Revocacion De Sentencia
juliorico13 de Noviembre de 2014
8.855 Palabras (36 Páginas)182 Visitas
MODELO DE RECURSO DE REPOSICION Y APELACION EN SUBSIDIO, ANTE DENEGACION DE ACLARACIONES DE PERICIA CONTABLE EN EL PROCESO EJECUTIVO.
Publicado el noviembre 1, 2011
PLANTEA REVOCATORIA-APELA EN SUBSIDIO.
Juzgado en lo civil y comercial N° 12
Señor Juez:
HUMBERTO MARIO EDUARDO, por su propio derecho, con casado en segundas nupcias con doña Marcela Lucía, con domicilio real en calle Venezuela número 1450 de la ciudad y partido de Ensenada, y con domicilio constituido en estos obrados, con el patrocinio letrado de AbogadoLonghi T° 544 F° 122 del CALP, en los autos caratulados“BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES c/ Humberto Mario Eduardo s/Cobro Ejecutivo” (Expediente 559) a V.S. muy respetuosamente me presento y digo:
Que vengo por el presente a plantear revocatoria de la providencia de 21 de Octubre de 2011 y a apelar en subsidio bajo las siguientes consideraciones:
SOLICITA REVOCATORIA
I- En primer lugar esta parte debe señalar que pidió aclaraciones de pericia contable debido al traslado conferido por ley y si bien es cierto que no ofrecí la prueba pericial contable no es menos cierto que de la excepción de inhabilidad de titulo interpuesta se deduce claramente; no obstante señalo que la parte ejecutante la ofreció con posterioridad a la traba de la litis al momento de que Su Señoría le diera traslado de las excepciones opuestas. Es decir que esta parte como ejecutado en estos obrados se vio disminuida en la defensa y en la prueba. Por ello considero pertinente solicitar aclaraciones de pericia contable ya que si bien no fue ofrecida la prueba directamente el traslado de la pericia ordenado por ley asiste a esta parte en el derecho de defensa y la resolución que desestima el pedido de aclaraciones genera un efecto no querido por SS, es decir, afectación del derecho de defensa de esta parte.
II- Asimismo debo decir que al momento de que Su Señoría dicto la providencia de apertura a prueba el 7/4/2009 lo fue por la existencia de hechos controvertidos y esta parte en la excepción de inhabilidad de titulo observo en forma exhaustiva la documentación con la que la ejecutante pretende llevar adelante la acción. Y como defensa interpuesta se analizo cada uno de los documentos de la actora para esgrimir porque los títulos de la ejecutante son inhábiles para ejecutar. Resumiendo, como diría Sabina, la excepción de inhabilidad de titulo interpuesta fue para dejar en claro los defectos extrínsecos de los documentos de la accionante, POR ELLO SE FUNDA EL PEDIDO DE ACLARACIONES DE PERICIA CONTABLE BASADOS EN LA EXCEPCION DE INHABILIDAD DE TITULO INTERPUESTA; Por consiguiente Usía, un efecto no querido por la providencia que desestima el pedido de aclaraciones de pericia contable, es desestimar, de forma inconsciente, no premeditada, no elaborada, no querida, la excepción de inhabilidad de titulo sin sentencia.
Para ser claros el pedido de aclaraciones de pericia contable tiene como base la defensa interpuesta y conforme a derecho por esta parte. Por estas consideraciones se solicita se revoque por contrario imperio la resolución recurrida y se de traslado al perito contador a los efectos de que conteste las aclaraciones formuladas en tiempo y forma.
APELA EN SUBSIDIO
Sin perjuicio de la revocatoria planteada apelo en subsidio a la alzada.
MANIFIESTA
Asimismo la resolución que se recurre reza que se afecta el buen orden del proceso; Su Señoría no puedo dejar de decir que el buen orden del proceso lo afecta la ejecutante pues esta parte celebra amargamente 10 años de embargo sobre mi propiedad; si la causa por la que se me pretende ejecutar lleva 10 años en este juzgado y no es responsabilidad de esta parte esos 10 años de afectación del buen orden del proceso, recordemos que en el transcurso de estos 10 años el Banco de la provincia de Buenos Aires, la ejecutante, debió allanarse según auto de 16/5/2006 a un planteo de nulidad esgrimido por esta parte. Es decir la demandante es quien afecto el buen orden del proceso en todos estos años, y lo más probable es que muera antes de tener una sentencia justa. Pido se tenga presente.
PERICIA CALIGRAFICA
Se solicita a SS, se designe perito calígrafo de oficio a los efectos de producir la prueba ofrecida en la excepción de falsedad de titulo.
PETITORIO
1-Se tenga por presentado el recurso de revocatoria en tiempo y forma.
2-Se tenga por deducida la apelación en subsidio.
3-Se tenga presente la manifestación indicada.
4-Oportunamente se de traslado al perito contador.
PROVEER DE CONFORMIDAD.
ES JUSTO.
RECURSO DE REVOCACIÓN
EXPEDIENTE NÚMERO: ______
CIUDADANO JUEZ ____ DE LO FAMILIAR
DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DEL DISTRITO FEDERAL
______________________ promoviendo en los autos del juicio señalado al rubro, ante usted respetuosamente manifiesto:
Vengo a interponer RECURSO DE REVOCACIÓN contra del decreto pronunciado por usted el día de ayer, por el cual (mencionar el contenido del decreto).
Dicho decreto viola el artículo (expresar el precepto legal violado) en virtud de que (exponer las consideraciones que prueban la violación).
Por lo anteriormente expuesto y fundado, A USTED CIUDADANO JUEZ, atentamente pido se sirva:
ÚNICO. Sirva admitir el recurso de revocación que interpongo resolverlo conforme a derecho.
PROTESTO CONFORME A DERECHO
En la Ciudad de México, Distrito Federal a ___de _________de_______.
(FIRMA DEL QUE SUSCRIBE)
Recurso de
EXP: 1375/08
JUICIO: EJECUTIVO MERCATIL
MARCO ANTONIO GRIJALVA OROS
VS
JOSE RAMON YESCAS REINA
ASUNTO: RECURSO DE REVOCACION
C. JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO CIVIL
PRESENTE:
MARCO ANTONIO GRIJALVA OROS, de generales conocidas y personalidad acreditada en el expediente citado al rubro, ante usted respetuosamente comparezco y expongo:
Que por medio del presente escrito y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 227, 228,229,230 del Código FEDE
RAL de Procedimientos Civiles, ocurro en tiempo y forma a interponer RECURSO DE REVOCACIÓN en contra del auto con fecha 28 DE ABRIL DEL 2009, mediante el cual este juzgado admite el incidente deNulidad referente a las actuaciones y notificaciones llevadas a cabo en el presente juicio , en virtud de que éste me causa agravios, que a continuación expongo:
AGRAVIOS
PRIMERO: la admisión improcedente del incidente de nulidad respecto de las actuaciones y notificaciones, en virtud en que El 30 de Diciembre de 2008, quedó publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones delCódigo de Comercio, tal y como a continuación se señala:
Que por decreto se modifico y reformo el artículo 1054 del Código de Comercio
1054 DEL CODIGO DE COMERCIO REFORMADO
:
Artículo 1054. En caso de no existir convenio de las partes sobre el procedimiento ante tribunales en los términos de los anteriores artículos, salvo que las leyes mercantiles establezcan un procedimiento especial o una supletoriedad expresa, los juicios mercantiles se regirán por las disposiciones de este libro y, en su defecto, se aplicará supletoriamente el Código Federal de Procedimientos Civiles y en caso de que no regule suficientemente la institución cuya supletoriedad se requiera, la ley de procedimientos local respectiva.
Razonamientos lógico-jurídicos por los cuales se considera que la resolución impugnada no se apega a lo que la ley señala para el caso que se resuelve, y que, por tanto, debe revocarse.
De dicha interpretación jurídica tenemos que el incidententista fundamenta los artículos 1349, 1350, 1351, 1352,1353 del código de comercio.
de dichos artículos no se especifica el incidente invocado de donde establece los juicios mercantiles se regirán
por las disposiciones de este libro y, en su defecto, se aplicará supletoriamente el Código Federal de Procedimientos Civiles y en caso de que no regule suficientemente la institución cuya supletoriedad se requiera, la ley de procedimientos local respectiva.
Y por tal principio se suple improcedentemente los artículos 154, y 155 del código de procedimientos civiles para el Estado de Sonora, siendo estos NO UN Fundamento para promover dicho incidente
SEGUNDO: EL AUTO DE FECHA VEINTIOCHO DE ABRIL DEL 2009 me causa un agravio en razón en la cual este Juzgado de manera totalmente improcedente acordó y Firmo la C. juez ante el secretario de acuerdos de este H. Juzgado el auto que se viene Revocando en virtud de, que de manera improcedente fundamentan dicha
...