Solucutud Aptitud Legal Para Constituir Compañia De Transporte
calmeida20 de Abril de 2015
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SEÑOR ALCALDE DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DE SAN MIGUEL DE IBARRA:
Nosotros, ALMEIDA VACA ALONSO VINICIO, ALMEIDA VALENCIA MARCO VINICIO, ALMEIDA VENEGAS JORGE IVAN, BENAVIDES GARCÍA CARLOS RAUL, BENITEZ NAVARRETE CARLOS ANÍBAL, BONIFAZ FERNANDEZ LUIS BLADIMIR, ESPINOSA PUPIALES ANÍBAL GERARDO, FERNANDEZ GUERRON DELIA MARÍA, FERNANDEZ GUERRON PABLO JAVIER, FLORES TAPIA SANDRA DEL CARMEN, FRANCO GUERRERO LUIS ERNESTO, ICHAO FLORES SEGUNDO DANIEL, IMBAQUINGO ERAZO VICTOR ESTUARDO, LOPEZ AGUILAR MARA GIOVANNA, MEJIA MOREJON PAMELAELIZABETH, MONTENEGRO HUERTAS MARCO TULIO, MONTENEGRO HUERTAS SECUNDINO BOLÍVAR , MORENO TOAPANTA LUIS PATRICIO, MUÑOZ FLORES JOSÉ ROBERTO, ORDOÑEZ MENDOZA ISAIAS ALFONSO, PEREZ CUASTUMAL MARTHA CONSUELO, PEREZ LOPEZ PATRICIO ALFREDO, POLO MIRANDA ADOLFO VITERBO, PROAÑO MOREJON MARÍA GABRIELA, REYES LÓPEZ LITHER GALO, REYES LOPEZ MARCELO PATRICIO, RODRIGUEZ MACHADO EDGAR VINICIO, TORRES VACA JAIME VINICIO, VENEGAS BEDÓN OLIVER HERNAN, VILLEGAS BARAHONA WILMAN ROBERTO
; comparecemos y solicitamos:
Toda vez que el Gobierno Autónomo Descentralizado de San Miguel de Ibarra, ha asumido las competencias de tránsito de acuerdo a lo previsto en la Constitución de la Republica del Ecuador y las leyes pertinentes; con fundamento en los artículos 16, 29 ordinal 24, 57, 74, 75, Disposición General Décima Novena de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial; en el Artículo 48 numeral 4 del Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial; y, cumpliendo el requerimiento del “Instructivo para la constitución de las compañías mercantiles sometidas al control de la Superintendencia de Compañías”, solicitamos se sirva disponer a quien corresponda dicte el informe previo a la constitución de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE MIXTO TIJUANAMIXT S.A.
Nombramos Procurador Común al señor Alonso Vinicio Almeida Vaca, con la finalidad de que actúe en nombre y representación de todos los comparecientes, en todos los trámites atinentes a la constitución de la compañía y en toda diligencia, ante organismo públicos y privados.
Notificaciones que nos corresponda las recibiremos en la casilla judicial Nro. del edificio de la Corte Provincial de Justicia de Imbabura; al correo electrónico avchx@yahoo.ca; a en la siguiente dirección: San Luis del Retorno, calle Río Chota 4-120 y Río Pita de ésta ciudad de Ibarra.
Nuestros números telefónicos son los siguientes: 062604979, 0980637766.
De conformidad al Art. 10 del Reglamento para el Transporte Comercial de carga Liviana y Mixto del Ecuador, adjuntamos:
I. Solicitud escrita
II. Minuta, la misma que contiene el proyecto de estatuto de la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE MIXTO TIJUANAMIXT S.A.
III. Nómina de futuros de los futuros socios, copias a color de cédula de ciudadanía y certificado de votación.
IV. Reserva de la denominación o razón social emitida por la Superintendencia de Compañías.
Por ser legal mi petición se servirá atender conforme solicito.
Atentamente,
ALMEIDA VACA ALONSO VINICIO
170378821-4
ALMEIDA VALENCIA MARCO VINICIO
171364219-5
ALMEIDA VENEGAS JORGE IVAN
100225546-9
BENAVIDES GARCÍA CARLOS RAUL
100107428-3
BENITEZ NAVARRETE CARLOS ANÍBAL
100206846-6
BONIFAZ FERNANDEZ LUIS BLADIMIR
100350182-0
ESPINOSA PUPIALES ANÍBAL GERARDO
100179856-8
FERNANDEZ GUERRON DELIA MARÍA
100207899-4
FERNANDEZ GUERRON PABLO JAVIER
100312601-6
FLORES TAPIA SANDRA DEL CARMEN
100162695- 9
FRANCO GUERRERO LUIS ERNESTO
100146650-5
ICHAO FLORES SEGUNDO DANIEL
100045857-8
IMBAQUINGO ERAZO VICTOR ESTUARDO
100197771-7
LOPEZ AGUILAR MARA GIOVANNA
100226514-6
MEJIA MOREJON PAMELAELIZABETH
171382037-9
MONTENEGRO HUERTAS MARCO TULIO
100155863-2
MONTENEGRO HUERTAS SECUNDINO BOLÍVAR
100100202-9
MORENO TOAPANTA LUIS PATRICIO
170999914-6
MUÑOZ FLORES JOSÉ ROBERTO
100243165-6
ORDOÑEZ MENDOZA ISAIAS ALFONSO
100104956-6
PEREZ CUASTUMAL MARTHA CONSUELO
100258451-2
PEREZ LOPEZ PATRICIO ALFREDO
100146318-9
POLO MIRANDA ADOLFO VITERBO
170088979-1
PROAÑO MOREJON MARÍA GABRIELA
171382036-1
REYES LÓPEZ LITHER GALO
REYES LOPEZ MARCELO PATRICIO
100154794-0 058-0019
RODRIGUEZ MACHADO EDGAR VINICIO
100256293-0
TORRES VACA JAIME VINICIO
100263393-9
VENEGAS BEDÓN OLIVER HERNAN
100314599-0
VILLEGAS BARAHONA WILMAN ROBERTO
100158262-4
SEÑOR NOTARIO:
En el protocolo de escrituras públicas a su cargo, sírvase insertar una de constitución simultánea de compañía anónima, contenida en las siguientes cláusulas:
PRIMERA.- COMPARECIENTES.- Intervienen en el otorgamiento de esta escritura los señores: ALMEIDA VACA ALONSO VINICIO; ALMEIDA VALENCIA MARCO VINICIO; BENAVIDES GARCÍA CARLOS RAUL; BONIFAZ FERNANDEZ LUIS BLADIMIR; ESPINOSA PUPIALES ANÍBAL GERARDO; FERNANDEZ GUERRON DELIA MARÍA; FERNANDEZ GUERRON PABLO JAVIER; FLORES TAPIA SANDRA DEL CARMEN; FRANCO GUERRERO LUIS ERNESTO; ICHAO FLORES SEGUNDO DANIEL; IMBAQUINGO ERAZO VICTOR ESTUARDO; JOSÉ ROBERTO MUÑOZ FLORES; LOPEZ AGUILAR MARA GIOVANNA; MEJIA MOREJON PAMELAELIZABETH; MORENO TOAPANTA LUIS PATRICIO; ORDOÑEZ MENDOZA ISAIAS ALFONSO; PEREZ CUASTUMAL MARTHA CONSUELO; PEREZ LOPEZ PATRICIO ALFREDO; POLO MIRANDA ADOLFO VITERBO; PROAÑO MORJON MARÍA GABRIELA; RODRIGUEZ MACHADO EDGAR VINICIO; TORRES VACA JAIME VINICIO; VÁSQUEZ ANRRANGO FRANKLIN ROBERTO; VILLEGAS BARAHONA WILMAN ROBERTO. Los comparecientes son de nacionalidad ecuatoriana, de profesión u ocupación choferes, domiciliados y residentes en esta ciudad de Ibarra, cantón del mismo nombre, provincia de Imbabura, con plena capacidad para contratar y obligarse, sin prohibición para establecer ésta compañía; quienes comparecen por sus propios y personales derechos.
SEGUNDA.- DECLARACIÓN DE VOLUNTAD.- Los comparecientes declaran que constituyen, por la vía simultánea, como en efecto lo hacen, una compañía anónima, que se someterá a las disposiciones de la Ley de Compañías, del Código de Comercio, a los convenios de las partes y a las normas del Código Civil.
TERCERA.- ESTATUTO DE LA COMPAÑÍA.
TITULO I
Del nombre, domicilio, objeto y plazo
Artículo 1º.- Nombre.- El nombre de la compañía que se constituye es COMPAÑÍA DE TRANSPORTE MIXTO TIJUANAMIXT S.A.
Artículo 2º.- Domicilio.- El domicilio principal de la compañía es la ciudad de Ibarra, cantón Ibarra. Podrá establecer agencias, sucursales o establecimientos, en uno o más lugares dentro del territorio nacional o en el exterior, previa decisión del directorio y de conformidad con las disposiciones legales correspondientes.
Artículo 3º.- Objeto.- El objeto de la compañía consiste en: Prestar el servicio de transporte exclusivo comercial mixto de carga y pasajeros en camionetas doble cabina de conformidad con lo que señalan el numeral dos, literal a) del Artículo cincuenta y acápite b. uno) del numeral dos del artículo cincuenta y uno del Reglamento General para la Aplicación a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, desde su domicilio y hacia aquellos lugares que los competentes Organismos de Tránsito lo autoricen; b) Proveer servicios de logística referentes al objeto social; c) Prestar servicios de mandato y representación de empresas nacionales y extranjeras; d) podrá asociarse con otras compañías similares o personas naturales y en general realizar todos los actos permitidos por la legislación ecuatoriana y que estén relacionados con el objeto principal de la compañía.
Artículo 4º.- Plazo.- El plazo de duración de la compañía es de cincuenta años, contados desde la fecha de inscripción de esta escritura. La compañía podrá disolverse antes del vencimiento del plazo indicado, o podrá prorrogarlo, sujetándose, en cualquier caso, a las disposiciones legales aplicables.
TITULO II
Del capital
Artículo 5º.- Capital y de las acciones.- El capital social es de ochocientos dólares de los Estados Unidos de América, dividido en ochocientas acciones, acciones ordinarias y nominativas, de un dólar de valor nominal cada una, numeradas consecutivamente del uno al ochocientos, las mismas que estarán representadas por títulos que serán firmados por el Presidente y el Gerente General de la Compañía. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado
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