprudenciales sobre estos conceptos, nos pone en conocimiento cuando se rompe y cuando no el nexo causal debido a los diferentes elementos objetivos del accidente para determinar si la imprudencia es o no profesional. También nos señala los diferentes comportamientos de la persona previos al accidente y si en el momento de producirse éste estaba en condiciones normales para llevar a cabo dicha tarea.

En cuanto a las Sentencias de los Tribunales, estudia a lo largo de un siglo cómo ha ido cambiando ésta, cómo se han ido asentando y ampliando conocimientos a través de la experiencia de los diferentes casos, del desarrollo de leyes que abarcan mayores campos y están mejor desarrolladas, los adelantos en seguridad, la creación de estudios y puestos específicos en dichos temas en las empresas y cómo aún sigue habiendo resoluciones  opuestas para casos muy similares o para el mismo, según se recurra en diferentes instancias, reconociendo siempre que es bastante complicado muchas veces debido a pequeños detalles posicionarse a un lado u otro de la balanza.

La conducta previa del accidentado es muy importante y de ella va a depender en gran parte el resultado de la sentencia, pues se estudia si éste actuó con la debida diligencia y cuidado, observando en todo momento las normas de seguridad habilitadas y facilitadas por la empresa, salvo que sea in itinere,  su seguridad personal y la de los que están a su alrededor y no llevar a cabo una conducta con total desprecio al riesgo, al peligro y a la vida misma que conlleva la tarea que tiene encomendada según las funciones que desempeña en su puesto de trabajo. Esta conducta debiera ser, para ser considerada imprudencia profesional, vista como un error o una impericia que se pudiera dar en la mayoría de las personas.

Nos hace ver que muchas veces el error se comete por una falta de atención debido a la monotonía, repetición y la confianza que genera el hacer las mismas acciones durante largos periodos de tiempo.

También hace mención a la ingesta de alcohol y sustancias estupefacientes en los accidentes laborales y si éstas rompen el nexo causal o no de la acción poniendo el acento en si algunas se toman por prescripción médica y tiene conocimiento la empresa o debiera tener por parte del trabajador o del personal sanitario, o se toman de manera ocasional para ocio y disfrute, y llegados a ponerse en disposición de realizar las funciones propias del trabajo, siendo los efectos evidentes de estas sustancias y  observados por los responsables o jefes, no dar éstos órdenes directas, claras y concisas de no realizar función o trabajo alguno por parte de ese trabajador.

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