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Sistema Normativo


Enviado por   •  11 de Octubre de 2013  •  676 Palabras (3 Páginas)  •  1.955 Visitas

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Sistema Normativo

El Derecho como Sistema

El derecho constituye un conjunto de reglas obligatorias de la vida humana en sociedad, a cuyo cumplimiento el sujeto puede ser compelido por la coacción exterior.

El derecho objetivo se manifiesta de manera diversas: leyes, decretos, reglamentos, resoluciones administrativas, edictos, sentencias judiciales, tratados o acuerdos internacionales, contratos, usos y costumbres reconocidos y convalido por la legislación.

Sistema y Norma

Sistema: conjunto de principios, normas o reglas, enlazadas entre si, ordenadas armónicamente y estableci8das con una finalidad.

Norma: regla de conducta, preceptos que regulan coactivamente la conducta humana dentro de la sociedad.

Sistema Normativo: es el sistema deductivo que tiene consecuencias normativas.

Por lo tanto, el sistema jurídico, es el sistema normativo que contiene enunciados prescriptivos, es decir, entre cuyas consecuencias hay normas o soluciones cuyo contenido es un acto coactivo.

Caso y Solución

Caso: es el hecho concreto que se presenta para dar vida o accionar el aparato del derecho

Solución: es la conclusión de un conflicto de intereses, de un problema o dudas

La función de un sistema normativo consiste, pues, en establecer correlaciones deductivas entre casos y soluciones y esto quiere decir que tal conjunto formado por el sistema normati9vo y un enunciado descriptivo de un caso, se deduce el enunciado de una solución.

Las soluciones que nos interesan en este contexto son, por lo tanto, las soluciones genéricas, no las soluciones individuales. (Art. 1989 Código Civil Paraguayo Usucapión).

Propiedades de los Sistemas Normativos – Defectos.

Las propiedades de los sistemas normativos son: la completitud, la independencia de sus axiomas y la coherencia.

Completitud. Un sistema de derecho es completo, si sus normas permiten resolver cualquier problema jurídico consistente en determinar las consecuencias jurídicas de un hecho cualquiera.

El juez no puede rehusarse a su deber con el pretexto de la ausencia de una norma jurídica correspondiente. El mismo (juez) hace por tanto completo el sistema del derecho llenando-según las necesidades-sus lagunas, por medio de una int5erpretación adaptada de las normas jurídicas explícitas.

(Art. 6 Código Civil Paraguayo)

Independencia de los axiomas: esta independencia se da cuando sus verdades no dependen de otra disciplina para dar respuesta a los requerimientos de que es objeto en

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