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TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN (TIC)


Enviado por   •  9 de Enero de 2013  •  4.209 Palabras (17 Páginas)  •  330 Visitas

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TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN (TIC)

Se denominan Tecnologías de la Información y las Comunicación al conjunto de tecnologías que permiten la adquisición, producción, almacenamiento, tratamiento, comunicación, registro y presentación de informaciones, en forma de voz, imágenes y datos contenidos en señales de naturaleza acústica, óptica o electromagnética. Las TICs incluyen la electrónica como tecnología base que soporta el desarrollo de las telecomunicaciones, la informática y el audiovisual.

CARACTERÍSTICAS

Inmaterialidad (Posibilidad de digitalización). Las TICs convierten la información, tradicionalmente sujeta a un medio físico, en inmaterial. Mediante la digitalización es posible almacenar grandes cantidades de información, en dispositivos físicos de pequeño tamaño (discos, CD, memorias USB, etc.). A su vez los usuarios pueden acceder a información ubicada en dispositivos electrónicos lejanos, que se transmite utilizando las redes de comunicación, de una forma transparente e inmaterial.

Esta característica, ha venido a definir lo que se ha denominado como "realidad virtual", esto es, realidad no real. Mediante el uso de las TICs se están creando grupos de personas que interactúan según sus propios intereses, conformando comunidades o grupos virtuales.

Instantaneidad. Podemos transmitir la información instantáneamente a lugares muy alejados físicamente, mediante las denominadas "autopistas de la información".

Se han acuñado términos como ciberespacio, para definir el espacio virtual, no real, en el que se sitúa la información, al no asumir las características físicas del objeto utilizado para su almacenamiento, adquiriendo ese grado de inmediatez e inmaterialidad.

Aplicaciones Multimedia. Las aplicaciones o programas multimedia han sido desarrollados como una interfaz amigable y sencilla de comunicación, para facilitar el acceso a las TICs de todos los usuarios. Una de las características más importantes de estos entornos es "La interactividad".

Es posiblemente la característica más significativa. A diferencia de las tecnologías más clásicas (TV, radio) que permiten una interacción unidireccional, de un emisor a una masa de espectadores pasivos, el uso del ordenador interconectado mediante las redes digitales de comunicación, proporciona una comunicación bidireccional (sincrónica y asincrónica), persona- persona y persona- grupo. Se está produciendo, por tanto, un cambio hacia la comunicación entre personas y grupos que interactúan según sus intereses, conformando lo que se denomina "comunidades virtuales". El usuario de las TICs es por tanto, un sujeto activo, que envía sus propios mensajes y, lo más importante, toma las decisiones sobre el proceso a seguir: secuencia, ritmo, código, etc.

Otra de las características más relevantes de las aplicaciones multimedia, y que mayor incidencia tienen sobre el sistema educativo, es la posibilidad de transmitir información a partir de diferentes medios (texto, imagen, sonido, animaciones, etc.). Por primera vez, en un mismo documento se pueden transmitir informaciones multi-sensoriales, desde un modelo interactivo.

DEBERES Y DERECHOS ESTABLECIDOS RELATIVOS AL USO DE LAS TIC

En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 156, numeral 28 ha otorgado al Poder Público Nacional la competencia sobre “el régimen del servicio de correo y de las telecomunicaciones, así como el régimen y la administración del espectro electromagnético”.

Es por ello que la reciente Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOTEL), ha desarrollado el precepto constitucional citado estableciendo un marco general que permite la regulación del sector de las telecomunicaciones, y en particular el régimen de concesiones para el uso del espectro radioeléctrico, como bien del dominio público.

LEY ORGÁNICA DE TELECOMUNICACIONES DE VENEZUELA.

La Ley Orgánica de Telecomunicaciones constituye el logro de una aspiración largamente anhelada por el país. En efecto, la nueva regulación está llamada a sustituir una legislación anacrónica constituida fundamentalmente por la Ley de Telecomunicaciones de 1940 y otras disposiciones legales dictadas con posterioridad a dicha fecha, con las que se pretendió resolver asuntos puntuales. Sin embargo, es necesario tener en cuenta que la sola circunstancia de extrema longevidad como la que presenta el ordenamiento jurídico legal que se sustituye en esta materia, no constituye en sí misma una justificación suficiente para proponer un cambio en el mismo, toda vez que a tales efectos, resultó ser un instrumento inadecuado a las realidades que el nuevo desarrollo tecnológico había planteado a lo largo de las últimas dos décadas. La Ley Orgánica de Telecomunicaciones, publicada el 12 de junio de 2000 en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 36.970, crea un marco legal moderno y favorable para la protección de los usuarios y operadores de servicios de telecomunicaciones en un régimen de libre competencia, así como para el desarrollo de un sector prometedor de la economía venezolana. Este nuevo instrumento legal consagra los principios que regulan las telecomunicaciones, con el objeto de garantizar el derecho a la comunicación de todos los ciudadanos del país, así como la realización de las actividades económicas necesarias para el desarrollo del sector.

Entre los objetivos de esta Ley destacan:

ARTICULO 2.-

1.- Defender los intereses de los usuarios, asegurando su derecho al acceso a los servicios de telecomunicaciones, en adecuadas condiciones de calidad, y salvaguardar, en la prestación de estos, la vigencia de los derechos constitucionales, en particular el del respeto a los derechos al honor, a la intimidad, al secreto en las comunicaciones y el de la protección a la juventud y la infancia. A estos efectos, podrán imponerse obligaciones a los operadores de los servicios para la garantía de estos derechos.

2.- Promover y coadyuvar el ejercicio del derecho de las personas a establecer medios de radiodifusión sonora y televisión abierta comunitarias de servicio público sin fines de lucro, para el ejercicio del derecho a la comunicación libre y plural.

3.- Procurar condiciones de competencia entre los operadores de servicios.

4.- Promover el desarrollo y la utilización de nuevos servicios, redes y tecnologías cuando estén disponibles y el acceso a éstos, en condiciones de igualdad

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