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Sistema Financiero Internacional

SpyTaku29924 de Septiembre de 2014

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SISTEMA FINANCIERO INTERNACIONAL

Los sistemas financieros dentro del propio panorama económico nacional, así como en un sentido internacional, juegan un papel muy importante dentro del desarrollo de la economía. En un sentido doctrinal o conceptual, se dice que se ve constituido por diferentes tipos de intermediarios y mercados financieros, por lo cuales, un número variado de instrumentos hacen posible el ahorro hacia usos que produzcan mejores resultados. Por ende, se conoce que los intermediarios más comunes son las instituciones bancarias, las cuales ofrecen en un sentido directo, servicios de financiamiento al público en general y forman a su vez, parte importante y vital del sistema de pagos. Mas sin embargo, las instituciones de la banca, no son los únicos organismos intermediarios dentro de un sistema financiero que ofrecen servicios en beneficio de las necesidades económicas-sociales.

El sistema financiero que se encuentro inmerso en la estabilidad, la competitividad y la innovación, tiende a ayudar al crecimiento económico y al bienestar social. Para el logro de dichos objetivos, es necesario que se cuente con una solidez dentro del marco institucional, así como el empleo de una regulación y supervisión financiero que salvaguarden la integridad del mismo sistema, y que puedan proteger por sobre todas las cosas, el bienestar de la sociedad. En base a lo anterior, en México, el Banco de México tiene como una de sus metas, el promover el sano desarrollo del sistema financiero.

ESTRUCTURA DEL SISTEMA FINANCIERO MEXICANO

A lo largo de la historia, e México, sus sistema financiero ha tratado de dar respuestas a las necesidades económicas básicas del ciudadano mexicano a través de las diversas instituciones que la integran, las cuales con el transcurso del tiempo y los avances tecnológicos, han adquirido una nueva mentalidad en cuanto cómo deben actuar en el panorama mundial, siendo más agresivos, profesionales, eficientes y ofreciendo servicios de primera calidad, tendiendo a la competitividad perfecta.

El sistema financiero en nuestro país ha logrado el tener un desarrollo en cuanto a los requerimientos impuestos por los mercados en actúan el él. Dichos mercado, por su misma complejidad no han logrado que se permita tener una división clara y definida en cuando a la parte o las partes del mercado que correspondan a cada tipo de intermediación, pues se encaminan a una mejor integración y complementación de intermediarios. Es sabido que nuestro gran sistema financiero, debe verse implicado el Mercado de Valores.

Definición:

Puede concebirse al Sistema Financiero Mexicano en un sentido doctrinal, como:

“Conjunto de leyes, reglamentos, organismos e instituciones que generan, captan, administran, orientan y dirigen, tanto el ahorro como la inversión, y financiamiento dentro de un marco legal de referencia, en el contexto político - económico que brinda nuestro país.”

Asimismo, constituye el gran mercado donde se contactan oferentes y demandantes de recursos monetarios.

Estructura:

La estructura del Sistema Financiero Mexicano, se encuentra compuesto por un conjunto de organismos con funciones específicas y vinculadas entre sí, las cuales al trabajar de forma adecuada producen resultantes. En nuestro sistema financiero la autoridad máxima sigue siendo la Secretaria de Hacienda y Crédito Público en lo concerniente a la rectoría del sistema y su fiscalización, gracias a la Administración Especial de Auditoría Fiscal.

De igual manera, dentro de la estructura del sistema, el Banco de México regula el funcionamiento del sistema financiero; a su vez, la inspección y vigilancia corresponde a:

a) I.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).

b) II.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. (CNSF)

c) III.- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro. (CONSAR).

Así se produce la conformación de tres grandes bloques, que son supervisados por cada una de las Comisiones respectivamente, identificados como:

a) Organizaciones Bancarias, Financieras y Bursátiles,

b) Organizaciones de Seguros y Fianzas, y

c) Sociedades de Inversión Especializada de Fondos para el Retiro (SIEFORE) y las Administradoras de Fondos de Retiro (AFORE), las Instituciones participantes en el Sistema Financiero Mexicano, las vamos a clasificar en:

Instituciones Reguladoras

1) Secretaria de Hacienda y Crédito Público

Es la entidad más importante en lo que respecta a la rectoría del sistema financiero, conteniendo sus atribuciones el Articulo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Sus atribuciones corresponden a la aplicación, ejecución e interpretación de los efectos administrativos que sobre la materia existen. También le corresponde la orientación de la política financiera y crediticia de las Instituciones financieras y crediticias del país y de las organizaciones y actividades auxiliares de crédito.

La Ley Orgánica de la Administración Pública en su Artículo 31, establece las funciones de la SHCP, que mencionamos a continuación:

Artículo 31. A la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP) corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

• Dirigir la política monetaria y crediticia.

• Realizar o autorizar las operaciones en que se haga uso del crédito público.

• Planear, coordinar, evaluar y vigilar el sistema bancario del país.

• Ejercer atribuciones señaladas en las leyes en materia de seguros, fianzas, valores y organizaciones y actividades auxiliares de crédito.

• Diseñar la política fiscal.

• Captar ingresos ordinarios y del comercio exterior.

• Administrar la Casa de Moneda.

2) Comisión Nacional Bancaria y de Valores

A manera de introducción, se comenta la evolución de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores a partir de sus antecedentes, como veremos a continuación:

Comisión Nacional Bancaria.- Este organismo fue creado en el mes de enero de 1925 por decreto presidencial con la finalidad de supervisar el funcionamiento de las instituciones financieras afiliadas y así garantizar transparencia en sus operaciones. Dependía directamente de la SHCP.

Comisión Nacional de Valores.- Dependencia de la SHCP, creada por decreto presidencial el 11 de febrero de 1946 que, de acuerdo a lo establecido en el capitulo V de la Ley del Mercado de Valores y sus disposiciones reglamentarias, tenía como objetivo el regular el mercado de valores y vigilar la debida observancia de dichos ordenamientos.

Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- En el Diario Oficial de la Federación publicado el 28 de abril de 1995, aparece el decreto donde se crea la CNBV, como órgano desconcentrado de la SHCP, con autonomía técnica y facultades ejecutivas, teniendo por objeto supervisar y regular, en el ámbito de su competencia, a las entidades financieras, a fin de procurar su estabilidad y correcto funcionamiento, así como mantener y fomentar el sano y equilibrado desarrollo del Sistema Financiero en su conjunto en protección de los intereses del público.

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores es un órgano desconcentrado de la SHCP con autonomía técnica y facultades en los términos de la propia Ley de la CNBV

El objeto de la CNBV. , Es el supervisar y regular a las entidades financieras a fin de procurar su estabilidad y correcto funcionamiento, así como mantener y fomentar el sano y equilibrado desarrollo del sistema financiero en su conjunto, en protección de los intereses del público inversionista.

• Las entidades a las que esta Comisión supervisa son:

• Sociedades controladoras de grupos financieros,

• Instituciones de crédito,

• Casas de bolsa,

• Especialistas bursátiles,

• Bolsas de valores,

• Sociedades Operadoras de Sociedades de Inversión,

• Sociedades de Inversión,

• Almacenes generales de depósito,

• Uniones de crédito,

• Arrendadoras financieras,

• Empresas de factoraje financiero,

• Sociedades de ahorro y préstamo,

• Casas de cambio,

• Sociedades financieras de objeto limitado,

• Instituciones para el depósito de valores,

• Instituciones calificadoras de valores,

• Sociedades de información crediticia,

• Así como, otras instituciones y fideicomisos públicos que realicen actividades financieras y respecto de los cuales la Comisión ejerza facultades de supervisión.

Las atribuciones de la CNBV le son otorgadas por la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (LCNBV, publicada el 28 de abril de 1995) y aquellas que contempla la Ley del Mercado de Valores; de las que podemos destacar las siguientes:

• Realizar la supervisión de las entidades financieras, así como de otras personas morales y personas físicas cuando realicen actividades previstas en las leyes relativas al sistema financiero

• Establecer los criterios conforme a los cuales se precise si una oferta es pública, así como aquellos de aplicación general en el sector financiero acerca de los actos y operaciones que se consideren contrarios a los usos mercantiles, bancarios y bursátiles o sanas practicas de los mercados financieros y dictar las medidas necesarias para que las entidades financieras

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