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Sistema de Emisión de Ordenamientos Jurídicos


Enviado por   •  30 de Enero de 2015  •  Tesis  •  1.717 Palabras (7 Páginas)  •  163 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Los países en su mayoría han adoptado regímenes constitucionales que reconocen la existencia de tres poderes y un catálogo de derechos. Estos elementos se traducen en el ejercicio de un esquema competencial propio de cada poder, integrado por un número de órganos necesarios para el desarrollo eficaz de diversas tareas. La fuente del desempeño gubernamental radica en el derecho, cuya aplicación ha debido instrumentarse en esas dos grandes vertientes: la división de poderes y las garantías individuales.

Debemos tener en cuenta que ningún sistema jurídico en el mundo es absolutamente singular y sin influencia de algún otro. Nuestro sistema jurídico es el resultado de la transculturación derivada por la dominación española y corresponde de manera evidente al modelo de derecho romano-germánico y por esta situación se le considera como un derecho romanista. Como primer punto trataremos el tema siguiente “¿qué es el sistema jurídico Mexicano?”, y “¿cómo está organizado el sistema Jurídico Mexicano?”, es un punto clave aquí se mencionarán de manera general y sintetizado, para que el panorama que se vendrá desarrollando sea más claro mencionaremos “¿qué es la constitución Mexicana y el Marco constitucional?” que debe de ser el tema más importante ya que no hay ninguna otra ley que no debe de haber nada por encima de nuestra carta magna. En tercer punto hablaremos de “Los poderes de la unión” que son fundamentales para el desarrollo de una república libre y soberana.

Al basarse en su mayoría en el sistema romano, las normas jurídicas se conciben aquí como normas de conducta vinculadas estrechamente a cuestiones de justicia y moral.

El sistema jurídico mexicano se mantiene como una publicación capital dentro del acervo editorial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuyo esfuerzo destinado a promover la cultura jurídica se mantiene como una de sus prioridades. La bases de nuestro sistema no son muy cambiantes solo en algunas de sus ramas, puede modificarse de acuerdo a la situación actual del país pero antes de aplicarse tal modificación debe de atravesar por un proceso de aprobación hasta publicarse en el diario oficial de la federación.

DESARROLLO

El sistema Jurídico en pocas palabras es el conjunto de instituciones gubernamentales, normas jurídicas, actitudes y creencias vigentes en un país sobre lo que es el derecho, su función en la sociedad y la manera en que se crea o debería crear, aplicar, perfeccionar, enseñar y estudiar.

El principio fundamental sobre el que descansa el régimen jurídico mexicano, es la supremacía de la Constitución. En México La ley suprema de la unión, es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en ella se citan las bases en las que se construye el sistema jurídico y no hay nada por encima de ella. La constitución de 1017 determino en el artículo 133, quela “Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la ley suprema en toda la Unión”. Este precepto consagra a la Constitución como la norma suprema y, por tanto a ella se subordinan todas las demás. Se jerarquiza a la Constitución, que el artículo 136 determina que dicha Constitución no perderá su fuerza y vigor aun cuando por alguna rebelión se interrumpa su observancia, pues restaurado en el orden, recuperará su plena vigencia. Nuestra estructura se fundamenta en el principio de que “La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo, todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste”.

La división de poderes, en las constituciones posteriores a Montesquieu aceptan la división del poder supremo en las tres funciones básicas que desarrolla la autoridad. Siguiendo esta tendencia, nuestra Constitución señala en el artículo 49 que: “El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial”.

-El poder legislativo se deposita en un Congreso General, que se divide en dos cámaras, una de diputados y otra de senadores.

-El poder Ejecutivo se deposita en un solo individuo denominado presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Es el jefe de gobierno y el jefe de Estado, comandante supremo de las fuerzas armadas y rector de la política exterior, según lo que establece el artículo 89.

-El poder Judicial se deposita en la Suprema Corte de Justicia, en tribunales de circuito, colegiados en materia de amparo y unitarios en materia de apelación, y en juzgados de distrito. La suprema corte se compone de 21 numerarios y hasta 5 supernumerarios. Sus funciones se desarrollan en el Pleno o Salas, integradas por cinco ministros cada una; las salas son cuatro: Penal, Civil Administrativa y Laboral.

Nuestra República Mexicana está conformada por 31 estados y un Distrito Federal, libres y soberanos en lo que respecta a su régimen interior, pero integrados en una federación de acuerdo con los principios de la Constitución Política, que delimita los ámbitos de las jurisdicciones entre la Federación y los Estados, específicamente, señala al respecto que: "Las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los Estados". Los Estados, a su vez, están constituidos por municipios considerados como la base del sistema político del país.

La estructura del sistema Jurídico Mexicano es muy especial, se conforma por una serie de ordenamientos y se establecen de acuerdo al siguiente esquema.

Existen las leyes

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