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Seguridad E Higiene Industrial

Ortegagene22 de Junio de 2015

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INSTITUTO REGULADOR DE LA SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL

El Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, fué creado en 1986 y a partir de 2002 recibe apoyo directo de ejecutivo nacional; entre sus funciones principales están:

1. Vigilar y fiscalizar el cumplimiento de las normas

2. Prestar asistencia técnica a empleadores y trabajadores

3. Substanciar informes técnicos

4. Promoción, educación e investigación en materia de salud ocupacional

Actualmente la seguridad e higiene industrial es regulada a través de la LOPCYMAT; El objetivo de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y su Reglamento es garantizar a los trabajadores condiciones y prevención, salud, seguridad y bienestar en el trabajo. Cualquier organización, sea esta una sociedad civil mercantil o de cualquier otra naturaleza está en la obligación de cumplir con lo establecido en la LOPCYMAT y su Reglamento, por cuanto lo que da origen a la obligación es la relación de dependencia laboral que exista entre uno o varios trabajadores con su patrono.

A continuación se presentan los link para ingresar a INPSASEL y a la LOPCYMAT respectivamente:

http://www.inpsasel.gov.ve/ a través de este portal se pueden obtener directrices para reportar accidentes laborales, creación de comité de seguridad y salud laboral; entre otras.

http://www.inpsasel.gov.ve/paginas/lopcymat.htm en este portal se documenta la normativa legal que regula las disposiciones en cuanto a seguridad y salud laboral se refiere.

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ORGANISMO ENCARGADO DE ESTABLECER NORMATIVAS EN VENEZUELA

En Venezuela las normativas son regidas a través de COVENIN, la cual establece los aspectos que se deberán contemplar en la elaboración y seguimiento de un Programa de Higiene y Seguridad Industrial y los lineamientos se encuentran establecidos en la Norma Venezolana COVENIN 2270:1995.

Las normas básicas de Seguridad, Higiene y Ambiente son las siguientes:

• Aspectos generales del programa de Seguridad Higiene y Ambiente (Normas Venezolanas COVENIN 2260-88).

• Guía para la elaboración de planes para el control de emergencias (Normas Venezolanas COVENIN 2226-90).

• Terminología. Prevención y protección contra incendios (Normas Venezolanas COVENIN 3438-99).

• Extintores portátiles. Generalidades (Normas Venezolanas COVENIN 1040-89).

En el siguiente link se encuentra un catálogo de normas COVENIN básicas:

http://www.proseguridad.com.ve/html/covenin.html

Publicado por Franklin Pinto en 4:24 No hay comentarios:

EVOLUCIÓN DE LA SEGURIDAD E HIGIENE EN VENEZUELA

En 1905 se comienzan a dar los primeros pasos en Venezuela cuando se crea un artículo especial sobre los riesgos profesionales en el código de política del Estado Táchira.

Para el año 1920 se crea la primera ley del trabajo en Venezuela, pero para el año 1936 con la promulgación de una nueva ley del trabajo si se comenzaron a establecer verdaderas leyes sobre la prevención de accidentes.

Estas leyes fueron apoyadas por otros organismos como el ministerio del trabajo y el consejo venezolano de prevención de accidentes que fue fundado en el año de 1959, cuyo objetivo principal es la estimulación y promoción de técnicas que ayuden a la disminución de accidentes.

En el año 1955 se creo una sección en el ministerio de sanidad, esta fue llamada sección de higiene ocupacional, la cual está adscrita a la división de Ingeniería Sanitaria.

En el año 1968 se decreta el reglamento de las condiciones de higiene y seguridad industrial, este reglamento tendría una vigencia de unos 5 años ya que fue reformado para el año 1973.

Para terminar de tener un marco legal se crea en 1986 la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT).

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HIGIENE INDUSTRIAL

Es la ciencia y el arte dedicados al conocimiento, evolución y control de aquellos factores ambientales o tensiones emanadas o provocadas por o con motivo del trabajo y que pueden ocasionar enfermedades, afectar la salud y el bienestar, o crear algún malestar significativo entre los trabajadores o los ciudadanos de la ciudad.

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MARTES, 20 DE NOVIEMBRE DE 2007

SEGURIDAD INDUSTRIAL

Según las Normas Venezolanas COVENIN 2270-88, la Seguridad Industrial “es el conjunto de principios, leyes, criterios y normas formuladas cuyo objetivo es el de controlar el riesgo de accidentes y daños, tanto a las personas como a los equipos y materiales que intervienen en el desarrollo de toda actividad productiva.

Publicado por Franklin Pinto en 15:19

Indice

1. Introducción

2. Antecedentes históricos del desarrollo de la seguridad.

3. Higiene y seguridad en Venezuela.

4. Enfermedades y accidentes profesionales.

5. La seguridad industrial.

6. La higiene en las industrias

7. Papel del experto en capital humano y del experto en seguridad laboral.

1. Introducción

Uno de los aspectos más importantes tomar en cuenta de los integrantes de una organización es su estado de salud, que según la Organización Mundial de Salud, abarca bienestar físico, mental y social para llegar a pleno desarrollo del individuo. Si los trabajadores no se sienten bien, su trajo no será eficaz, creando así un círculo vicioso.

En cuanto a los materiales de trabajo usados en las organizaciones, para conservar su óptimo funcionamiento se realizan dos tipos de mantenimiento:

Mantenimiento preventivo: para evitar la descomposición de los equipos, se mantienen en constantes revisiones y cuidados.

Mantenimiento correctivo: se da cuando los equipos presentan alguna falla y es necesario hacer reparaciones para su buen funcionamiento.

Unos de los grandes problemas presentes en las organizaciones es la morbilidad (cantidad de personas que se enferman al año), ya que eso hace que los empleados se ausenten de sus puestos y acarrea gastos para la organización, lo cual implica una baja en la producción.

2. Antecedentes históricos del desarrollo de la seguridad.

El desarrollo de la seguridad se inició a fines del siglo antepasado, cuando el estudio de aspectos ambientales y mecánicos a través de la ingeniería e higiene industrial obtuvo considerables éxitos al disminuir el ambiente inanimado de trabajo.

Décadas después lo expertos se percataron que a través de la capacitación y la supervisión involucrarían al personal en el esfuerzo preventivo de accidentes. Esto disminuiría notablemente los percances. Después de más observaciones los expertos se dieron cuenta que la supervisión, capacitación, pláticas, folletos, carteles y otro medios usados para entrenar al personal en el uso correcto de los recursos a fin de evitar accidentes eran insuficientes para controlar al factor humano de las organizaciones.

Nueve de cada diez accidentes en el trabajo recaían en la inseguridad que presentaban algunos trabajadores al realizar su trabajo.

Después de varios estudios biológicos, psicológicos y de destrezas y habilidades se llegó a una conclusión los accidentes en el trabajo no están determinados únicamente por características biológicas y psicológicas insuficientes sino por otras variables que situaban al accidente como una expresión o síntoma de mala adaptación coincidente con un bajo rendimiento y una conducta inadecuada.

En resumen, la siniestralidad constituye una sintomatología ocasionada por la deficiente integración del individuo con los variados elementos de su ambiente laboral, familiar y extralaboral.

Algunas organizaciones no invierten en la capacitación de sus trabajadores ni en el desarrollo de programas de prevención de riesgos argumentando muchísimas barreras, tales como, falta de infraestructura y asistencia técnica, falta de recursos económicos, etc.

3. Higiene y seguridad en Venezuela.

En 1905 que se comienza a dar los primeros pasos en Venezuela cuando se crea un artículo especial sobre los riesgos profesionales en el código de política del estado Táchira.

De aquí partió la creación de una ley de sociedades cooperativas y una ley de talleres y establecimientos públicos que determino las primeras normas que garantizaban el bienestar de las personas que laboraban para el año 1917, entre estas normas se regularizó y los días feriados.

Para el año 1920 se crea la primera ley del trabajo en Venezuela, esta realmente no establecía una verdadera legislación en lo que respecta a la prevención de accidentes; pero para el año 1936 con la promulgación de una nueva ley del trabajo si se comenzaron a establecer verdaderas leyes sobre la prevención de accidentes.

En esta ley de seguros sociales se establecen indemnizaciones por enfermedades, maternidad (incluyendo permisos PRE y post-natal), accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y vejes a sobrevivientes, invalidez y paros forzosos.

Estas leyes de seguros sociales fueron apoyadas por otros organismos como el ministerio del trabajo y el consejo venezolano de prevención de accidentes que fue fundado con el año 1959, cuyo objetivo principal es la estimulación y promoción de técnicas que ayuden a la disminución de accidentes para crear un medio ambiente de trabajo seguro para sus empleados,

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