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TEMA 14.- DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO (II)

aliriobravo28 de Mayo de 2014

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TEMA 14.- DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO (II)

La estafa. Concepto y elementos típicos. Tipos cualificados de estafa. Otros supuestos de estafa. Diferencias de la estafa con otras conductas afines. La apropiación indebida. Concepto, elementos y clases. Defraudaciones de fluido eléctrico y análogas

 1.3 Estafa. Concepto y elementos típicos. Tipo objetivo

afirmación de hechos falsos

 Engaño bastante

 simulación o desfiguración de los verdaderos

 Problema de la comisión por omisión (Art. 251.2º) Disponer de una cosa como libre sabiendo que estaba gravada. Se da la omisión al comunicar el gravamen a la otra parte

1.4 Estafa. Concepto y elementos típicos.

 ¿Cabe la estafa cuando se ocultan defectos o vicios ocultos?

 Quintano: Deben aplicarse los preceptos civiles relativos al saneamiento y vicios redhibitorios

 TS: Se admite la modalidad omisiva cuando no se declaran las circunstancias existentes en el momento de contratar que si se conocieran impedirían la contratación por los siguientes deberes: 1) vínculos contractuales

2) Principio de lealtad

3) Buena fe entre las partes

1.2 Estafa. Concepto y elementos típicos.

 Elementos esenciales de la estafa:

 1. Engaño

 2. Error

 3. Disposición patrimonial

 4. Perjuicio

1.3 Estafa. Concepto y elementos típicos.

 Tipo objetivo

afirmación de hechos falsos

 Engaño bastante

 simulación o desfiguración de los verdaderos

 Problema de la comisión por omisión (Art. 251.2º) Disponer de una cosa como libre sabiendo que estaba gravada. Se da la omisión al comunicar el gravamen a la otra parte

1.4 Estafa. Concepto y elementos típicos.

 ¿Cabe la estafa cuando se ocultan defectos o vicios ocultos?

 Quintano: Deben aplicarse los preceptos civiles relativos al saneamiento y vicios redhibitorios

 TS: Se admite la modalidad omisiva cuando no se declaran las circunstancias existentes en el momento de contratar que si se conocieran impedirían la contratación por los siguientes deberes: 1) vínculos contractuales

2) Principio de lealtad

3) Buena fe entre las partes

1.5 Estafa. Concepto y elementos típicos.

 “Obtención fraudulenta de un crédito”

– Puede que no constituya directamente una estafa

– Faltan los elementos de : perjuicio y ánimo de perjudicar

– El sujeto que obtiene el crédito puede pensar en devolver el crédito y hacerlo efectivamente en el momento del vencimiento (dificulta la estafa de crédito)

1.6 Estafa. Concepto y elementos típicos.

 Estafa por omisión

 La mayoría de la doctrina la excluye

 MC: No siempre se excluye porque el silencio o no sacar a alguien de su error puede ser engaño idóneo como un comportamiento activo concluyente

 STS de 7 de febrero de 1997: vicios ocultos o ocultar cargas o gravámenes, simplemente porque el comprador no lo pregunta o da por supuesto el buen estado de la cosa es equivalente a negar dichos extremos cuando se preguntan

1.7 Estafa. Concepto y elementos típicos.

 La conducta engañosa

– Ha de ser bastante

– Ha de ser causa del error (producir error en otro)

– Se deben tener en cuenta las circunstancias del sujeto (inteligencia, edad, y relaciones con el sujeto activo)

– El sujeto pasivo ha de tener una capacidad jurídica reconocida de disposición de las cosas

– El engaño sobre un menor o enfermo mental que determine que la persona entregue la cosa, se considera como hurto y no como estafa

1.8. Estafa. Concepto y elementos típicos.

 Si el sujeto pasivo lleva a cabo la disposición patrimonial sin error de ningún tipo a sabiendas del error del que es objeto, por puro pasatiempo: no hay estafa

 Ej: echadoras de cartas, adivinos, etc. No se produce el engaño de nadie, pero obtienen el dinero como medio de vida

1.9. Estafa. Concepto y elementos típicos

 Disposición patrimonial

– A consecuencia del error el sujeto pasivo tiene que efectuar una disposición patrimonial

un hacer (realizar el pago)

– Puede ser

un omitir (renunciar a un crédito)

*la diferencia con los delitos de apoderamiento, es que la disposición patrimonial la realiza el sujeto pasivo voluntariamente (aunque viciada)

1.10. Estafa. Concepto y elementos típicos

 Problemas :

– 1. Estafa en triangulo (utilización abusiva de

– una tarjeta de crédito)

- banco

- particular

-comerciante

-2. Estafa procesal: engaño al juez por las partes. Ej: fingir incapacidades, para poder cobrar indemnizaciones/ se ocultan pagos de recibos de alquiler para exigir el desahucio (STSS de 13 de abril de 1951 y 10 de abril de 1964)

El acto de disposición es la

El acto de disposición es la decisión del juez

1.11. Estafa. Concepto y elementos típicos

 Efectiva consumación de la estafa procesal

– Cuando se produce la privación efectiva de bienes económicos al litigante vencido por el cumplimiento o ejecución de la sentencia (Torío López, Valle Muñíz)

– La consumación se produce cuando se pronuncia la resolución judicial motivada por el engaño (aunque aquí todavía no se ha producido la disposición patrimonial –Torío-) En este sentido: Cerezo Mir, Oliva, conde Pumpido

1.12. Estafa. Concepto y elementos típicos

 La disposición patrimonial ha de haber producido un perjuicio

 * el perjuicio ha de ser patrimonial

 Ej: El sujeto viaja sin pagar el billete (cuando no ocupe plaza de viajero no genera ningún perjuicio patrimonial. Si el sujeto da la apariencia de haber abonado el billete y ocupa plaza de viajero, sí habrá estafa) Bajo Fernández habla de lucro cesante y daño emergente

 MC: Es difícil considerar esta situación como estafa porque el espectáculo o el viaje se va a desarrollar

1.13. Estafa. Concepto y elementos típicos

 Las meras expectativas de lucro

– No pueden ser consideradas como perjuicios patrimoniales y, por ende, como estafa.

Ej: Señor A que vende una empresa a otro, asegurándole unos beneficios enormes… si no se dan en realidad no puede considerarse estafas (Problemas aleatorios de riesgos que deben correrse en estas situaciones

1.14. Estafa. Concepto y elementos típicos

 Cuando el hecho se refiere a determinadas ventajas de una cosa:

– Existe engaño y un perjuicio patrimonial

– Existe estafa

Ej: Inmobiliaria que sobre plano vende a un sujeto un casa con vistas al mar, que después resulta que las vistas lo son a una autovía: ESTAFA.

1.15. Estafa. Concepto y elementos típicos

 Puede apreciarse perjuicio patrimonial (estafa) cuando el elemento patrimonial sobre el que recae la defraudación tenga su origen en una acción antijurídica o en una causa ilícita. *Cabe la estafa al estafador

 * También el negocio con causa ilícita. Ej: tráfico de drogas (no cabe en el art. 1275 Cc pero se habla de autonomía del derecho penal. El estafado no puede pedir que se realice el negocio ilícito (el del tráfico de drogas) hay estafa cuando un traficante vende 1000 Kg de cocaína y sólo envía 800 Kg. El problema es que el defraudado no lo puede reclamar…

1.16. Estafa. Concepto y elementos típicos

 TIPO SUBJETIVO

 1. Requiere ánimo de lucro

 2. requiere dolo y no es posible la comisión imprudente

 3. El dolo ha de abarcar:

- engaño

- error

- disposición patrimonial

- perjuicio

1.17. Estafa. Concepto y elementos típicos

 Consumación

 La estafa se consuma con el perjuicio patrimonial.

 No es necesario que se haya producido el correspondiente provecho

 Ej: cuando se acepta una letra de cambio a un determinado plazo sin ánimo de pagarla, la estafa no se consuma hasta el momento del impago

1.18. Estafa. Concepto y elementos típicos

 Cuando se produce la intervención policial o judicial, o la interposición de demandas (cuando impiden el daño patrimonial) estamos ante una TENTATIVA

 *Cuando la estafa se refiere a un contrato, será necesaria la efectiva ejecución de las prestaciones prometidas para la consumación del delito

1.19. Estafa. Concepto y elementos típicos

 Problema del delito continuado o delito masa

 Cuando exista pluralidad de estafas y de sujetos pasivos, nos encontramos ante un concurso real (Art. 73 CP) con las limitaciones del Art. 76 CP.

 Puede beneficiarse el delincuente si realiza pequeñas defraudaciones que no sobrepasan las cantidades propias para las faltas de 400 € estableciéndose importantes cuantías.

 *El problema se resuelve por la vía del art. 74.2 CP que obliga a determinar la pena en éstos casos (delitos patrimoniales) teniendo en cuenta el delito total causado

1.20. Estafa. Concepto y elementos típicos

 El juez o tribunal aumentará la pena en uno o dos grados en la extensión que estime conveniente, si el hecho revistiere notoria gravedad y hubiera perjudicado a una generalidad de personas.

 Si se dan las circunstancias 1ª y 6ª del art. 251.1

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