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Seguridad Escolar Chile

yesseniacm904 de Septiembre de 2014

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SEGURIDAD ESCOLAR:

Conjunto de condiciones, medidas y acciones enfocadas al desarrollo del autocuidado y la prevención de riesgos en la comunidad educativa, como medidas de preparación para anticiparse y minimizar daño.

Este concepto, implica que la comunidad educativa, en su conjunto, sea capaz de comprender y desarrollar recursos para identificar los riesgos, evitarlos, mitigarlos, y de responder en forma efectiva ante sus consecuencias.

¿QUE ES UN ACCIDENTES ESCOLAR?

Toda lesión que un/a estudiante sufra a causa o con ocasión de sus estudios o de la realización de su práctica profesional o educacional, y que le produzca incapacidad o muerte, también se consideran los de trayecto directo de ida o regreso de su casa y el establecimiento.

PARA ESO ESTÁ

SEGURO DE ACCIDENTES ESCOLARES (Decreto supremo N° 313/1973 Ley N° 16.744).

BENEFICIARIOS:

Todos los/as alumnos/as regulares de establecimientos municipales, particulares subvencionados, particulares no subvencionados, de nivel transición de la Educación Parvularia, Básica, Media, Técnico Profesional, Universitaria e Institutos Profesionales dependientes del Estado o reconocidos por éste.

BENEFICIOS:

Las prestaciones médicas son administradas por el Servicio de Salud Pública y las prestaciones por concepto de pensiones, por el Instituto de Seguridad Laboral (ex INP).

• Atención médica, quirúrgica y dental en establecimientos del sistema Nacional de Servicios de Salud.

• Hospitalizaciones.

• Medicamentos y productos farmacéuticos.

• Prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación.

• Rehabilitación física y reeducación profesional.

• Gastos de traslado y cualquier otro necesario para el otorgamiento de estas prestaciones.

• Pensiones de invalidez.

• Cuota mortuoria.

¿QUIÉN REALIZA LA DENUNCIA?

El director/a del establecimiento educacional u otro docente directivo

El Médico a quién corresponda conocer y tratar un accidente escolar.

En caso de que el establecimiento no efectuare la denuncia dentro de las 24 hrs. Siguientes al accidente, podrá hacerla el propio, accidentado o quién lo represente.

¿CÓMO REALIZAR LA DENUNCIA?

Todo accidente escolar deberá ser denunciado al Servicio de Salud en un formulario denominado Declaración Individual de Accidente Escolar, emitido por el Instituto de Seguridad Laboral (ex INP) u otro documento similar aprobado por el respectivo servicio.

¿CÓMO SE ACREDITA EL ACCIDENTE DE TRAYECTO?

Para acreditar un accidente de trayecto directo de ida o regreso, entre la casa y establecimiento educacional o la práctica profesional, servirá el parte de Carabineros, la declaración de testigos presenciales o cualquier otro medio de prueba igualmente fehaciente

PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTE ESCOLAR:

ACCIDENTE DE TRAYECTO

Si un estudiante sufre un accidente durante el trayecto directo, desde su casa al colegio o viceversa, será responsabilidad del apoderado y/o alumno informar al establecimiento de este hecho, con el fin de recibir el formulario de declaración individual de Accidente Escolar, para acceder a las prestaciones médicas correspondientes.

ACCIDENTE FUERA DEL COLEGIO

Durante una salida pedagógica fuera del establecimiento, los alumnos también se encuentran cubiertos por el seguro escolar, en consecuencia, de sufrir algún accidente el profesor encargado de la actividad deberá canalizar las acciones a seguir. (Es importante prever mecanismos de autorización y de comunicación durante una salida de este tipo).

ACCIDENTES LEVES O MALESTARES

Son del tipo hematomas, torceduras, contusiones leves, roces, erosiones, malestares

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