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Sucesiones


Enviado por   •  26 de Febrero de 2015  •  7.220 Palabras (29 Páginas)  •  177 Visitas

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La Sucesion tema1

La sucesión por causa de muerte, es un modo de adquirir la universalidad de los bienes, derechos y obligacionestransmisibles de una persona difunta o de una cuota de ellos o una o más especies o cuerpo cierto o uno o más especies indeterminadas de un género determinado.

Características[editar]

• Es un modo de adquirir derivativo. Los derechos que se adquieren en virtud de él, no nacen por primera vez para sus adquirentes, sino que derivan precisamente del causante. De ahí que se aplica el adagio «nadie puede transmitir más derechos que los que se tiene».

• Es un modo de adquirir a título gratuito, que no requiere de un desembolso económico de parte de los beneficiarios.

• Es un modo de adquirir mortis causa, en cuanto que supone la muerte del causante para operar.

• Es un modo de adquirir que puede operar a título universal o singular.

• A título universal. Opera cuando en virtud de ella se adquiere la universalidad de los bienes, derechos y obligaciones transmisibles de una persona difunta o una cuota de ella.

• A título singular. Como modo de adquirir, opera para la adquisición una o más especies o cuerpo cierto o una o más especies indeterminadas de un género determinado. En este caso la asignación se llama legado y el asignatario legatario.

Roles que desempeña este modo de adquirir[editar]

• Puede operar como un modo de adquirir un derecho real. El cual es el derecho real de herencia. A eso se refiere modo de adquirir una universalidad.

• Puede operar como un modo de adquirir el dominio. A esto nos referimos cuando decímos que la sucesión por causa de muerte permite adquirir uno o más especies o cuerpos ciertos.

• Puede operar como un modo de adquirir derechos personales o de créditos. A esto se refiere la definición cuando dice que en virtud de la sucesión por causa de muerte se pueden adquirir una o más especies indeterminadas de un género determinado.

Se lega un derecho personal o de crédito, paso a exigirle a los herederos del causante que ellos hagan la tradición del objeto donado. En virtud de la sucesión por causa de muerte el legatario adquiere un crédito y los bienes los adquiere por la tradición.

¿Qué es suceder?

De acuerdo al diccionario de Cabanellas, Suceder es entrar una persona en lugar de otro.Suceder es una transmisión, pasar una cosa de una persona a otra, es decir, pasar un bien, un derecho o una obligación, de una persona vivo o muerto, a otra.Art. 796° C.C. La propiedad se adquiere por la ocupación. La propiedad y demás derechos se adquieren y se transmiten por la Ley, por la sucesión, por efecto de los contratos. Pueden adquirirse también por medio de los contratos".Del artículo anterior podemos concluir: Que la sucesión es un medio de adquirir y poder transmitir la propiedad y los demás derechos.En este curso sólo se estudiará la sucesión en sentido hereditario. Por lo tanto, a esos fines se entenderá por Sucesión: La transmisión de un derecho de una persona que muere a sus herederos o legatarios.

¿Por qué tiene existir la sucesión? El fin de la sucesión hereditaria es buscar mantener la economía; que las personas tengan un aliciente; algo por lo cual tener una razón para trabajar y así lograr bienes no solamente destinados para su subsistencia propia, sino para todas las personas que están a su cargo.

Concepto de Sucesión - según Sanojo

En un sentido extenso, la transmisión de un derecho de una persona viva o muerta a otra, así, el comprador, el donante, el heredero y el legatario son sucesores.En resumen tal como vimos en el Art. 796° C.C. Suceder es simplemente transmitir de una persona a otra una cosa; ya sea, que una persona la venda a otra, ya sea que la persona muera y deje unaherencia o sea una persona que le de una donación a otra. Etc.En sentido estricto, es la transmisión de los derechos de un difunto (de cujus, causante) a un heredero o a un legatario.

Derecho hereditario

Concepto: "Conjunto de normas jurídicas que, dentro del Derecho Privado regulan el destino del patrimonio de una persona natural después de su muerte".Nota: Cuando nos referimos al Derecho Hereditario, siempre nos referimos a personas naturales, nunca a personas jurídicas. Derecho Hereditario, desde el punto de vista objetivo:Conjunto de normas con arreglo a las cuales el patrimonio de una persona se transmite a otra.El sentido objetivo busca reglamentar a quienes van a quedar los bienes, derechos y obligaciones después que una persona muere.Derecho Hereditario, desde el punto de vista subjetivo:Estudia simplemente por qué una persona en un momento dado puede suceder y por qué otra persona no puede suceder.Verá el derecho particular de cada una de las personas; la posibilidad que tengan para suceder y el orden de sucesión.

FUNDAMENTO DEL DERECHO HEREDITARIO:Estriba en la necesidad moral, social, política y económica de que la muerte no rompa las relaciones jurídicas de la persona que deja de existir, asegurando que éstas continúan vigentes a través de sus herederos y causahabientes; a fin de proteger, no sólo al difunto, sino también, a quienes en vida de éste mantenían relaciones de derecho con el: En efecto, para la seguridad del crédito, para la conservación y el incremento de la riqueza, para la estabilidad económica de los grupos sociales, etc, se hace necesario que estas relaciones sobrevivan a la muerte de la persona física. Es decir, es buscar la continuidad jurídica de la persona que fallece, y que haya personas que puedan continuar las actividades del de cujus, bien desde el punto de vista del patrimonio o desde el punto de vista de sus obligaciones.Clases de sucesiones 1. Sucesión testamentaria:En esta clase de sucesión, la persona plasma su voluntad en vida, debiendo para ello tomar en cuenta las restricciones que le impone la ley; ya que la persona está obligada a dejarle el 50 % de sus bienes a sus herederos forzosos (Descendientes, ascendientes y cónyuge). Debemos recordar que cuando el Código Civil se refiere al testamento, lo hace como: "testamento válido", lo que quiere decir, que si la persona dicta un testamento sin acogerse a lo pautado en el ordenamiento jurídico, el mismo se considerará inválido

• Sucesión testamentaria limitada: Significa que en el caso de que el causante o de cujus tenga descendientes, ascendientes o cónyuge, está obligado a cumplir con lo estipulado con la ley, dejándoles el 50 % de su patrimonio a éstos; es decir,

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