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SEÑOR JUEZ DE GARANTÍAS CONSTITUCIONALES.


Enviado por   •  22 de Noviembre de 2016  •  Apuntes  •  5.604 Palabras (23 Páginas)  •  301 Visitas

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SEÑOR JUEZ DE GARANTÍAS CONSTITUCIONALES

Yo, SEGUNDO GUALOTUÑA LLUMIQUINGA, portador de la cédula de ciudadanía No. 1704401460, mayor de edad, de estado civil casado, de nacionalidad ecuatoriana, de profesión Militar en Servicio Pasivo, domiciliado en la ciudad de Quito, Provincia d Pichincha ante Usted, comedidamente comparezco y propongo la siguiente ACCIÓN DE PROTECIÓN, conforme lo establecen los artículos 86, numeral 1, 2, 3, 4 y 5; y Art. 88 y siguientes de la Constitución de la República del Ecuador.

I

NOMBRES Y APELLIDOS DE LA PERSONA ACCIONANTE

El accionante, es el señor SEGUNDO GUALOTUÑA LLUMIQUINGA, cuyas generales de ley quedan especificadas en el párrafo anterior, legalmente capaz y consciente de sus derechos constitucionales; y, beneficiario de la Ley 83. “LEY DE GRATITUD Y RECONOCIMIENTO NACIONAL A LOS COMBATIENTES DEL CONFLICTO BELICO DE 1995, AHORA DISPOSICION FINAL SEGUNDA” DE LA LEY DE HEROES Y HEROINAS NACIONALES

II

NOMBRE Y APELLIDOS DE LOS ACCIONADOS

Los accionados son las siguientes personas:

El Ministro de Defensa Nacional, Economista Ricardo Armando Patiño Aroca; y,

El Dr. Diego Rafael Madero Poveda, Director de Secretaria General, del Ministerio de Defensa Nacional.

III

FUNDAMENTOS DE HECHO

Con apego al debido proceso, debe ser de su conocimiento señor Juez Constitucional, que:

  1. En el Conflicto del Alto del Cenepa de 1995, en el mes de febrero del 1995, ingrese a la primera línea de combate en el sector del “VALLE DEL CENEPA”, como integrante del escuadrón “CENTAURO” al mando del señor Mayor Hegel Peñaherrera, en ese entonces, luego me ordeno integrarme al PUESTO DE OBSERVACION AVANZADO, al mando del señor Capitán Jorge Aníbal Ortiz Cifuentes, puesto de observación ubicado frente al destacamento peruano “SOLDADO PASTOR” nuestra misión era la de observa las acciones y detener el avance del enemigo peruano, hacia nuestro territorio, a fin de que el Escalón Superior, determine las operaciones en misiones de guerra.
  2. Luego de haber permanecido algunas semanas en esta posición de combate y realizar misiones de reconocimiento y hostigamiento al enemigo peruano, el día lunes 27 de marzo de 1995, aproximadamente a las 12 hora con cincuenta minutos, fuimos descubiertos por una patrulla peruana, la misma que nos ataco, por la Dirección del Observatorio No. 1, dando el aviso en forma oportuna e inmediata con disparos en el cuerpo del Sargento Mendoza, muriendo de contado, herido el Cabo Colcha Luis, en las piernas y también fui herido en la pierna izquierda por un proyectil, disparado por el enemigo peruano, que quería ingresar a territorio ecuatoriano, procedí a salir de ese lugar de combate, para recibir los primeros auxilios por parte del Aspirante a Oficial medico Galo Molina.
  3. El acto relevante consta en el informe o parte de guerra, suscrito por mi Mayor Gustavo Salazar, Comandante del Primer Equipo de Combate “CENTAURO”, que dice: “…. Luego de aproximadamente 30 minutos el enemigo volvió a atacar siendo rechazados valerosamente por nuestros soldados, durante este ataque cayó muerto el Sgop. Edison Mendoza y fueron heridos el Sgop. Segundo Gualotuña y el señor Cbos. Luis Colcha. El señor Sgop. Gualotuña fui el único que alcanzo a replegar, con ayuda del aspirante Luna Luis, quien me dio la mano para que me apoye y pueda salir hacia atrás para recibir los primeros auxilios, mientras que el señor Sgop. Mendoza y el señor Cbos. Colcha no pudieron ser evacuados por la situación imperante en esos momentos, pues se recibía intenso fuego el sector sur y oeste…

  4. Por estas acciones relevantes de valor y solidaridad, igualmente la institución militar me otorga otro RECONOCIMIENTO que es un  ENCOMNIO SOLEMNE, según  Orden General No. 158 de fecha 08 de septiembre de 1995, por haber demostrado patriotismo en el Conflicto Alto Cenepa, así mismo se me otorga otra Condecoración “CABO LUIS MINACHO” SEGUNDA CLASE, por haber demostrado actos relevantes durante el Conflicto del Alto Cenepa, mediante Acuerdo Ministerial No. 502 de fecha 15 de Agosto de 1995. En el año de 1995 las Fuerzas Armadas me dan dos condecoraciones por el Conflicto del Alto Cenepa

  5. Conforme se evidencia de los actos administrativos de reconocimientos, y del INFORME MILITAR DE GUERRA, como también del INFORME DE HERIDOS EN COMBATE EL 27 DE MARZO DE 1995  del Señor Mayor Gustavo Salazar Castro, resalta el acto relevante demostrado por mí, con valentía, defendiendo con dignidad la soberanía e integridad territorial del Estado, en dicho conflicto, ofrende mi vida por nuestro país, salgo herido en combate real y efectivo, conforme consta en mencionado informe Y DECLARACIÓN JURAMENTADA DE MI MAYOR GUSTAVO SALAZAR y está registrado en la tarjeta de identificación militar, de “HERIDO EN COMBATE”.

6. Siendo herido en combate y habiendo recibido dos (2) condecoraciones por el CONFLICTO DEL ALTO CENEPA  en el año de 1995. EN LOS LISTADOS QUE ENVÍA EL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL AL CONSEJO DE PARTICIPACION CIUDADANA NO CONSTA MI NOMBRE, NI APELLIDO NI MI NÚMERO DE CÉDULA, NUNCA ME HAN REGISTRADO MI ACTUACIÓN EN DEFENSA DE NUESTRO PAÍS HABIENDO REALIZADO ACTOS RELEVANTES.

7. El primero de febrero de 1981, realice el SALTO DE COMBATE, en el sector de Mayaycu Viejo, área del conflicto del Paquisha, Mayaycu y Machinaza, primer salto de combate en Sudamérica y Segundo en el Mundo, RAZÓN POR LA CUAL LA INSTITUCIÓN MILITAR ME OTORGO UN ENCOMIO SOLEMNE, MEDIANTE LA ORDEN GENERAL NO. 097 DE FECHA 2 DE JUNIO DE 1981, POR MI BRILLANTE ACTUACIÓN EN EL CONFLICTO INTERNACIONAL CON EL PERÚ, DEMOSTRANDO UN ALTO ESPÍRITU MILITAR Y SACRIFICADO CUMPLIMIENTO DEL DEBER. 

  1. Por todo lo expuesto y al amparo de la normativa legal y reglamentaria, solicito se me acredite a Héroe Nacional, por los actos únicos de valor y entrega. Y por haber estado en las dos (2) guerras internacionales con el Perú en la Cordillera del Cóndor en el año de 1981 como también en el Conflicto Bélico del Alto Cenepa en el año de 1995 como se encuentran verificadas y certificadas en los referidos documentos.  

  2. Para tal efecto a de estimar su Autoridad conveniente, solicito se requiera la documentación pertinente, de conformidad al amparo del art. 9 numeral 4 del Reglamento a la Ley de Reconocimiento a Héroes y Heroínas Nacionales.

IV

ACTO ADMINISTRATIVO ILEGITIMO DE AUTORIDAD PÚBLICA, QUE ES IMPUGNADO EN ESTA ACCION DE PROTECCION.

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