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Sala de Casación Penal


Enviado por   •  4 de Junio de 2015  •  Tesis  •  1.179 Palabras (5 Páginas)  •  182 Visitas

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Honorables Magistrados

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Sala de Casación Penal

Magistrado Ponente: Dr. ALFREDO GÓMEZ QUINTERO

E. S. D.

Referencia: Sumario de única instancia No.27539.

Sindicado: SILFREDO MORALES ALTAMAR, Ex Alcalde Municipio MARÍA LA BAJA - HOY REPRESENTANTE A LA CÁMARA

Cuestión: Alegaciones previas a la calificación del mérito de la investigación.

JAIRO SALGADO QUINTERO, en mi condición de representante del Ministerio Público dentro del trámite señalado en la referencia y teniendo en cuenta lo normado de manera específica en los artículos 122 y 393 del Estatuto Procesal Penal aplicable al presente asunto, es decir, la Ley 600 de 2000, a través del presente memorial me permito alegar de conclusión, con el objeto de exteriorizar el criterio de la Delegada que regento en punto del sentido de la calificación del mérito del sumario que se adelantó respecto del ciudadano SILFREDO MORALES ALTAMAR, ex Alcalde del Municipio de María la Baja Departamento de Bolívar, quien hoy ejerce como Representante a la Cámara, investigado por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación.

I. HECHOS

Con fecha 28 de noviembre de 2005, el señor ADALBERTO MARIMON PÉREZ, alcalde electo del Municipio de MARÍA LA BAJA, para la época, denunció irregularidades detectadas en su administración ante la Fiscalía Seccional de Cartagena relacionadas con el contrato No. 033 del 27 de abril de 2002, suscrito por su antecesor SILFREDO MORALES ALTAMAR, en asocio con ECOPETROL y el contratista arquitecto Fernando Villadiego, en cuyo trámite intervinieron otros funcionarios de la administración municipal, por violación al régimen legal de contratación y penal, referido a la celebración de contratos sin el lleno de requisitos legales y peculado por apropiación a favor de terceros, en cuantía de $15.898.375, más el costo indirecto que debe imputarse conforme al contrato para un valor de $ $19.250.000. Esta denuncia la soporta con el informe signado por el Ingeniero Civil Señor CESAR MANJARRES, asesor de la Oficina de Planeación y Obras de María la Baja.

Por último, la administración celebró otro contrato de suministro con MAURICIO MARTÍNEZ COLORADO, por valor de $6.965.000 para adquirir materiales con destino a la misma obra contratada con Villadiego.

II. ANTECEDENTES

El 19 de diciembre de 2005 se dispuso apertura de instrucción en contra de SILFREDO MORALES ALTAMAR, PALMIRO TORRES CARMONA y FERNANDO VILLADIEGO, por la posible comisión de los delitos de celebración de contratos sin el lleno de los requisitos legales y peculado por apropiación.

Mediante el Informe 893 de marzo 28 de 2006 realizado por el CTI, se entera a la Fiscalía Seccional de la consecución de los soportes del Contrato 033 en las oficinas de la Alcaldía Municipal, logrando que éstos se entregaran en el archivo General de María la Baja el día 14 de febrero de 2006, mediante inspección judicial , sin que se hayan encontrado las actas de iniciación, ni de avances de obra, como tampoco soportes contables en relación con el contrato en referencia, ubicándose sí el CONVENIO INTERADMINISTRATIVO.

En relación con la visita física realizada por los investigadores, se informa del deterioro de la obra, tanto por parte de la comunidad como por parte de la nueva administración y concluyen que la obra no se cumplió en su totalidad, precisando que las 28 lámparas cuyo valor asciende a $15.400.000 no fueron instaladas, de lo cual dio cuenta el propio contratista que acompañó la inspección, quien adujo que no había los postes de concreto para colocarlas, ni tampoco los registros y el cableado eléctrico en el campo las Delicias.

La Fiscalía Seccional 18 de Cartagena, en consideración a que el señor

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